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¿se puede recibir una demanda por correo certificado?

31 Comentarios
Viendo 21 - 31 de 31 comentarios
13/11/2006 19:37
De nada.
13/11/2006 19:35
Gracias Anónimo, Cova y LOPJ. Saludos.
13/11/2006 19:29
Aplíquese el cuento, jchwright:
"si usted no sabe de derecho, por favor, acuda a otros foros tipo www.cocinamediterranea.com, pero no confunda a los foreros con este tipo de informaciones".
13/11/2006 19:15
Artículo 271.

Las notificaciones podrán practicarse por medio del correo, del telégrafo o de cualquier medio técnico que permita la constancia de su práctica y de las circunstancias esenciales de la misma según determinen las Leyes procesales.

13/11/2006 18:10


Pues un Juzgado en el que trabajo habitualmente remite todas las demandas (civiles) por correo certificado con acuse de recibo. Si consta el acuse de recibo se celebra el juicio pero si nó consta el día del juicio este se suspende.
13/11/2006 18:03
Vamos a ver : Sí es posible. Es cierto que omití el acento por error y yo no cargo tintas contra nadie. Soy hombre y lo que parece querer decir usted es que no era posible recibir demandas por correo certificado. Pero si le he entendido mal, le ruego me disculpe y nada más. No merece la pena tener esta discución cuando es algo muy claro. Veáse el art. 155 LEC.
13/11/2006 17:59
Mire Sr. MACF o Sra., pues lo desconozco si es hombre o mujer porque si no diría Sr. o Sra. pero no ambos.
La explicacion que Vd. ha dado "si es posible", el si si no tiene tilde en la i es "si" disyuntivo y no un sí con tilde en la i, que es sí afirmatorio.
Creo que no se ha explicado bien y ahora carga tintas contra mi persona basándose en artículos de la LEC que nada o poco mas bien tienen que ver.
13/11/2006 17:21
Lo permite el art. 152.1 2ª y 160 de la LEC. Por lo demás es muy normal recibir demandas y citaciones a juicio en los juicios laborales.
Dígame usted, señor dicrepante en qué precepto legal se ampara usted. A buen seguro quien pregunta ha recibido una demanda de esa manera y si no que lo diga. Sólo pretendo ayudar y aprender y no confundir a nadie. Saludos.
13/11/2006 14:47
Y un correo certificado no es personal??!!??!!??
13/11/2006 14:23
Discrepo de MACF, si usted no sabe de derecho, por favor, acuda a otros foros tipo www.cocinamediterranea.com, pero no confunda a los foreros con este tipo de informaciones.

La notificación de la demanda debe ser personal, acorde con la Ley de Enjuiciamiento Civil Española, aprobada en Cortes y publicada en el Boe.
13/11/2006 13:49
Si es posible.
¿se puede recibir una demanda por correo certificado?
10/11/2006 21:16
hola a todos. es posible recibir una demanda por correo en lugar de q te la entreguen en mano en tu domicilio? siempre? por favor que alguien me ayude!! gracias
¿se puede recibir una demanda por correo certificado? | PorticoLegal
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¿se puede recibir una demanda por correo certificado?

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13/11/2006 19:37
De nada.
13/11/2006 19:35
Gracias Anónimo, Cova y LOPJ. Saludos.
13/11/2006 19:29
Aplíquese el cuento, jchwright:
"si usted no sabe de derecho, por favor, acuda a otros foros tipo www.cocinamediterranea.com, pero no confunda a los foreros con este tipo de informaciones".
13/11/2006 19:15
Artículo 271.

Las notificaciones podrán practicarse por medio del correo, del telégrafo o de cualquier medio técnico que permita la constancia de su práctica y de las circunstancias esenciales de la misma según determinen las Leyes procesales.

13/11/2006 18:10


Pues un Juzgado en el que trabajo habitualmente remite todas las demandas (civiles) por correo certificado con acuse de recibo. Si consta el acuse de recibo se celebra el juicio pero si nó consta el día del juicio este se suspende.
13/11/2006 18:03
Vamos a ver : Sí es posible. Es cierto que omití el acento por error y yo no cargo tintas contra nadie. Soy hombre y lo que parece querer decir usted es que no era posible recibir demandas por correo certificado. Pero si le he entendido mal, le ruego me disculpe y nada más. No merece la pena tener esta discución cuando es algo muy claro. Veáse el art. 155 LEC.
13/11/2006 17:59
Mire Sr. MACF o Sra., pues lo desconozco si es hombre o mujer porque si no diría Sr. o Sra. pero no ambos.
La explicacion que Vd. ha dado "si es posible", el si si no tiene tilde en la i es "si" disyuntivo y no un sí con tilde en la i, que es sí afirmatorio.
Creo que no se ha explicado bien y ahora carga tintas contra mi persona basándose en artículos de la LEC que nada o poco mas bien tienen que ver.
13/11/2006 17:21
Lo permite el art. 152.1 2ª y 160 de la LEC. Por lo demás es muy normal recibir demandas y citaciones a juicio en los juicios laborales.
Dígame usted, señor dicrepante en qué precepto legal se ampara usted. A buen seguro quien pregunta ha recibido una demanda de esa manera y si no que lo diga. Sólo pretendo ayudar y aprender y no confundir a nadie. Saludos.
13/11/2006 14:47
Y un correo certificado no es personal??!!??!!??
13/11/2006 14:23
Discrepo de MACF, si usted no sabe de derecho, por favor, acuda a otros foros tipo www.cocinamediterranea.com, pero no confunda a los foreros con este tipo de informaciones.

La notificación de la demanda debe ser personal, acorde con la Ley de Enjuiciamiento Civil Española, aprobada en Cortes y publicada en el Boe.
13/11/2006 13:49
Si es posible.
¿se puede recibir una demanda por correo certificado?
10/11/2006 21:16
hola a todos. es posible recibir una demanda por correo en lugar de q te la entreguen en mano en tu domicilio? siempre? por favor que alguien me ayude!! gracias