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¿se puede obligar a usar "casa nido" en custodia compartida?

6 Comentarios
 
¿se puede obligar a usar "casa nido" en custodia compartida?
26/03/2019 13:09
Separación en marcha, todavía sin firmar acuerdo ni divorcio. Actualmente los progenitores y los dos niños menores vivimos de alquiler en una vivienda pero en los próximos meses estaba prevista una mudanza a casa comprada por ambos progenitores. Se presupone custodia compartida.¿Se puede obligar a un progenitor a usar esa nueva vivienda como "casa nido" y los progenitores son los que se marchan? ¿O ese régimen solo se puede llevar a cabo de mutuo acuerdo? ¿?Existe jurisprudencia? ¿Y si nunca se llega a residir en esa nueva vivienda, cambian las circunstancias? Muchas gracias
26/03/2019 13:23
Anuskatierras
En mi caso la posibilidad fue rechaza por la fiscal y la juez. La otra parte pedía custodia compartida con casa nido en lo que fue el domicilio conyugal. Entre los motivos por los que se rechazó estaban que se consideraba un nido de problemas y que a mi y a la menor se nos apartaba del círculo familiar materno ,(llevamos un año residiendo a 45minutos) se dijo por parte de la fiscal y juez que nadie puede obligar a nadie a residir donde no quiere residir. Tanto mi abogada como otros me dijeron que la casa nido en la actualidad es prácticamente posible sólo si existe acuerdo entre los progenitores y si la relación es muy buena.
26/03/2019 13:29
Athenea33
Muchas gracias. Todos residiríamos en las inmediaciones de esa vivienda y ese barrio. La otra parte está dispuesta a usar la casa nido y mi temor es, si por el bien de los niños, se me puede obligar a ello.
26/03/2019 13:51
Anuskatierras
Si nunca llegais a residir en la nueva casa, por supuesto que las circunstancias cambian, ya que esa vivienda no seria el domicilio habitual de los niños, por tanto no tiene sentido que ellos se queden residiendo alli y sean los progenitores los que se trasladen de un domicilio a otro, ya que los niños nunca han residido alli.

En caso de que si fuera vivienda habitual de los niños, hipoteticamente el juez podria estimar que lo mejor para ellos es quedarse en su domicilio y que sean los padres los que se trasladen... no es muy habitual, desde luego, pero cabria esa posibilidad
26/03/2019 14:49
Anuskatierras
La casa nido me parece, salvo casos muy puntuales donde las circunstancias obligan, o de forma transitoria hasta que se acuerden todos los puntos, la peor solución posible. Es solo una fuente interminable de problemas y conflictos: que si uno compra o limpia más que el otro, que si poner tal mueble, o qué sé yo... es mantener la parte más conflictiva de una relación cuando lo que la une se ha roto; un infierno, vamos. Y además de un derroche absurdo, porque significa tener que tener tres viviendas, en vez de dos.
Pero de cualquier manera en absoluto puedes obligar a tu expareja a que tenga que vivir por narices en esa casa, a santo de qué. Las personas pueden vivir donde quieran, y pueden llevarse a sus hijos con ellas donde les dé la real gana si con eso no entorpecen la relación con el otro progenitor. Puedes vivir donde te dé la gana, vamos, aunque el juez diga misa.
26/03/2019 14:51
Anuskatierras
Quiero decir: el juez puede atribuir el uso de la vivienda al menor, y alternativamente a cada progenitor, está perfectamente amparado para eso. Pero eso no te obliga a ti a hacer uso de ese derecho de uso alterno que haya establecido sobre la vivienda, de ninguna de las maneras.
26/03/2019 21:29
Anuskatierras
parece que el Juzgado numero 7 de Sevilla lo estimo de otra manera... y que si que obliga a los progenitores...

Y eso de que el Juez puede decir misa... en fin, no lo comparto. Yo diria, al contrario, que "lo que el juez dice, va a misa"
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¿se puede obligar a usar "casa nido" en custodia compartida?
26/03/2019 13:09
Separación en marcha, todavía sin firmar acuerdo ni divorcio. Actualmente los progenitores y los dos niños menores vivimos de alquiler en una vivienda pero en los próximos meses estaba prevista una mudanza a casa comprada por ambos progenitores. Se presupone custodia compartida.¿Se puede obligar a un progenitor a usar esa nueva vivienda como "casa nido" y los progenitores son los que se marchan? ¿O ese régimen solo se puede llevar a cabo de mutuo acuerdo? ¿?Existe jurisprudencia? ¿Y si nunca se llega a residir en esa nueva vivienda, cambian las circunstancias? Muchas gracias
26/03/2019 13:23
Anuskatierras
En mi caso la posibilidad fue rechaza por la fiscal y la juez. La otra parte pedía custodia compartida con casa nido en lo que fue el domicilio conyugal. Entre los motivos por los que se rechazó estaban que se consideraba un nido de problemas y que a mi y a la menor se nos apartaba del círculo familiar materno ,(llevamos un año residiendo a 45minutos) se dijo por parte de la fiscal y juez que nadie puede obligar a nadie a residir donde no quiere residir. Tanto mi abogada como otros me dijeron que la casa nido en la actualidad es prácticamente posible sólo si existe acuerdo entre los progenitores y si la relación es muy buena.
26/03/2019 13:29
Athenea33
Muchas gracias. Todos residiríamos en las inmediaciones de esa vivienda y ese barrio. La otra parte está dispuesta a usar la casa nido y mi temor es, si por el bien de los niños, se me puede obligar a ello.
26/03/2019 13:51
Anuskatierras
Si nunca llegais a residir en la nueva casa, por supuesto que las circunstancias cambian, ya que esa vivienda no seria el domicilio habitual de los niños, por tanto no tiene sentido que ellos se queden residiendo alli y sean los progenitores los que se trasladen de un domicilio a otro, ya que los niños nunca han residido alli.

En caso de que si fuera vivienda habitual de los niños, hipoteticamente el juez podria estimar que lo mejor para ellos es quedarse en su domicilio y que sean los padres los que se trasladen... no es muy habitual, desde luego, pero cabria esa posibilidad
26/03/2019 14:49
Anuskatierras
La casa nido me parece, salvo casos muy puntuales donde las circunstancias obligan, o de forma transitoria hasta que se acuerden todos los puntos, la peor solución posible. Es solo una fuente interminable de problemas y conflictos: que si uno compra o limpia más que el otro, que si poner tal mueble, o qué sé yo... es mantener la parte más conflictiva de una relación cuando lo que la une se ha roto; un infierno, vamos. Y además de un derroche absurdo, porque significa tener que tener tres viviendas, en vez de dos.
Pero de cualquier manera en absoluto puedes obligar a tu expareja a que tenga que vivir por narices en esa casa, a santo de qué. Las personas pueden vivir donde quieran, y pueden llevarse a sus hijos con ellas donde les dé la real gana si con eso no entorpecen la relación con el otro progenitor. Puedes vivir donde te dé la gana, vamos, aunque el juez diga misa.
26/03/2019 14:51
Anuskatierras
Quiero decir: el juez puede atribuir el uso de la vivienda al menor, y alternativamente a cada progenitor, está perfectamente amparado para eso. Pero eso no te obliga a ti a hacer uso de ese derecho de uso alterno que haya establecido sobre la vivienda, de ninguna de las maneras.
26/03/2019 21:29
Anuskatierras
parece que el Juzgado numero 7 de Sevilla lo estimo de otra manera... y que si que obliga a los progenitores...

Y eso de que el Juez puede decir misa... en fin, no lo comparto. Yo diria, al contrario, que "lo que el juez dice, va a misa"