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Sentencia reconoce relación laboral

1 Comentarios
 
Sentencia reconoce relación laboral
06/06/2023 20:25
Hola tengo una duda, a ver si alguien me orienta. Hace casi 20 años estuve trabajando por cuenta ajena sin contrato y tras denunciar al juzgado y gané mediante sentencia. La empresa hace muchos años que desapareció.

En la vida laboral aparece reflejado la empresa, el alta y la baja (1 año y 9 meses en total) y la fecha de efecto de alta, (1 año y 3 meses después de la baja) supongo que es fecha de sentencia.
La cuestión es que en "días cotizados" no aparece nada, así qué mirando hacia la jubilación igual me interesa que se me reconozca ese periodo como cotizado. ¿Sería posible que se me reconociesen esos años como cotizados? ¿Que tipo de procedimiento tendría que realizar...? Gracias!
11/06/2023 10:02
User2987
Hola. Sobre todo guarda la sentencia y mejor aún si pides una certificación de su firmeza.
Cuando te jubiles, hay dos posibilidades:
a) si ,aparte de esos años sin contrato, llegas a cotizar más de 15 años, no tendrás demasiados problemas. El INSS te reconocerá la jubilación sin tener en cuenta esos años en "negro". Pero haciendo una reclamación y posterior demanda, el Juzgado te reconocerá la jubilación totalizando todos los años. Condenará a la empresa a pagar las diferencias de la jubilación pero también condenará al INSS a adelantarte toda la pensión, pudiendo el INSS posteriormente intentar embargar a la empresa .
b) Si no alcanzas los 15 años. De entrada el INSS te denegaría la jubilación y posteriormente es posible que el Juzgado condenase a la empresa al pago de las diferencias y al INSS la condenase sólo a pagar su parte, en proporción al tiempo cotizado, pero no le condenaría a pagar y adelantar toda la pensión. No es una tema claro. La casuística es larga.
Lo que está claro es el punto primero. Si tienes más de 15 años cotizados, el único problema que tendrás es que deberás reclamar al Juzgado y por otra parte muy posiblemente no podrás jubilarte anticipadamente. Deberás jubilarte a la edad ordinaria. O si estás cobrando el subsidio de desempleo para mayores de 52 años , podrás pedir la jubilación anticipada. Te la denegará el INSS y posteriormente el Juzgado te daría la razón.
Saludos