Poseo un terreno clasificado como urbano en una pequeña localidad, tengo un pequeño almacen en este terreno y tengo servicio de luz pero el ayuntamiento no me proporciona servicio de agua y vertido, el terreno da ha dos calles del pueblo. ¿Estan obligados a proporcionarme estos servicios?
me dicen que me lo ponga yo desde una calle que esta a mas de 150 ml.
Muchas gracias.
Si en cualquiera de las dos calles hay tuberia municipal de abastecimiento delante de la parcela, el Ayuntamiento no te puede denegar el enganche. Otra cosa es que tengas autorizacion para el uso del almacen. Pero lo de ir a enganchar a 150 m., me parece una "cacicada".
Gracias por contestar tan rápido,
no se si hay servicios de agua en estas calles, pero justo enfrente de mi terreno hay unas antiguas escuelas municipales que si tienen agua y vertido (unos 20 m)
pienso que no me pueden hacer que yo corra con todos los gastos de traer el agua y vertido hasta cerca de mi terreno.
Son pueblos que van muy despacio en estas cuestiones y quizas me hagan esperar hasta un proximo programa de alcantarillado, pero ¿como puede estar clasificado como urbano y no tener estos servicios, o facilitarlos?
gracias.
Lo unico que se me ocurre, es que llegues a un acuerdo con el Ayuntamiento. Por ejemplo hacerlo al 50%, pero con la condicion que cuando alguien mas este interesado en el enganche, tengan tambien que abonar y te devuelvan parte de la inversion. Esto es importante, porque a veces uno solo paga y despues se benefician muchos.