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servidumbre de paso

5 Comentarios
 
Servidumbre de paso
24/01/2011 13:51
tengo una finca y tiene una servidumbre de paso escriturada. quiero transladar la servidumbre 2 metros mas arriba porque me perjudica menos. puedo hacerlo? que pasos tengo que seguir? mi vecino ademas quiere qeu haga el camino nuevo hasta su cortijo no hasta mi limite , puede exigimelo?
26/01/2011 14:28
Si que deberías de poder, ya que puedes a tenor del Artículo 545. del Código Civil que dispone:

El dueño del predio sirviente no podrá menoscabar de modo alguno el uso de la servidumbre constituida.

Sin embargo, si por razón del lugar asignado primitivamente, o de la forma establecida para el uso de la servidumbre, llegara ésta a ser muy incómoda al dueño del predio sirviente, o le privase de hacer en él obras, reparos o mejoras importantes, podrá variarse a su costa, siempre que ofrezca otro lugar o forma igualmente cómodos, y de suerte que no resulte perjuicio alguno al dueño del predio dominante o a los que tengan derecho al uso de la servidumbre.

Hablaló con tu vecino y no creo que le importe.
Un saludo!
27/01/2011 09:19
gracias por tu respuesta

Pero en cuanto a los gasto yo debo correr con los que llegan hasta mi limite y el vecino con los suyos no?
es decir, yo tengo que hacer un nuevo paso por mi finca y permitir que el vecino lo siga utilizando. ahora bien, el vecino quiere que yo en su finca le construya tambien un nuevo camino que enlace con el nuevo que yo le ofrezco ¿puede exigirmelo?
gracias una vez mas
27/01/2011 12:31
Yo te diría que sí que puede exigírtelo ya que le estás privando del camino original y a tenor del mencionado artículo le debes proporcionar otro camino igualmente cómodo a tu costa ya que sino le estarías causando un perjuicio en el derecho que el legalmente posee.
Háblalo con él y intenta pactar que pague al menos la mitad de su camino de manera amistosa, y si no quiere y decides trasladar la servidumbre tendrás que hacerlo a tu costa.
Pero repito que lo mejor es que le expongas que para ti es un coste excesivo y que le agradecerías su colaboración. ¡Quien sabe!, a lo mejor acepta.
saludos!!
28/01/2011 18:41
Yo no veo tan claro, a tenor del sentido literal, eso de que haya que hacerle el camino.
La servidumbre de paso es de un predio a otro. De una finca a otra. Si el vecino quiere ir hasta el cortijo que hay dentro de la finca es su problema. La servidumbre sólo ha de llevar hasta la finca dominante, hasta el límite, pero no se especifica nunca dónde... buen, sí, donde menos moleste al predio sirviente.
Así que si el camino le lleva hasta el lindero de su finca, aquí paz y después gloria.
29/09/2011 17:46
Hola , tengo un problema con un huerto por el tema de servidumbre de paso .Dicho huerto fue partido por sorteo quedando la parte delantera con acceso a una calle (mi parte ) y la trasera sin acceso (parte de mi hermana ) .En el sorteo se escribió (escritura firmada por los dos , pero sin notario ) la distancia correspondiente a cada parte del huerto y la distancia que se tenia que dejar para paso de servidumbre de 2,50m ( dos metros y medio ).Ahora mi hermana dice que el paso de servidumbre es de los dos y que los arboles que tengo en medio de dicha entrada( o paso ) los tengo que cortar ...mi pregunta es la siguiente ...Me pueden hacer cortar los arboles Frutales que tengo dentro de esos 2,50m ??? El paso de servidumbre es de los dos ??? Pueden mi hermana modificar algo del paso ????El paso esta al lado de una valla de piedra y el unico obstaculo es un peral y un nogal que estaran como a 2 metros de la valla .La puedo decir que aunque lo escrito y firmado eran de 2,50 m , ella puede acceder perfectamente a su propiedad y no son necesarios los 2,50 metros al no tratarse de una vivienda ????.Gracias
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Servidumbre de paso
24/01/2011 13:51
tengo una finca y tiene una servidumbre de paso escriturada. quiero transladar la servidumbre 2 metros mas arriba porque me perjudica menos. puedo hacerlo? que pasos tengo que seguir? mi vecino ademas quiere qeu haga el camino nuevo hasta su cortijo no hasta mi limite , puede exigimelo?
26/01/2011 14:28
Si que deberías de poder, ya que puedes a tenor del Artículo 545. del Código Civil que dispone:

