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Se paraliza un procedimiento civil si se interpone querella criminal

12 Comentarios
 
Se paraliza un procedimiento civil si se interpone querella criminal
01/01/2011 14:37
Esa es la pregunta que se me ha planteado.

¿Alguien me puedo indicar si hay en curso un procedimiento civil y yo interpongo querrella criminal, si el procedimiento civil se paraliza?

Gracias de antemano.

01/01/2011 15:58
Es posible pero todo depende del caso concreto.
02/01/2011 19:50
Pide la suspensión del procedimiento civil por prejudicialidad penal.
07/01/2011 16:59
Gracias Marilina!

¿Me podrias ampliar en detalle tú contestación?
Gracias de antemano.
José
07/01/2011 17:19
Hola amj31, cuando te citen a juicio, o a la audiencia previa si la hay, como cuestión procesal previa debes indicar que existe prejuicialidad penal (art. 40 LEC), y que el resultado del procedimiento penal abierto podría afectar al procedimiento civil, por lo que el juez, seguramente, una vez oídas a las otras partes en dicho acto, admitiendo esta cuestión previa, acordará la suspensión del juicio civil hasta que se resuelva lo que proceda en el penal. Un saludo.
07/01/2011 18:48
Gracias Marilina.
Si es penalista, me gustaria poder contactar con usted por mail.
Gracias de antemano.
08/01/2011 20:35
La existencia de un proceso penal no suspende necesariamente el civil. Habría que ver exactamente de qué tratan ambos procedimientos. La suspensión que comenta marilina es únicamente para el caso de que el proceso penal verse sobre la falsedad de documentos aportados. Si esotro caso el proceso se suspendería en el momento anterior a la sentencia.
09/01/2011 19:49
¿entonces? con lo que dice Morinelli significa que si es otro caso se suspendería el tema civil en cualquier momento? me lo podeis fundamentar en la LEC????
09/01/2011 20:57
Entonces si tengo más o menos una declaración telefonica grabada dónde se deja entrever que una denuncia por malos tratos fue puesta de forma iregular, es decir que no existia dicho maltrado, pero que era lo unico que podia hacer esa persona para ganar en tranquilidad?

09/01/2011 20:59
Bueno, yo creo que no es exáctamente como dice morilnelli, aunque si tiene razón al afirmar que no todo proceso penal suspende necesariamente el civil, pero la suspensión no es únicamente para el caso de que el penal verse sobre falsedad de los documentos, de hecho yo tengo un civil suspendido, en concreto es una reclamación de cantidad contra administradores de sociedad. En la vista previa se presentó, como documental, la copia de una denuncia por delito societario contra dichos administradores por los hechos que también se citaban en la demanda civil, por lo que en esa misma vista previa la contraparte planteó la prejudicialidad, siendo admitida por el juez. El juez estimó que el resultado de la sentencia que en su día dicte el juez de lo penal podría ser muy importante en el juicio civil que lleva suspendido sine die, pues el juez de instrucción aún no ha completado la misma, y ya lleva más de cuatro años.
09/01/2011 21:03
Me olvidé decir que, tanto en el procedimento civil ycomo en el penal, las partes son las mismas, y los hechos.
10/01/2011 09:29
marilina, me parece que en ese caso el juzgador ha hecho una lectura amplia ( y más que razonable) del 40.4. Lo que digo es que para paralizarse de forma inmediata debe ser por falsedad documental, de lo contrario se paraliza antes de dictar sentencia.
Yo he tenido casos en los que existiendo un procedimiento por estafa no se suspendió hasta después del juicio por no ser un procedimiento por falsedad. Recuerdo uno en el que alegué que no era el momento procesal para calificar el penal y que sólo existía una instrucción en la que en una denuncia se hacía referencia a una estafa, y que en todo caso podía existir un concurso medial de estafa y falsedad documental y ni por esas...
En fin, que la literalidad de la norma habla de suspensión antes de la sentencia y en cualquier momento si el procedimiento penal es por falsedad de alguno de los documentos. Si bien como digo me parece más que razonable que los jueces extiendan la referencia a la falsedad documental a cualquier tipo que pueda implicar la existencia de un documento falso.
Aún así, y en el caso que comentas sólo aportando una denuncia me parece una barbaridad suspender. Algo más tendrá que haber...

atencion pregunta. art. 40.
24/07/2011 05:27
en vista que a mi el tema como particular no me ha quedado claro lo subo por si hay otras aportaciones.