Evidentemente alguien no está haciendo bien su trabajo. La nómina se embarga, da igual si no llega al SMI o las horas que eche, siempre y cuando la deuda sea por pensión de alimentos. Solicita el embargo de cuentas, salarios y devoluciones de AEAT
Buenas tardes: Ya va para tres años que mi ex dejó de pasar la pensión de alimentos a mi hijo mayor, por trabajar 20 h. semanales, y además seguir estudiando. Mi abogada, de oficio y con pocas ganas, solicitó la ejecución de sentencia, el caso es que desde entonces se han pedido dos averiguaciones de bienes y, a día de hoy no hay ningún embargo ejecutado. Mi abogada se limita a decir que todo sigue su curso, la procuradora ni me coge el teléfono ni me contesta a los whatssap y mientras mi hijo esperando la pensión que un juez dictaminó a su favor y que su padre decidió, por su cuenta y riesgo, dejar de pagar. Mi ex está trabajando pero, como se cree más listo que nadie, está con contrato a media jornada, aunque trabaja más de 40H semanales ¿Es posible que, a pesar de que en el único caso en que se puede embargar el 100% de la nómina es el impago de alimentos, al ser media jornada no pueda ser embargado su salario? Algún consejo sobre como debo proceder