Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Seguro Comunidad y Fondo Reserva

3 Comentarios
 
Seguro comunidad y fondo reserva
25/10/2004 16:48
Buenas tardes,

En mi comunidad hemos intentado en varias ocasiones que se incluyera el 5% que establece la ley como fondo de reserva en los presupuestos anuales, pero nuestro administrador siempre nos ha dicho que ese fondo no es necesario dado que tenemos contratado un seguro y una contrata de mantenimiento. Mi pregunta es si eso es cierto o aparte del seguro y la contrata también debemos incluir ese 5% en los presupuestos.
Gracias
25/10/2004 17:36
Aunque tengais contratado el seguro, debeis tener fondo de reserva, entre otras cosas porque la ley de propiedad horizontal dice que es obligatorio. Además, se supone que el seguro debería ir con cargo al fondo de reserva.
Por ultimo, y si decidis hacer una obra de mejora que no os cubra el seguro? Os veríais obligados a hacer una derrama, cuando si tuvieseis el fondo de reserva, dependiendo del gasto, no tendríais que hacerla o sería menor.
26/10/2004 09:30
Muchas gracias por tu contestación, confirma lo que yo pensaba pero no estaba seguro. Podrías decirme que apartado o articulo de la ley de propiedad horizontal lo refleja, me gustaría llevarlo bien aprendido para informar a mi administrador en la próxima reunión.
Por cierto que mas gastos se pueden cargar a este fondo de reserva?
Gracias de nuevo.
28/10/2004 08:59
El fondo de reserva se recoge en el art. 9.1.f de la ley 49/1960 de propiedad horizontal.
Se destina a:
obras de reparación y conservación del edificio.
suscripcion a cargo del fondo de reserva de un contrato de mantenimiento del edificio y de sus instalaciones
suscribirse a cargo del fondo un seguro de responsabilidad por daños que cubra los causados en la propia finca, es decir, daños causados en los elementos privativos por elementos o servicios
comunes
Especificarte que tuve un error, este fondo no cubre las obras de mejora. De todos modos sigue siendo obligatorio por ley por mucho que vuestro administrador os diga que no lo necesitais porque teneis seguro. Y además podríais contratar el seguro con cargo al fondo de reserva.
Espero que esto te sirva de ayuda.