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se puede llevar mi pareja a nuestro bebé al extranjero?

12 Comentarios
 
Se puede llevar mi pareja a nuestro bebé al extranjero?
18/05/2012 07:13
Antes de nada, decir que no estamos casados.
Recientemente a ella le surgido la posibilidad de trabajar en un país europeo durante 1 año, y pretende llevarse a la bebé de 11 meses con ella.
Los tres estamos enpadronados en una vivienda de Barcelona, y mi intención es quedarme aqui con la niña.
En caso de discrepancia, ¿se la puede llevar? Ella es una profesional de la sanidad, que va a tener un buen sueldo allí. ¿eso puede afectar en algo?
18/05/2012 09:02
Aunque no esteis casados ¿estasi viviendo en pareja, o estais separados ya, con convenio regulador donde se establezcan medidas con respecto a la niña? ¿o vais a separaros ahora que ella se va al extranjero, y por tanto es ahora cuando teneis que preparar un convenio regulador?
18/05/2012 09:21
Hola David1979. el no estar casados no te exime de tus derechos como papá. Teneis los dos (tu ex y tu) la patria potestad sobre el bebé, o sea obligaciones y derechos. Dentro del derecho está el que siempre vas a tener voz y voto por ejemplo a la hora de consensuar los medicos donde estará el bebé, eleccion de guarderia o colegio..etc Tengo un amigo que la ex quiso volver a Argentina con el niño y no ha podido ser, además a la hora de cruzar fronteras (salvo error que los hay) pedirían la autorización del padre. Yo nisiquiera he podido bautizar al mio por que me pedia el cura el permiso del padre (debo decirte que mi ex marido ha sido privado de la patria potestad por un abandono absoluto durante 8 años)ahora yo si podria moverme por donde me diera la gana ya que se me otorga a mi la patria potestad unica, solo decido yo sobre asuntos de mi hijo. Te recomendaria, ya que soy de Barcelona que fueras a la ciudad de la justicia en Santa Eulalia y está el SOJ (servicio de orientación juridica) y alli si estás dispuesto a iniciar cualquier procedimiento civil para arreglar tu situacion te da la opción dependiendo de tu economia a acceder a un abogado de oficio. Se puede hacer por internet (si quieres cuelgo el link) pero yo ayer solicité cita y lo mas pronto es para el 2 de julio, o ves directamente y tendrás que hacer un poquito de cola.
Aquí para lo que necesites. Un saludo.
18/05/2012 14:07
Sarapiki, lo hemos dejado hace poco, sin tiempo de reacción.
Gracias Auga por tu apoyo, de veras..El problema es que ella viene el fin de semana para ver a la niña, y pretende llevársela. Yo no le quiero hacer daño, porque sé lo que es una hija para una madre, y más siendo un bebé, pero yo debo defender mi derecho como padre y no se cómo actuar en caso de discrepancia.
Un saludo!
18/05/2012 15:02
Bueno David, si viene a ver a la niña yo no lo veo como un problema, que menos que se mantenga el contacto, no lo impidas nunca. Pide el abogado para que redacte un convenio regulador (temas de pensiones, custodia, visitas etc) y lo presente en un juzgado. cuando hablamos de juzgados y nunca se ha pasado por ellos tendemos a asustarnos y aparece el miedo a represalias, normal. No hace falta estar casados para el convenio regulador (no hay divorcio o sea separacion judicial de los progenitores pero si un hijo). Con mas motivos si tienes miedo a que se lleve a la bebé debes acudir a un abogado. si no puedes uno privado yo haria lo del abogado de oficio... a mi me ha ido bien, he ido varias veces y todo por mi exmarido. Te dejo el telefono del soj llama ya el lunes por que están de 9 a 2:
