Entiendo, el caso es que en ambos párrafos( cada cantidad la pone en párrafos distintos ) de la sentencia indica que esa cantidad es para gastos de habitación y vivienda.
No es lo normal que se ponga así, pero es simplemente una cuestión de cálculo. La pensión de alimentos puede calcularse sin vivienda (para cuando hay atribución de vivienda al menor, por ejemplo, en cuyo caso este concepto no se incluirá en la pensión porque ya se está proporcionando por otra vía, y lógicamente saldrá una pensión menor). Seguramente lo habrá hecho así, el juez, no sé si por algún motivo específico, que quizá podría haberlo.
Hola, quería saber si alguien a tenido una sentencia como esta: Resulta que la jueza en la sentencia pide primeramente una pensión de alimentos para una niña de 300 euros, alegando la brecha económica entre el pagador( yo, el padre) y la parte contraria ( la madre), especifica para que es la pensión de alimentos ( comida, habitación,gastos escolares, ropa etc....) y también desestima una pensión compensatoria para la madre. Pero luego añade otros 200 euros a la pensión alimenticia alegando de nuevo la brecha económica entre las partes y especificando que esa cantidad es para la parte proporcional del alquiler de la vivienda que le correspondería a la niña. ¿ No se contradicen ambos puntos al alegarlos de la misma forma ? No entiendo que de primeras no pusiera la suma de las dos cantidades como pensión de alimentos.