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Sin papeles pueden empadronarse en españa?

2 Comentarios
 
Sin papeles pueden empadronarse en españa?
20/11/2016 19:16
Hola mi novia es una chica sin papeles pero vivimos juntos y pronto vamos a casarnos solo que aun nos faltan consignar algunos papeles para pedir la cita, el hecho es que tuvo un percance en policia y le pidieron documentación y ella solo tenia su pasaporte y claro se dieron cuenta que tenia mas tiempo aqui del permitido, y le preguntaron si estaba empadronada y ella a dicho que si, el tema es que le pidieron desempadronarse y yo tengo que llevar un certificado de convivencia de mi casa donde ella no aparezca. Ellos tiene derecho a pedirme que desempadrone a mi mujer de mi casa?? y segundo... no la puedo desempadronar porque para casarnos ella tiene que estar empadronada. Por favor si puedieran orientarme un poco acerca de los derechos de mi chica y mis derechos como propietario de mi vivienda. tengo entendido que cualquier persona fisica puede estar empadronda con DNI, NIE y en su defecto pasaporte.
24/11/2016 17:07
Gonza16
Gonzalo te puedo ayudar pero necesito saber si tu le hiciste carta de invitacion a ella y cual fue el periodo de vigencia de dicho visado y de entrada en españa.
un saludo
25/11/2016 00:50
Gonza16
Hola:

Cualquier persona que viva en España, española o extranjera y en este último caso, independientemente de su situación jurídica-administrativa en España, está obligada a inscribirse en el Padrón Municipal de Habitantes del Ayuntamiento del municipio donde esté viviendo. Es una obligación impuesta por la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local, su finalidad principal es estadística-demográfica y no prejuzga la situación jurídica-administrativa de los extranjeros en España.

Sólo si el empadronamiento ha tenido una finalidad fraudulenta o se ha realizado mediante precio a favor de personas extranjeras que, realmente, no viven en la vivienda, es constitutivo de infracción administrativa. También el tener empadronadas más personas de las que razonablemente es capaz de acoger la vivienda ( y esto, independientemente de la nacionalidad de las personas).

Puede alegar que está tramitando expediente previo matrimonial en el Registro Civil, recordando que para contraer matrimonio en España, el hecho de ser extranjero y hallarse en situación irregular no constituye impedimento, al tiempo que, está en juego el derecho fundamental de las personas a contraer matrimonio, que debe en todo caso ser respetado.

Pueden contraer matrimonio civil en España las personas de nacionalidad española y las personas extranjeras que estén domiciliadas en España (y aquí, por domiciliadas hay que entender, como define el Código Civil el domicilio en tanto que atributo de la personalidad, personas que tengan su residencia habitual en España, independientemente de su situación jurídica-administrativa en relación con la normativa de Extranjería). Se puede ser español, pero estar domiciliado fuera de España y asimismo, se puede ser extranjero y hallarse en situación irregular, pero estar, en cambio, domiciliado en España, ya que, independientemente de la situación migratoria de la persona, su centro de vida e intereses los tiene en España.

Un cordial saludo.