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Seguro de empresa e Incapacidad Absoluta

1 Comentarios
 
Seguro de empresa e incapacidad absoluta
30/04/2021 09:42
Hola... después de concederme una incapacidad total por accidente laboral, reclamo la indemnización al seguro de la empresa que se niega a indemnizar por no ser incapacidad absoluta, pertenezco al convenio de pequeñas y medianas empresas del metal, en las coberturas de la póliza aparece la indemnización por incapacidad total pero hay un apartado que dice según certificado individual y es por eso que ellos dicen que no me cubre si no es absoluta.
Mi pregunta es: como puede cubrir a algunos trabajadores y a otros no si todos estamos en el mismo convenio???es legal esto que hacen??
30/04/2021 10:23
Mirando su convenio no acabo de ver eso que usted menciona del "certificado individual", por otra parte el art 33 de su convenio nos remite al art 31 del mismo para saber si le corresponde indemnización, la cual una IPT por accdte No Laboral a enfermedad común, no le correspondería en el caso de reingreso en la empresa con otra categoría pero según usted nos dice, se trata de una IPT por cont profesionales, es decir por accdte de trabajo, por tanto, lo que he leído Si tiene echo a indemnización, (ojo, yo no he leído nada de ese certificado que usted comenta)
Seguro de empresa e Incapacidad Absoluta | PorticoLegal
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Seguro de empresa e incapacidad absoluta
30/04/2021 09:42
Hola... después de concederme una incapacidad total por accidente laboral, reclamo la indemnización al seguro de la empresa que se niega a indemnizar por no ser incapacidad absoluta, pertenezco al convenio de pequeñas y medianas empresas del metal, en las coberturas de la póliza aparece la indemnización por incapacidad total pero hay un apartado que dice según certificado individual y es por eso que ellos dicen que no me cubre si no es absoluta.
Mi pregunta es: como puede cubrir a algunos trabajadores y a otros no si todos estamos en el mismo convenio???es legal esto que hacen??
30/04/2021 10:23
Mirando su convenio no acabo de ver eso que usted menciona del "certificado individual", por otra parte el art 33 de su convenio nos remite al art 31 del mismo para saber si le corresponde indemnización, la cual una IPT por accdte No Laboral a enfermedad común, no le correspondería en el caso de reingreso en la empresa con otra categoría pero según usted nos dice, se trata de una IPT por cont profesionales, es decir por accdte de trabajo, por tanto, lo que he leído Si tiene echo a indemnización, (ojo, yo no he leído nada de ese certificado que usted comenta)