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Se puede volver a actas derogadas, para el pago.

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Se puede volver a actas derogadas, para el pago.
09/09/2013 11:56
Cuando se deroga una forma de pago que existía por ejemplo en 1990 y sale otra nueva forna de pago en el año 2000, se puede regir la Comunidad por partidas del año 1990 al no venir en acta de 2001 esas nuevas partidas o tendría que volver a someterlas a votación y sacarlas en el Orden del Día para decidir sobre la nueva forma de pago y adaptarlas al año 2000. Yo pienso que habría que volver otra vez a votar otra vez aquellas partidas que hayan quedado derogadas en actas anteriores.
Dick Turpin parace que haya caido en combate este verano, siga de vacaciones o esté perdido en el bosque...