Hola, necesito vuestra ayuda sobre el siguiente tema:
Estube de baja medica y el medico de cabecera me dio el alta medica sin estar curado, interpuse una reclamaion ante la inspeccion medica y se para ratificaron en la misma indicandome que tenia 30 dias para interponer reclamacion previa a la Juridcin Social.
Pues bien interpuse la reclamacion previa ante el Servicio de Andaluz de Salud y al pasar mas de 45 dias y no haberme contestado interpuse la correspondiente demanda ante el Juzgado de lo Social que fue admitida
El dia señalado para el juicio el abogado del INSS advirtio que no se habia interpuesto la reclamacion previa ante el INSS ni TGSS (solo lo interpuse ante el SAS), y por tanto no se habia agotado la via administrativa, por lo que el se firmo un documento por el cual se DESISTIA CON RESERVA DE ACCIONES
Mi pregunta es si puedo iniciar de nuevo el procedimieto interponiendo la reclamacion previa ante todos los organismos y posteriormete una ueva demanda ante el jugado de lo social o ya han prescrito los plazos que me establecia en la resolucion de la inspeccion medica
mmmmmm, ... así a botepronto, diría que se te pasado la acción de reclamar contra el alta médica.
Presentaste reclamación previa contra el SAS, por ser el organismo que te da el alta médica, no obstante, deberías haber interpuesto reclamación contra el INSS pues es dicho organismo quien te paga la baja y no lo hiciste, al desistir de la demanda, (en mi opinión da igual con o sin reserva de acciones, pues el desistimiento de la demanda nunca implica el dessitimiento de la acción, que se puede volver a ejercitar si se está dentro de plazo) es como si no hubieras planteaado nunca la demanda, y por tanto, creo acción de reclamar contra el alta médica.
No obstante, ya te he avanzado que lo digo así ... a botepronto, yo no soy tu abogado, ni nunca se me ha planteado este supuesto, así que ... si quieres un consejo, pregrúntaselo a tu abogado, que él lo sabrá y ... haber lo que te dice!!!!!
Un saludo,
P.D. Ah, y de paso ... nos cuentas lo que te ha dicho tu abogado (que me gustará saberlo)
Mi abogado me dice que en seguridad social las prespcripcio es a los 5 años, pero yo o s ya que el plazo de 30 dias que me daban para interpoer la reclamacio previa ha pasado