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se reclama asi?

2 Comentarios
 
Se reclama asi?
10/04/2005 22:00
Verás es que tengo que presentar mi primera reclamación administrativa previa. Se trata de un amigo peruano, iba por el metro de burjassot, en la parada de san juan, y se cayó porque me dijo que se resbaló con una lata de cerveza que había en la vía, al cruzar por ella, tiene 1 testigo. Yo cuento con que mi cliente no tiene casi dinero y puedo correr riesgo de costas, aunque creo que en lo administrativo no hay. Ya tengo los partes médicos, voy a plantear una reclamación adtva previa al Ayuntamiento de Burjassot y otra a FGV (ferrocarriles generalitat valenciana), me pregunto si debo yo valorar de acuerdo con el baremo las heridas que se hizo, y esa cantidad reclamarla directamente a la Administración, o sólo debo pedir que acepten su culpabilidad, y luego ya ellos los valorarán. Resulta que yo mandé una carta a FGV y me dijeron que no tenían por qué responder, y que le correspondía esa función al Ayuntamiento de Burjassot. Agradecería por favor, me mandases algún modelo de esa reclamación, porque la verdad, en estos temas soy principiante aún. Cuando tenga la demanda la mando por burofax a FGV y al Ayuntamiento ó debo presentarla en algún registro?Al transcurrir 3 meses sin que me responsan ó si me responden negativamente, ¿el procedimiento a seguir puede ser una reclamación de cantidad por responsabilidad civl verbal u ordinario según reclame más o menos de 3.000 €? ó debo ir a algún proceso administrativo especial? Gracias.
11/04/2005 09:53
no tienes que plantear una reclamación administrativa previa sino una reclamación de responsabilidad patrimonial. una al Ayuntamiento (aunque supongo que no es su competencia) y otra a FGV.Tienes un año para interponerla
13/04/2005 18:12
Efectivamente debes interponer una eclamación de responsabilidad patrimonial, pero debes tener en cuenta que en la solicitud, debes aportar valoración de las lesiones, relación de causalidad. Si no lo haces te darán 10 días para que lo aportes y si no te da tiempo lo archivarán, así que como tienes un año para reclamar, debes prepararlo todo antes de presentar la reclamación, para ello está el Real Decreto 429/1993, de 26 de marzo.
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Se reclama asi?
10/04/2005 22:00
Verás es que tengo que presentar mi primera reclamación administrativa previa. Se trata de un amigo peruano, iba por el metro de burjassot, en la parada de san juan, y se cayó porque me dijo que se resbaló con una lata de cerveza que había en la vía, al cruzar por ella, tiene 1 testigo. Yo cuento con que mi cliente no tiene casi dinero y puedo correr riesgo de costas, aunque creo que en lo administrativo no hay. Ya tengo los partes médicos, voy a plantear una reclamación adtva previa al Ayuntamiento de Burjassot y otra a FGV (ferrocarriles generalitat valenciana), me pregunto si debo yo valorar de acuerdo con el baremo las heridas que se hizo, y esa cantidad reclamarla directamente a la Administración, o sólo debo pedir que acepten su culpabilidad, y luego ya ellos los valorarán. Resulta que yo mandé una carta a FGV y me dijeron que no tenían por qué responder, y que le correspondía esa función al Ayuntamiento de Burjassot. Agradecería por favor, me mandases algún modelo de esa reclamación, porque la verdad, en estos temas soy principiante aún. Cuando tenga la demanda la mando por burofax a FGV y al Ayuntamiento ó debo presentarla en algún registro?Al transcurrir 3 meses sin que me responsan ó si me responden negativamente, ¿el procedimiento a seguir puede ser una reclamación de cantidad por responsabilidad civl verbal u ordinario según reclame más o menos de 3.000 €? ó debo ir a algún proceso administrativo especial? Gracias.
11/04/2005 09:53
no tienes que plantear una reclamación administrativa previa sino una reclamación de responsabilidad patrimonial. una al Ayuntamiento (aunque supongo que no es su competencia) y otra a FGV.Tienes un año para interponerla
13/04/2005 18:12
Efectivamente debes interponer una eclamación de responsabilidad patrimonial, pero debes tener en cuenta que en la solicitud, debes aportar valoración de las lesiones, relación de causalidad. Si no lo haces te darán 10 días para que lo aportes y si no te da tiempo lo archivarán, así que como tienes un año para reclamar, debes prepararlo todo antes de presentar la reclamación, para ello está el Real Decreto 429/1993, de 26 de marzo.