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Se puede cobrar paro estando de excedencia

7 Comentarios
 
Se puede cobrar paro estando de excedencia
05/10/2023 22:41
Hola muy buenas mi duda es si estando de excedencia en una empresa por estar trabajando en otra y esta otra me despide y no quiero volver a donde tengo la excedencia ¿tengo derecho a cobrar paro?
gracias
06/10/2023 21:16
tleonca
Buenas,
Efectivamente si esa 2ª empresa te despide o se termina el contrato, tienes derecho a cobrar el paro.
06/10/2023 21:37
No estoy de acuerdo .
Tiene que solicitar el reingreso en su empresa y si ésta se lo deniega tendría dcho a desempleo.
smo
06/10/2023 21:59
Jamgrrhh28
Buenas
Pues un familiar mío (a lo mejor se le escapo al sistema), lo hizo apropósito, es decir, pidió la excedencia y trabajo una semana en el bar de un amigo para luego cobrar el paro y ahí esta.
06/10/2023 22:02
Jamgrrhh28
¿En qué caso se puede cobrar el paro estando en excedencia voluntaria?

Cuando un trabajador se encuentra en situación de excedencia voluntaria y durante la duración de la misma trabaja para otra empresa, puede cobrar el paro una vez que termina el contrato en esta otra empresa si reúne los requisitos. Veamos las condiciones que deben darse, según el caso:

Si cuando finaliza el contrato, no ha terminado la excedencia en la otra empresa
En este supuesto, si la duración de la prestación es superior a la de la excedencia, el trabajador puede cobrar el paro hasta que finalice la excedencia, momento en el cual se suspenderá la prestación (porque tiene que solicitar la reincorporación a la empresa en la que está en excedencia, y esperar a que le respondan).

En caso de que la empresa no readmita al trabajador por no haber vacante, o si no lo readmite en ese momento pero contempla la posibilidad de hacerlo en el futuro, aquel podría seguir cobrando el paro hasta la reincorporación o hasta que termine la prestación.

Si cuando finaliza el contrato, ha terminado la excedencia
También puede el trabajador cobrar el paro si al finalizar su contrato en la empresa en que estaba trabajando, ha terminado su excedencia voluntaria en la otra empresa, o bien si no está previsto un periodo mínimo de duración de la excedencia.

Para ello, el trabajador debe solicitar su reingreso en dicha empresa en primer lugar. El SEPE no podrá resolver sobre la solicitud del paro hasta que la empresa no le responda, al no estar en situación legal de desempleo.

En caso de que la empresa decida no reincorporar al trabajador, el SEPE podría al fin resolver, al encontrarse dicho trabajador en situación legal de desempleo.
06/10/2023 22:07
Jamgrrhh28
La pregunta es muy genérica y mi primera respuesta también y claro que hay matices pero es tan fácil como escribir en el Google "cobrar paro estando en excedencia" y ya.
06/10/2023 23:44
Usted lo ha dicho, si la despide de la 2 empresa tiene que solicitar automáticamente el reingreso, si la empresa responde, por ej, hemos puesto un suplente mientras dure el plazo de la excedencia, el trabajador queda pendiente de reincorporarse y mientras tanto cobrará desempleo sino no.
07/10/2023 13:34
Jamgrrhh28
Buenos días,
Tal y como indica el articulo, si el plazo de la excedencia solicitada en la 1ª empresa no se ha cumplido, no tiene que solicitar ningún reingreso y puede cobrar el paro.
Dado que no tenemos datos concretos de la situación real de la persona que inicia la consulta, utilicemos un ejemplo:
Pongamos que la excedencia solicitada en la empresa 1 es voluntaria y fue pedida para el plazo máximo de la misma que son 5 años, si en la empresa 2 le despiden o simplemente se termina un contrato temporal cuando faltan 3 años para cumplir con los 5 anteriormente mencionados......
Por tanto la persona puede automáticamente solicitar el paro sin necesidad de solicitar ningún reingreso puesto que no se cumplieron los 5 años.
Que puede que no tuviera que ser así?, pues no lo discutiré, quizás siempre debería tener que solicitarse el reingreso y solo si la empresa lo deniega después poder cobrar el paro dado que dicha prestación es para quien queriendo trabajar no puede hacerlo. En el caso que nos ocupa la persona deja claro que no quiere volver a la empresa 1 pese a que podría tener la opción de hacerlo.
Y esto es algo que, como expuse en un comentario anterior con un ejemplo muy cercano, la gente hace y de lo cual incluso sobran los artículos o videos donde abogados laboralistas explican explícitamente como coger una excedencia y cobrar el paro.

Lo voy a dejar aquí resumido, paso 1 pedir la excedencia y que te la concedan, paso 2 trabajar en algo un tiempo y que sea un contrato temporal o te despidan, y ya esta.