Si, pero habría que saber de qué país estamos hablando, por lo que no podemos afirmar categoricamente que sea el convenio de La Haya el aplicable en este caso.
Si, pero tienes el de la Haya que es multilateral, y tiene convenios complementarios respecto a la ejecución de sentencias de esos países en España (y a la inversa), además, de la normativa existente dentro del marco comunitario.
Depende de qué país hablemos. Si es una sentencia de un país comunitario hay que ver la fecha de la sentencia por si le es aplicable el reglamento europeo correspondiente en vigor. Para países no comunitarios, hay que ver si existe convenio bilateral aplicable. Y, si no hay nada de lo anterior, por exequatur en jurisdicción voluntaria Antigua LEC (Art. 954)
Una sentencia de divorcio dictada fuera de España, es ejecutable aqui??? Se ha de ratificar de alguna manera, en España para poder saber quien se queda con los niños o el regimen de visitas??? Gracias