http://www10.gencat.cat/sac/AppJava/organisme_fitxa.jsp?codi=5249
Tardan 1 mes en asignarte el abogado, te darán dia y hora para que recojas la designia (nombre telefono y direccion del abogado).
Yo he aprendido que todo lo no que no tengamos recogido por sentencia judicial luego no se puede ir a la justicia a reclamar. No lo dejes estar... para evitar males mayores futuros. Muchisimo ánimo.
18/05/2012 15:10
Por cierto aqui dentro de los juzgados de barcelona, también está la mediacion familiar, (las primeras mesas del pasillo del juzgado al salir del ascensor), mis exsuegros y yo propusimos dentro de un procedimiento civil pero el papá de mi hijo nisiquiera apareció asi que quedó en agua de borrajas, pero es una opción muy buena en conflictos antes de llegar a lo contencioso. Quizás ella busque abogado y entre letrados podais llegar a algun tipo de acuerdo. nunca se sabe como acaba esto pero haz siempre todo lo que debas con la conciencia tranquila de que es lo mejor para tu bebe.
19/05/2012 07:02
Auga, no quiero que no vea a la niña, todo lo contrario, me encantaría que la viera cada día. El problema es que se la quiere llevar lo antes posible, y hoy mismo ha quedado con una abogada.
Puede tener algún tipo de ventaja si es ella la que hace el primer paso? O es un juez al final quien decide, por lo que yo tambien podré exponer mis razones?
He visto que tardan un mes en designarte el abogado. Hasta entonces, la niña puede estar conmigo?
Qué sucedería si se lleva a la niña y yo denuncio?
Muchas gracias Auga, me estás sirviendo de mucha ayuda.
Un saludo.
19/05/2012 08:58
Pues siempre es un juez al final, y será el que buscará la solución mas acorde para la niña. Tengo el caso de amigo que te comentaba que la ex se laa queria llevar a Argentina. La custodia se la han dado a el (con esto no quiero crearte falsas esperanzas) ha tenido que llevar hasta fotos de su casa, de que el niño tiene su propia habitación, los padres fueron de testigos para demostrar que mientra el trabaja son ellos quien la cuidan, ha llevado nominas, contrato etc. Por otra parte.... está viviendo contigo el bebe, ella tendrá que decir que explicarse el por que élla la ha dejado contigo, se tendrá en cuenta. En el caso de mi hijo mis abuelos a la hora de pedir un regimen de visitas también llevaron fotos de su casa para demostrar que tenian vivienda digna qu proporcionarle mientras esté con ellos (ya que el padre no cumple) , se ve que lo de las fotos por aqui está de moda. que sepas que aunque ella de el primer paso y ponga algo en el juzgado y te llegue a casa tu lo puedes parar llevando la hoja de que estás a la espera de asignación de abogado de oficio y procurador yendo con esa hoja al juzgado (si te llegara), si por otro lado ella ha cogido una abogada y te propongan algun trato yo seguiría con lo de hacerte con un abogado que te represente. No se que familia te rodea que te apoye... pero si tienes padres y/o hermanos también contarían, también son familia de la bebé y si se la llevara a la fuerza también son parte perjudicada( se verían negados de la posibilidad de tener contacto con ella) hay leyes especificas para esto de los abuelos. Un besote!!
19/05/2012 09:15
Si se ha buscado abogada es por que sabe que a la fuerza no se puede, la ley organica 10/1995 de 23 de noviembre del CODIGO PENAL:
SECCIÓN 2. DE LA SUSTRACCIÓN DE MENORES.
Artículo 225 bis.

