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Sentencia de conformidad en P.P Abreviado

14 Comentarios
 
Sentencia de conformidad en p.p abreviado
13/09/2006 14:18

La reducción de 1/3 de la pena en las Sentencias de conformidad ¿es sólo en las Diligencias Urgentes o también en el Abreviado?

Gracias
13/09/2006 15:13
Normalmente, si se pacta conformidad con el Fiscal antes de entrar a juicio, reduce la pena, normalmente un tercio, aunque el beneficio para el acusado es menor porque normalmente la pena que se solicita si se llega al Juzgado de lo penal es mayor que si se produce la conformidad en el juzgado de guardia, donde el Fiscal suele solicitar menos para facilitar de inicio la conformidad.
13/09/2006 17:19
Entiendo q es posible aplicar la conformidad además de en las diligencias urgentes, durante la tramitación de las diligencias previas, pero siempre ANTES DE SU TRANSFORMACIÓN EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO. Momento preclusivo para poder instar dicha conformidad "premiada".
13/09/2006 17:44


Se trata de un tema de alcoholemia, no s siguieron D. Urgentes al haber daños,

ac37 ¿la conformidad se debe hacer en el momento de formular escrito de defensa?

Un saludo y gracias


13/09/2006 18:23
Aunque le preguntas a ac37, me permito contestarte:

Seguramente se siguió por previas porque no se podía realizar la instrucción (valorar los daños) en los plazos habituales para que se hubiese ventilado por Urgentes.

No obstante, si tu cliente reconoció la culpabilidad desde un principio, hubieses podido reconvertir a juicio rápido para aprovecharte de la rebaja del tercio sobre una pena inferior a la que te pedirán en el penal.

Pero si ya no te queda más remedio que ir al pena, la conformidad se hace antes de entrar a la vista de juicio en el Juzgado de lo penal. Previamente ya habrás realizado el escrito de defensa oportuno, claro, con tus calificación provisional.

En la práctica, y entre vista y vista, se asoma la cabeza por la sala de vistas ( si es que el Fiscal no está en su despacho. Tu misión es enterarte por donde anda para localizarle y hablar con él antes del juicio) y, como decía, si no lo localizaste antes, se entra a hablar con él a la sala de vistas, quien estará sentado en estrados. Le dices que eres el siguiente y que tu cliente está dispuesto a llegara una conformidad. El Fiscal te propondrá, tú intentarás que te rebaje más (sobre todo en el tema de la multa alegando que tu cliente no trabaja, o esta a la espera de un trabajo, o en paro, o que gana pocoetc --cosa que tam,bién te preguntará el Fiscal para tantear la capacidad economica de tu cliente y poder fijar una pena económica adecuada a su capacidad) y, una vez con la proposición definitivadel Fiscal, sales, se lo cuentas a tu cliente y, si asiente, vuelves a entrar, le dices al Fiscal (y de paso, al Juez, que estará al quite) que va a haber conformidad. Vuelves s salir, os llaman, entrais, te sientas en estrados, tu cliente al banquillo y se dicta sentencia de conformidad.

13/09/2006 18:35
Pero cuando el fiscal te propone y intentas que te rebaje más, ¿el fiscal no tiene que proponer lo mismo que en su escrito de acusación? porque como alegaría el fiscal su cambio...
13/09/2006 18:42
El Fsical puede modificar su escrito de acusación, al igual que la defensa puede hacer lo mismo con su escrito.

La Lecrim prevé, además del tercio previsto para las diligencias urgentes en caso de conformidad en el juzgado de guardia, la rebaja de la pena en el penal existiendo conformidad del acusado.
13/09/2006 18:52


Defensor del Letrado, gracias por tu pormenorizada explicación pero "negociar" penas con el Fiscal lo he hecho muchas veces y conozco su funcionamiento práctico, no llevo penal con habitualidad pero a menudo he acordado con el Fiscal rebajas de penas a cambio de la conformidad. Claro que siempre se han tratado de supuestos en que tenía márgen para la rebaja bien porque el fiscal no pedía el mínimo o bien por aplicación de un atenuante.

