asi, si tengo por ejemplo, salario base 1000 €, atrasos de convenios 100 €, complemento salarial 50 € y prorrata de paga extra 250 €. la base de cotización de ese individuo serian 1200 € (la suma de salario base, compl.salarial y prorrata. SI en lugar de atraso de convenio pusiera, IPC 2004, seria la misma base?
por cierto la prorrata se extrae de si son por ejemplo 14 pagas sumarle 2 pagas i el importe resultante se divide entre 12 meses??
Los salarios que conforman la Base de cotización a la Seg. Social, son todos aquellos que no estan excluidos de dicha cotización, es decir: Salario base, antiguedad, complementos salariales, actividad y mejoras salariales, y los excluidos son las indemnizaciones por dietas y desplazamientos, cuando te estas refiriendo al IPC de 2004, deberas de ser atrasos del Incremento de los precios del año 2004, por lo tanto seran computables a efectos de cotización y los atrasos idem de lo mismo.
tengo una duda sobre la seguridad social, puede ser que la base de cotización sea el resultado de sumar todas las prestaciones menos una partida que se llame IPC 2004 o atrasos de convenios?, que forma la base de cotización y que no?