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¿Sería legal negarnos a pagar esa fianza y quedarnos con el primer contrato que nos hizo?

1 Comentarios
 
¿sería legal negarnos a pagar esa fianza y quedarnos con el primer contrato que nos hizo?
15/11/2007 09:34
Buenos días, necesitaría por favor que alguien me asesorara legalmente: somos una pareja, inquilinos de una vivienda en alquiler desde hace dos años en Madrid. Aquí es el IVIMA el que controla los arrendamientos, donde los propietarios tienen que depositar la fianza que el inquilino le ha dado con la firma del contrato y que se le devuelve cuando éste sea extinguido. Pues bien, el propietario que nos arrendó la vivienda no nos pidió fianza, sólo un aval bancario correspondiente a 3 mensualidades (que aparece en el contrato) y, por consiguiente no depositó nada en el IVIMA, entre otras cosas con intención de no declarar los beneficios obtenidos por la vivienda alquilada y así eludir a Hacienda. Como somos menores de 35 años, tenemos derecho a una desgravación en la declaración por pagar un alquiler, así que cuando la hicimos el propietario fue denunciado por el IVIMA por no declarar el arrendamiento ni haber seguido los pasos legalmente establecidos de depósito de fianza. Ahora nos ha dicho que quiere que le paguemos una fianza y que hagamos un nuevo contrato, pero yo quiero saber si nosotros estamos obligados a hacer ese nuevo contrato, ya que tenemos uno hecho desde hace dos años y hemos cumplido todo lo que en él aparece. Por supuesto que este señor lo hace por quitarse problemas de encima, pero se ha estado portando muy mal con nosotros en todo este tiempo, incluso nos ha amenazado e insultado en alguna ocasión por no querer reparar goteras y problemas electricos de la vivienda, y no creo que merezca que ahora nosotros le resolvamos la papeleta. ¿Sería legal negarnos a pagar esa fianza y quedarnos con el primer contrato que nos hizo? Un apunte: el contrato que tenemos es un contrato totalmente legal, yo ya he vivido en otra vivienda alquilada y era igual, esos en papel timbrado, lo único que no aparece es que le hayamos entregado ninguna fianza puesto que no nos la exigió. Todo lo demás es correcto: DNI de arrendador y arrendatario, cuenta bancaria para hacer el ingreso mensual, nº de aval bancario, que pagamos anualmente para seguir manteniendolo, gastos de la vivienda que debemos abonar, condiciones e inventario.
Les agradecería que nos echaran un cable, estamos muy cansados de aguantar problemas con este señor.
perfil Jan
15/11/2007 12:14
Hola krilo. Mi consejo es que usted entregue la FIANZA(1 mes de renta) a su arrendador para que éste la deposite a su vez en el IVIMA,cumpliendo así con su obligación.

Una vez hecho esto procedan a MODIFICAR el contrato a través de la INCLUSIÓN de una CLAUSULA en la que se establezca que se ha entregado la cantidad X en concepto de FIANZA. El RESTO del contrato SERÁ el mismo(duración, renta, sistema de actualización de la renta...). Es decir, dicha MODIFICACIÓN NO supondrá LA EXTINCIÓN DEL CONTRATO ORIGINARIO y la CREACIÓN DE UNO NUEVO.

Un saludo.