Pero en este caso partimos de que el fiscal va a pedir el mínimo (casi seguro) y lo que quiero es el "premio" de la rebaja automática de un tercio que se aplica en las Sentencias de conformidad en las Diligencias Urgentes. Ac37 dice que para conseguirlo la conformidad ha de ser antes de convertirse en Abreviado, y si fuera así no sería posible la rebaja si la conformidad se hace justo antes de entrar al jucio.

Maika 26, el Fiscal no tiene porque mantener la pena del escrito de acusación, las "rebajas" que hacen antes de entrar a los juicios pueden ser muy sustanciosas, son ellos mismos los que muchas veces las proponen sin necesidad de que halla que dirigirse a ellos como lo explica Defensor del Letrado.



13/09/2006 19:08
Covafe, fíjate que te he comentado tres posibilidades: La de conformidad en urgentes e incluso en previas solicitando reconversión a urgentes si hubo reconocimeiento de los hechos ( que creo que es a la que se frefiere ac37) y la conformidad cuando ya se esta en PA y no hay vuelta atrás.
19/09/2006 12:43
Pero si se tratara de un procedimiento normal es decir DP y después PA, ¿existe la reducción de la pena en 1/3? ¿En que art lo pone?
19/09/2006 14:44


Maika26, eso es precisamente lo que yo quería saber, de momento sigo como estaba, ya que por más que leo la Ley no veo en el PA la posiblidad de que en caso de conformidad se rebaje 1/3 la pena solicitada por el fiscal (con la cual te conformas). Y es que una cosa es que llegues a un acuerdo con el Fiscal y te baje la pena al mínimo o bien se busque una atenuante y consigas la pena más baja posible, y otra cosas es que sobre una pena ya mínima se le reduzca un 1/3 por haberte conformado con ella.



19/09/2006 16:06
Los Fiscales aplican la reducción de un tercio cuando entran en negociaciones en el penal. Lo que pasa es que no parten de la mínima que soilicitan en el juzgado de guardia existiendo conformidad, sino de la que ellos piden en su escrito de calificación una vez se ha abierto el PA y, por lo tanto, la pena siempre es mas alta. O es lo que yo vengo viendo en la práctica.

En resumidas cuentas: Es muy dificil obtener una pena sobre la mínima cuando ya estamos en el penal o, lo que es lo mismo, cuando se está en el penal es muy dificil obtener las ventajas de la conformidad en el juzgado de guardia. No se si me explico......
19/09/2006 17:48


Te explicas Defensor.. y ahí vamos, que cuando no se tramitan Diligencias Urgentes, según parece, siempre se obtiene una pena más gravosa que si se hubieran tramitado, porque la pena negociada antes del juicio nunca va a ser inferior al mínimo.

Entonces, la respuesta a mi pregunta es que NO existe la reducción AUTOMÁTICA de la pena por conformidad, sinó la NEGOCIACION con el Fiscal, valla lo de siempre...

19/09/2006 17:58
Q yo sepa se podría decir q existen dos tipos de conformidad:
1- La normal, aplicable cuando la pena de prisión no excede de 6 años o de duración superior si es de otra naturaleza.
2- La premiada, q reduce en un tercio la pena solicitada.
En ambas se suele negociar con el M. Fiscal, pero la capacidad de negociación de éste es superior en la conformidad normal, pues en la premiada basta con esperar la calificación del Fiscal o/y de la acusación particular y conformarse para obtener una rebaja bastante significativa de la pena impuesta (1/3). Mientras q en la clásica el tira y afloja con el Fiscal es contínuo y muchas veces de resultado incierto.
19/09/2006 18:55
La experiencia que yo tengo es que los Fiscales, en diligencias Urgentes, te lo ponen mas fácil pidiendo la mínima para facilitar la conformidad en el juzgado de guardia y que no vaya al penal.

Si no hay conformidad, suelen pedir penas más cuantiosas precisamente por lo anterior. Pero, si aún así, llegado al penal el imputado se conforma y se ahorran un juicio, te negocian la reduccion del tercio pero sobre la pena solicitada en su escrito de calificación una vez que se abre el juicio oral y no sobre la mínima, como hubiese podido suceder en el juzgado de guardia con las d. Urgentes. Luego, si hay reducciñon del tercio, pero lo que varía sustancialmente es el momento procesal en el que estemos.

De hecho, es habitual que en la guardia te digan: Mire, Letrado, si su cliente se conforma, tanto. Y si no se conforma, le pido tanto.