1. El progenitor que sin causa justificada para ello sustrajere a su hijo menor será castigado con la pena de prisión de dos a cuatro años e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de patria potestad por tiempo de cuatro a diez años.

2. A los efectos de este artículo, se considera sustracción:

El traslado de un menor de su lugar de residencia sin consentimiento del progenitor con quien conviva habitualmente o de las personas o instituciones a las cuales estuviese confiada su guarda o custodia.

La retención de un menor incumpliendo gravemente el deber establecido por resolución judicial o administrativa.

3. Cuando el menor sea trasladado fuera de España o fuese exigida alguna condición para su restitución la pena señalada en el apartado 1 se impondrá en su mitad superior.

4. Cuando el sustractor haya comunicado el lugar de estancia al otro progenitor o a quien corresponda legalmente su cuidado dentro de las veinticuatro horas siguientes a la sustracción con el compromiso de devolución inmediata que efectivamente lleve a cabo, o la ausencia no hubiere sido superior a dicho plazo de veinticuatro horas, quedará exento de pena.

Si la restitución la hiciere, sin la comunicación a que se refiere el párrafo anterior, dentro de los quince días siguientes a la sustracción, le será impuesta la pena de prisión de seis meses a dos años.

Estos plazos se computarán desde la fecha de la denuncia de la sustracción.

5. Las penas señaladas en este artículo se impondrán igualmente a los ascendientes del menor y a los parientes del progenitor hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad que incurran en las conductas anteriormente descritas.

19/05/2012 09:29
Te dejo el link de la asociacion de padres separados de Cataluña,,, estaría bien que le echaras una vistazo, si recurres a ellos o no queda a criterio tuyo:
http://www.apfscat.org/node/8
19/05/2012 10:21
Muchas gracias por todo. La verdad es que no ha habido momento más duro en mi vida.

Mis padres viven fuera de BCN, por lo que tambien es un handicap para mi.

saludos.
19/05/2012 18:02
Dios aprieta pero no ahoga buen fin de semana y acuerdate el lunes a la ciutat de la justicia. Bona sort!!!

"No basta dar pasos que puedan conducir hasta la meta; sino que cada paso sea una meta, sin dejar de ser un paso".
(ECKERMAN, JOHANN PETER - ALEMAN)
21/05/2012 13:09
Creo que lo mejor es que lleguemos a un pacto entre nosotros, pero con todas las condiciones firmadas en un papel, por si acaso.
Me falta saber quién me puede hacer ese papel, y si tiene caracter legal.

Moltes gràcies per tot!

