Estos son los contrasentidos de los juzgados de familia españoles, suponiendo que haya acreditado en dicho procedimiento que iba a quedarse sin la prestación. Si no lo hizo, entiendo que puede solicitar la modificación. Un saludo.
Lo que ocurre es que dejo de percibir prestaciones en agosto y la sentencia es del 10 junio. Debo empezar a abonarle antes del 5 julio pero en septiembre tengo ingresos 0.a no ser que me den la ayuda familiar que son 426 me quedarían 6€ para pasar el mes con mi hijo de 20 años
Depende del Juzgado. Pero debe solicitar la modificación con unas medidas provisionales, cuanto antes. El problema es que con esos ingresos, dudo que le den abogado y procurador del turno de oficio. Un saludo.
Tiene que presentar una modificación de medidas y plantearle al juez su nueva situación para que este tengo los elementos de prueba necesarios para poder adaptar su pensión a sus circunstancias.
Por lo que he leído tendré que pedir la modificación de la pensión . ¿Cuando tengo que pedirla ? En Agosto se acaba el paro y si me dan ( .que no lo se . ) La ayuda familiar 426 € .como le voy a dar 350 solo mi hijo se gasta eso .
Me han puesto 420€ y mi pareja me tiene que abonar 70€ por mi otro hijo de 20 años (con los gastos que conlleva esa edad ) tengo que pagar un coche a razón de 216€/mes durante 3 años y como entre medias de la separación mi pareja se gasto el crédito de 2000€ del carrefour del cual yo soy titular y pago 210€.Yo cobro ahora 1300€ del paro pero en agosto deja de cobrar y con 49 años tengo pocas perspectivas de trabajo Que puedo hacer.mi pareja trabaja en casas sin asegurar por lo tanto tampoco tiene ingresos oficiales