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segregar dos fincas registrales

3 Comentarios
 
Segregar dos fincas registrales
18/11/2007 16:59
quisiera saber como poder segregar dos fincas registrales, ya que son una herencia y son dos fincas registrales y estan puesta las dos fincas el 50% a dos hermanos, ya que queremos que se dividan y sepamos cual nuestra parte, ya la hemos dividido con un perito, pero queremos registrarlo y hacer escrituras de cada una no como lo tenemos ( 2 fincas registrales y el 50% cada uno)
tambien me han comentado algo que hay que ponerlo como regadio o algo asi, las fincas son de olivos y hay un pozo en una de las dos fincasy en total las fincas son unos 27000 m2 y nos toca a cada hermano 13500 m2 gracias de todas formas a ver si alquien me ayuda.
18/11/2007 22:38
Para segregar en escritura una finca registral, las fincas segregadas deben de cumplir unos requisitos, dependiendo de la Comunidad Autónoma. Tienes que informarte en tu Ayuntamiento si se puede o no, y en caso afirmativo, solicitar en tu ayuntamiento la correspondiente Licencia para segregar.
06/12/2007 15:00
Tengo dos fincas de herencia de mi padre, estas fueron compradas a la misma propietaria en dos partes hace 31 años, yo las registre a mi nombre en el 2001.
Ahora viene el problema, cuando las mido y veo que falta la ultima parcela, ésta la llevó siempre un arrendatario (de la supuesta propietaria) mi padre la tiene registrada a su nombre, y yo tambien, escriturada y registrada, la supuesta dueña se niega a darmela, la cojo si más? que debo hacer?
07/12/2007 12:05
emi77 tiene razón lo normal es que para poder segregar las parcelas es que estas cumplan por separado la parcela mínima que se exige en el planeamiento concreto del municipio, es decir en el Plan General de Ordenación Urbana Municipal POUM o en las normas subsidiarias en el caso que no tenga POUM el pueblo. El trámite normal es pedir licencia al Ayuntamiento y luego ir al Registro de la Propiedad e inscribirlas allí te informarán. Normalmente suele haber distintas medidas de parcela mínima en el pueblo según la zona y su correspondiente planeamiento que les afecta e incluso otras medidas para el suelo rustico. Yo iría al Ayuntamiento y pediría hora con el Arquitecto municipal y me informaría y ya de paso pediría información sobre la normativa urbanística que te afecta a la parcela. Respecto al pozo aquí en Catalunya lo que se suele hacer es dar parte de este a la Agencia Catalana del Agua y estos lo legalizan es conveniente desde un punto de vista de posible desarrollo urbanístico futuro.

Respecto a bulse si la parcela esta registrada a tu nombre y tienes claros cuales son sus lindes estas en tu derecho de disponer de ella a no ser que la persona que la ocupa tenga consolidado algún derecho por el transcurso del tiempo es decir que por un uso continuado en el tiempo durante más de treinta años, sin ninguna perturbación por parte del propietario aparezca un derecho de propiedad se llama "usucapión " y significa adquisición de la propiedad por el transcurso del tiempo. Es difícil que esto pase ya que cualquier acto de disposición por parte del propietario ya rompe este derecho. Yo lo que haría es mandarle un burofax o carta certificada comunicándole que el titulo de propiedad es tuyo, los límites de la finca cuales son su extensión de donde procede tu titulo (herencia o compraventa....) y tu intención de disponer de ella pidiéndole que retire su ocupación y sus bienes. A continuación mediante el titulo y un topográfico pediría al Ayuntamiento permiso para vallarla y procedería a hacerlo. Ocuparía la finca del mismo modo que lo hace la otra persona y no me iría de allí llamaría a la policía y les expondría la situación.