pd: molt bona la frase.
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Se puede llevar mi pareja a nuestro bebé al extranjero?
18/05/2012 07:13
Antes de nada, decir que no estamos casados.
Recientemente a ella le surgido la posibilidad de trabajar en un país europeo durante 1 año, y pretende llevarse a la bebé de 11 meses con ella.
Los tres estamos enpadronados en una vivienda de Barcelona, y mi intención es quedarme aqui con la niña.
En caso de discrepancia, ¿se la puede llevar? Ella es una profesional de la sanidad, que va a tener un buen sueldo allí. ¿eso puede afectar en algo?
18/05/2012 09:02
Aunque no esteis casados ¿estasi viviendo en pareja, o estais separados ya, con convenio regulador donde se establezcan medidas con respecto a la niña? ¿o vais a separaros ahora que ella se va al extranjero, y por tanto es ahora cuando teneis que preparar un convenio regulador?
18/05/2012 09:21
Hola David1979. el no estar casados no te exime de tus derechos como papá. Teneis los dos (tu ex y tu) la patria potestad sobre el bebé, o sea obligaciones y derechos. Dentro del derecho está el que siempre vas a tener voz y voto por ejemplo a la hora de consensuar los medicos donde estará el bebé, eleccion de guarderia o colegio..etc Tengo un amigo que la ex quiso volver a Argentina con el niño y no ha podido ser, además a la hora de cruzar fronteras (salvo error que los hay) pedirían la autorización del padre. Yo nisiquiera he podido bautizar al mio por que me pedia el cura el permiso del padre (debo decirte que mi ex marido ha sido privado de la patria potestad por un abandono absoluto durante 8 años)ahora yo si podria moverme por donde me diera la gana ya que se me otorga a mi la patria potestad unica, solo decido yo sobre asuntos de mi hijo. Te recomendaria, ya que soy de Barcelona que fueras a la ciudad de la justicia en Santa Eulalia y está el SOJ (servicio de orientación juridica) y alli si estás dispuesto a iniciar cualquier procedimiento civil para arreglar tu situacion te da la opción dependiendo de tu economia a acceder a un abogado de oficio. Se puede hacer por internet (si quieres cuelgo el link) pero yo ayer solicité cita y lo mas pronto es para el 2 de julio, o ves directamente y tendrás que hacer un poquito de cola.
Aquí para lo que necesites. Un saludo.
18/05/2012 14:07
Sarapiki, lo hemos dejado hace poco, sin tiempo de reacción.
Gracias Auga por tu apoyo, de veras..El problema es que ella viene el fin de semana para ver a la niña, y pretende llevársela. Yo no le quiero hacer daño, porque sé lo que es una hija para una madre, y más siendo un bebé, pero yo debo defender mi derecho como padre y no se cómo actuar en caso de discrepancia.
Un saludo!
18/05/2012 15:02
Bueno David, si viene a ver a la niña yo no lo veo como un problema, que menos que se mantenga el contacto, no lo impidas nunca. Pide el abogado para que redacte un convenio regulador (temas de pensiones, custodia, visitas etc) y lo presente en un juzgado. cuando hablamos de juzgados y nunca se ha pasado por ellos tendemos a asustarnos y aparece el miedo a represalias, normal. No hace falta estar casados para el convenio regulador (no hay divorcio o sea separacion judicial de los progenitores pero si un hijo). Con mas motivos si tienes miedo a que se lleve a la bebé debes acudir a un abogado. si no puedes uno privado yo haria lo del abogado de oficio... a mi me ha ido bien, he ido varias veces y todo por mi exmarido. Te dejo el telefono del soj llama ya el lunes por que están de 9 a 2:
http://www10.gencat.cat/sac/AppJava/organisme_fitxa.jsp?codi=5249
Tardan 1 mes en asignarte el abogado, te darán dia y hora para que recojas la designia (nombre telefono y direccion del abogado).
Yo he aprendido que todo lo no que no tengamos recogido por sentencia judicial luego no se puede ir a la justicia a reclamar. No lo dejes estar... para evitar males mayores futuros. Muchisimo ánimo.
18/05/2012 15:10
Por cierto aqui dentro de los juzgados de barcelona, también está la mediacion familiar, (las primeras mesas del pasillo del juzgado al salir del ascensor), mis exsuegros y yo propusimos dentro de un procedimiento civil pero el papá de mi hijo nisiquiera apareció asi que quedó en agua de borrajas, pero es una opción muy buena en conflictos antes de llegar a lo contencioso. Quizás ella busque abogado y entre letrados podais llegar a algun tipo de acuerdo. nunca se sabe como acaba esto pero haz siempre todo lo que debas con la conciencia tranquila de que es lo mejor para tu bebe.
19/05/2012 07:02
Auga, no quiero que no vea a la niña, todo lo contrario, me encantaría que la viera cada día. El problema es que se la quiere llevar lo antes posible, y hoy mismo ha quedado con una abogada.
Puede tener algún tipo de ventaja si es ella la que hace el primer paso? O es un juez al final quien decide, por lo que yo tambien podré exponer mis razones?
He visto que tardan un mes en designarte el abogado. Hasta entonces, la niña puede estar conmigo?
Qué sucedería si se lleva a la niña y yo denuncio?
Muchas gracias Auga, me estás sirviendo de mucha ayuda.
Un saludo.
19/05/2012 08:58
Pues siempre es un juez al final, y será el que buscará la solución mas acorde para la niña. Tengo el caso de amigo que te comentaba que la ex se laa queria llevar a Argentina. La custodia se la han dado a el (con esto no quiero crearte falsas esperanzas) ha tenido que llevar hasta fotos de su casa, de que el niño tiene su propia habitación, los padres fueron de testigos para demostrar que mientra el trabaja son ellos quien la cuidan, ha llevado nominas, contrato etc. Por otra parte.... está viviendo contigo el bebe, ella tendrá que decir que explicarse el por que élla la ha dejado contigo, se tendrá en cuenta. En el caso de mi hijo mis abuelos a la hora de pedir un regimen de visitas también llevaron fotos de su casa para demostrar que tenian vivienda digna qu proporcionarle mientras esté con ellos (ya que el padre no cumple) , se ve que lo de las fotos por aqui está de moda. que sepas que aunque ella de el primer paso y ponga algo en el juzgado y te llegue a casa tu lo puedes parar llevando la hoja de que estás a la espera de asignación de abogado de oficio y procurador yendo con esa hoja al juzgado (si te llegara), si por otro lado ella ha cogido una abogada y te propongan algun trato yo seguiría con lo de hacerte con un abogado que te represente. No se que familia te rodea que te apoye... pero si tienes padres y/o hermanos también contarían, también son familia de la bebé y si se la llevara a la fuerza también son parte perjudicada( se verían negados de la posibilidad de tener contacto con ella) hay leyes especificas para esto de los abuelos. Un besote!!
19/05/2012 09:15
Si se ha buscado abogada es por que sabe que a la fuerza no se puede, la ley organica 10/1995 de 23 de noviembre del CODIGO PENAL:
SECCIÓN 2. DE LA SUSTRACCIÓN DE MENORES.
Artículo 225 bis.

