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Serios problemas comunitarios.

5 Comentarios
 
Serios problemas comunitarios.
07/08/2004 19:41
Hola a todos,
tengo un serio problema en la finca en la cual resido, soy propietaria de una planta baja la cual tiene en la parte trasera una bonita terraza, para salir a dicha terraza tengo una puerta de lamas que corta muchisimo, por lo cual, la he sustituido sin el permiso de la comunidad, al igual que han hecho otros tres vecinos de la finca, por un cerramiento de cristal y ahora he recibido una carta de la administradora, quien por cierto no ha renovado su cargo como tal en la fecha que correspondia, convocando una reunion para interponer una denuncia contra los vecinos que hemos quitado dichas lamas. El caso es por la estetica de la fachada. Pero resulta que en la fachada delantera que da a la calle y no en la trasera como es mi caso los demas vecinos han instalado sus aparatos de Aire Acondicionado en los balcones, para lo cual tampoco han solicitado permiso a la comunidad, tambien hay un atico que a acristalado toda la terraza dando la misma a la calle. Y para rematar cada solarium (terraza superior privada de los aticos) a subido la pared medianera entre si, de una manera distinta cuando en junta de vecinos se acordo que todos separasen con el mismo material. Asi que se hacen varias modificaciones en la fachada y la unica que molesta es la que hemos hecho los de las plantas bajas. Podrian decirme que puedo hacer legalmente si me denuncian y que me puede pasar. Debo yo tambien denunciar a la comunidad por tratar a unos vecinos de una forma y a otros de otra.
Gracias de antemano.
Un saludo.
07/08/2004 20:09
El tema queda incurso en cuanto trata el Art. 7 de la Ley de P.H.
"1.-El propietario de cada piso o local podrá modificar los elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios de aquél cuando no menoscabe o altere la seguridad del edificio, su estructura en general, su configuración o "estado exteriores", o perjudique los derechos de otro propietario, debiendo dar cuenta de tales obras previamente a quien represente la comunidad".
Evidentemente ya has dejado dicho que no comunicaste el inicio este cambio de la puerta de acceso a tu terraza.Ahí tienes un fallo.
Peró por lo que dices, por agravio comparativo de todos los demás desmanes efectuados en otras partes, no resulta coherente que ahora a vosotros os quieran aplicar el peso de la Ley.
Lo único que pueden hecharos en cara es la falta de comunicado , pero los demás por lo que dices tampoco se preocuparon de hacerlo.Es más, los otros tenian que pedir permiso a la comunidad y en cambio vosotros solo debiais comunicarlo, ya que el derecho del cambio en una parte particular del piso no os lo pueden negar.
Finalmente el argumento por el que podrian tambien atacaros de cambio estética, no se sustenta por ningún sitio, pués se trata de la fachada interior, no la delantera que es la que exige estos miramientos y finalmente si los otros tres vecinos que han cambiado también estas puertas, me imagino los tres de planta baja como a tí, pués cambiandolo los 4 al unísono, habeis dado lugar a una nueva configuración de la parte baja de la fachada interna que mantiene armonia.
Yo no me preocuparia; os presentais a la reunión, argumentad vuestras razones y a ver que pasa. Si a pesar de ello se aprueba la demanda,vosotros impugnais el acuerdo y si hay que ir al los tribunales pués adelante, cuando llegue el momento no creo que el juez bendiga tal desafuero y además con los precedentes permisivos de los otros casos.
09/08/2004 12:41
Muchisimas gracias por su rápida contestación.
Tengo una duda respecto a la convocatoria de la reunión, según me ha parecido entender en la ley de propiedad horizontal, la administradora que es la convocante de la reunion, debe señalar en el acta de la misma a los que han promovido dicha reunion, esto es asi relamente o puede decirnos que la promueve el presidente y ya esta. Lo pregunto porque le hemos solicitado que nos indique que vecinos son los que han protestado por los hechos y nos niega esta información. Además necesito saber si debe traer con ella la lista de deudores de la comunidad, que tengo entendido que no tienen derecho a voto en la reunión.
Por otra parte, podria solicitarle que añadiera en esa convocatoria los demas temas que como comente antes, son tambien infracciones en la finca o por el contrario es mejor no decirle nada y asistir a la reunion tal y como esta convocada.
Gracias por su ayuda de antemano.
Un saludo.
09/08/2004 16:15
Veamos :
1)- El Presidente tiene la facultad de convocar Junta de Propietarios en el momento que le plazca proponiendo un Orden del Dia de temas a tratar, único o múltiple.
2)-El Presidente, deberá convocar Junta de Propietarios ante la petición de al menos un 25 % de las cuotas de representación,para tratar el tema propuesto por los solicitantes.
3)-Cualquier propietario podra pedir a la comunidad estudie y se pronuncie sobre cualquier tema de interés para la comunidad; a tal efecto dirigirá escrito al presidente ,en el que se especifique claramente los asuntos que pide sean tratados, el cual los incluirá en el Orden del Dia de la siguiente Junta que se celebre.
4)- Los propietarios morosos pueden asistir a las reuniones y entrar en debate de los asuntos que se trataen, peró no tienen derecho de voto sobre los mismos.
Precisiones aparte, tanto si la reunión que vais a tener para tratar del tema de estas puertas la ha convocado el Presidente por su propia iniciativa, como si lo ha sido a tenor de la petición de un colectivo mínimo del 25 % de las participaciones, no tiene la obligación de indicar en el orden del dia cuales son los promotores del tema. Bien que te vas a enterar a lo largo de la reunión, según como vayan las voces de intervención.
09/08/2004 16:24
Continuo ....
De haber morosos : "La convocatoria contendrá una relación de los propietarios que no esten al corriente de pago de las deudas vencidas a la comunidad y advertirá de la privación del derecho de voto si se dan los supuestos previstos en el art. 15.2(no consignación notarial o judicial de las deudas)".
Puedes intentar del Presidente incluya en el Orden del Dia el debate de las otras infracciones, pero lo más seguro es que te diga que ya no se está a tiempo de incluirlo en la reunión anunciada.Es igual,te lo guardas como elementos de contraataque en la discusión, por el agravio comparativo que representan.
25/09/2004 19:02
Hola Petrus,
ya que fuiste tan amable en contestar a mi consulta queria decirte como a acabado el asunto. El dia 9 de septiembre se hizo la dichosa reunion, y mi sorpresa a sido tremenda pues no solo no van a denunciar sino que ademas ahora queda permitido por todos los vecinos quitar las dichosas lamas y poner cristal si se quiere. Trendrias que haber visto la cara de los dos que promovieron la reunion, yo llegue a pensar que les pegaba un infarto. Asi que se hizo una botacion y se aprobo el tema de acristalar. Desde luego cuando comenzo la reunion los que habiamos acristalado dejamos las cosas claras y explicamos que si nos denunciaban por el acristalamiento denunciariamos cualquier irregualaridad en la finca, y como ya te dije que habia bastantes...
Y bueno eso es todo, gracias de nuevo por tu ayuda ya que me tranquilize mucho con tu respuesta.