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Separacion/divorcio

1 Comentarios
 
Separacion/divorcio
08/10/2007 19:20
Mi padre se ha ido de casa, tiene una aventura. Mi madre no trabaja, ni cobra pensión o subsidio alguno, es diabética y tratada con antidepresivos. El piso y el garaje están a nombre de los dos, mi hermana de 22 y yo (tambien mayor de edad ) vivimos con ella. Yo si trabajo, aunque estoy operada de cancer (aun no tengo el alta definitiva de mi medico) y mi hermana no estudia ni trabaja ahora. Si mi padre en nómina tiene 1000 euros ¿que pensión esta obligado a pagar a mi madre? ¿puede obligarla a vender el piso, el garaje o el coche que esta tambien a nombre de los dos?. Si el se casa de nuevo, ¿a quien le quedará la pensión de viudedad si falleciera?¿si tuviera un hijo le correspondería parte de esos bienes? por favor, estoy desesperada, son peleas continuas, y la economia está fatal. Doy las gracias por adelantado a quien me responda ó me asesore como debemos movernos y donde acudir. Gracias. Irene
08/10/2007 19:54
Si tiene 1.000 euros, de lo que quede de descontar los gastos fijos de su padre, calcule un 10-15%. No, no puede obligarla a vender el piso ni las restantes propiedades si no es de mutuo acuerdo. La vivienda seguramente se la atribuyan a su madre pero dependiendo de una serie de factores, podría temporalizarse el uso hasta liquidación de gananciales o durante un periodo X de tiempo. Su padre a falta de acuerdo puede instar un procedimiento de liquidación de la sociedad ganancial y los bienes a falta de acuerdo podrían subastarse. Lo mejor es que se asesore por un abogado y por supuesto, que intente llegar a un acuerdo que beneficie a ambas partes.
La pensión de viudedad en estos momentos le correspondería en la proporción de años que hubiera estado casada con su padre. Si tiene un nuevo hijo (salvo que estén en Cataluña, Aragón, etc, que tienen régimen foral y no se aplica derecho común) tendrá derecho a la legítima que corresponde del 50% de gananciales. Es decir, del 50% de su padre en esos bienes, los tres hijos podrían heredar los 2/3 en concepto de legítima y mejora, y dejar a quien quiera el otro tercio. De ahi que no sea muy aconsejable si se puede evitar permanecer en proindivisión porque pueden surgir problemas futuros con las herencias pues su viuda si se casa, tendrá derecho al usufructo de una parte de ese 50% también.
Su madre puede solicitar abogado del turno de oficio (servicio de orientación jurídica en el edificio de los juzgados)
Un saludo.