1. El progenitor que sin causa justificada para ello sustrajere a su hijo menor será castigado con la pena de prisión de dos a cuatro años e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de patria potestad por tiempo de cuatro a diez años.

2. A los efectos de este artículo, se considera sustracción:

El traslado de un menor de su lugar de residencia sin consentimiento del progenitor con quien conviva habitualmente o de las personas o instituciones a las cuales estuviese confiada su guarda o custodia.

La retención de un menor incumpliendo gravemente el deber establecido por resolución judicial o administrativa.

3. Cuando el menor sea trasladado fuera de España o fuese exigida alguna condición para su restitución la pena señalada en el apartado 1 se impondrá en su mitad superior.

4. Cuando el sustractor haya comunicado el lugar de estancia al otro progenitor o a quien corresponda legalmente su cuidado dentro de las veinticuatro horas siguientes a la sustracción con el compromiso de devolución inmediata que efectivamente lleve a cabo, o la ausencia no hubiere sido superior a dicho plazo de veinticuatro horas, quedará exento de pena.

Si la restitución la hiciere, sin la comunicación a que se refiere el párrafo anterior, dentro de los quince días siguientes a la sustracción, le será impuesta la pena de prisión de seis meses a dos años.

Estos plazos se computarán desde la fecha de la denuncia de la sustracción.

5. Las penas señaladas en este artículo se impondrán igualmente a los ascendientes del menor y a los parientes del progenitor hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad que incurran en las conductas anteriormente descritas.

19/05/2012 09:29
Te dejo el link de la asociacion de padres separados de Cataluña,,, estaría bien que le echaras una vistazo, si recurres a ellos o no queda a criterio tuyo:
http://www.apfscat.org/node/8
19/05/2012 10:21
Muchas gracias por todo. La verdad es que no ha habido momento más duro en mi vida.

Mis padres viven fuera de BCN, por lo que tambien es un handicap para mi.

saludos.
19/05/2012 18:02
Dios aprieta pero no ahoga buen fin de semana y acuerdate el lunes a la ciutat de la justicia. Bona sort!!!

"No basta dar pasos que puedan conducir hasta la meta; sino que cada paso sea una meta, sin dejar de ser un paso".
(ECKERMAN, JOHANN PETER - ALEMAN)
21/05/2012 13:09
Creo que lo mejor es que lleguemos a un pacto entre nosotros, pero con todas las condiciones firmadas en un papel, por si acaso.
Me falta saber quién me puede hacer ese papel, y si tiene caracter legal.

Moltes gràcies per tot!

pd: molt bona la frase.