A ver, una vez agotados los 18 meses, tienen tres meses para examinarte, con los mismos efectos económicos en pago directo y sin obligación de cotizar, pero lo que digo, si ven que puedes mejorar pues pueden demorar la calificación de incapacidad, pero con el límite de hasta 24 meses en total, desde la baja hasta la calificación no pueden pasar más de 24 meses.
Si te deniegan la incapacidad permanente y te consideran apta para trabajar, debes reincorporarte a tu puesto de trabajo, en caso de no hacerlo se entenderá que has dimitido del mismo o podrán despedirte por faltas de asistencia, otra cosa es que aun negandote la incapcidad consideren que no estás apta para trabajar y amplien la duración de la it en previsión de una posible mejora, en cuyo caso tu contrato seguirá suspendido.
Llevo varios meses de baja laboral y estoy a la espera de pasar por el tribunal médico. Temo que no me concedan la incapacidad permanente, porque verdaderamente no puedo ir a trabajar. ¿Que pasaría en este caso? Es decir, si no me conceden la incapacidad permanente y no acudo al trabajo, ya sé que no me pagarán, pero ¿en que situación quedaría? ¿La empresa (bueno en este caso soy funcionaria) me reserva el puesto de trabajo? ¿Por cuanto tiempo? ¿Seguiría de alta en la empresa?¿ La empresa puede despedirme sin más?
Como véis soy un mar de dudas, agradecería mucho cualquier aclaración que pudieseis ofrecerme.