El dueño del predio sirviente no podrá menoscabar de modo alguno el uso de la servidumbre constituida.

Sin embargo, si por razón del lugar asignado primitivamente, o de la forma establecida para el uso de la servidumbre, llegara ésta a ser muy incómoda al dueño del predio sirviente, o le privase de hacer en él obras, reparos o mejoras importantes, podrá variarse a su costa, siempre que ofrezca otro lugar o forma igualmente cómodos, y de suerte que no resulte perjuicio alguno al dueño del predio dominante o a los que tengan derecho al uso de la servidumbre.

Hablaló con tu vecino y no creo que le importe.
Un saludo!
27/01/2011 09:19
gracias por tu respuesta

Pero en cuanto a los gasto yo debo correr con los que llegan hasta mi limite y el vecino con los suyos no?
es decir, yo tengo que hacer un nuevo paso por mi finca y permitir que el vecino lo siga utilizando. ahora bien, el vecino quiere que yo en su finca le construya tambien un nuevo camino que enlace con el nuevo que yo le ofrezco ¿puede exigirmelo?
gracias una vez mas
27/01/2011 12:31
Yo te diría que sí que puede exigírtelo ya que le estás privando del camino original y a tenor del mencionado artículo le debes proporcionar otro camino igualmente cómodo a tu costa ya que sino le estarías causando un perjuicio en el derecho que el legalmente posee.
Háblalo con él y intenta pactar que pague al menos la mitad de su camino de manera amistosa, y si no quiere y decides trasladar la servidumbre tendrás que hacerlo a tu costa.
Pero repito que lo mejor es que le expongas que para ti es un coste excesivo y que le agradecerías su colaboración. ¡Quien sabe!, a lo mejor acepta.
saludos!!
28/01/2011 18:41
Yo no veo tan claro, a tenor del sentido literal, eso de que haya que hacerle el camino.
La servidumbre de paso es de un predio a otro. De una finca a otra. Si el vecino quiere ir hasta el cortijo que hay dentro de la finca es su problema. La servidumbre sólo ha de llevar hasta la finca dominante, hasta el límite, pero no se especifica nunca dónde... buen, sí, donde menos moleste al predio sirviente.
Así que si el camino le lleva hasta el lindero de su finca, aquí paz y después gloria.
29/09/2011 17:46
Hola , tengo un problema con un huerto por el tema de servidumbre de paso .Dicho huerto fue partido por sorteo quedando la parte delantera con acceso a una calle (mi parte ) y la trasera sin acceso (parte de mi hermana ) .En el sorteo se escribió (escritura firmada por los dos , pero sin notario ) la distancia correspondiente a cada parte del huerto y la distancia que se tenia que dejar para paso de servidumbre de 2,50m ( dos metros y medio ).Ahora mi hermana dice que el paso de servidumbre es de los dos y que los arboles que tengo en medio de dicha entrada( o paso ) los tengo que cortar ...mi pregunta es la siguiente ...Me pueden hacer cortar los arboles Frutales que tengo dentro de esos 2,50m ??? El paso de servidumbre es de los dos ??? Pueden mi hermana modificar algo del paso ????El paso esta al lado de una valla de piedra y el unico obstaculo es un peral y un nogal que estaran como a 2 metros de la valla .La puedo decir que aunque lo escrito y firmado eran de 2,50 m , ella puede acceder perfectamente a su propiedad y no son necesarios los 2,50 metros al no tratarse de una vivienda ????.Gracias