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Sindical

7 Comentarios
 
Sindical
14/07/2005 12:08
Hola a todos tengo una Empresa donde no hay representación sindical , pero nos ha llamado un Sindicato minoritario , me dicen que van a realizar unas elecciones a nivel regional y quieren darle una charla a nuestros empleados para que voten , etc...
*** Quiero dejar claro que no nos oponemos a que haya Sindicato en la Empresa , el no haberlo es porque la Empresa es muy joven.

MI DUDA: Tengo obligación de permitir que dicha reunión se realice en mis instalaciones aunque sea fuera del horario de trabajo ?????

Gracias
14/07/2005 12:52
Según el art. 9. c) de la Ley Orgánica de Libertad Sindical, quienes ostenten cargos electivos a nivel provincial, autonómico o estatal, en las organizaciones sindicales más representativas, tendrán derecho a la asistencia y el acceso a los centros de trabajo para participar en actividades propias de su sindicato o del conjunto de los trabajadores, previa comunicación al empresario, y sin que el ejercicio de este derecho pueda interrumpir el desarrollo normal del proceso productivo.

En mi opinión, puedes dejarlos que entren a dar una charla, pero en realidad sólo los sindicatos más representativos son los que pueden hacerlo. Con lo cual no existe la obligación.

Para promover elecciones sindicales al tratarse de una nueva unidad electoral es necesario que la empresa lleve seis de actividad.

Cuando se preavisen las elecciones podrán salir candidatos por los sindicatos que deseen los trabajadores. Lo que se pretende es adelantarse en la busqueda de candidatos para ganar terreno en la competencia sindical.

Saludos.
15/07/2005 07:30
Para comenzar con buen pie en el mundo del proceso productivo de PIB de este país es recomendable transigir ante ese tipo de cosa, de lo contrario se muestra una cierta inseguridad y reticencia a que en la empresa se realicen actividades de corte democrático.
Y si les pones unos botellines de agua y algún tentempié, mejor que mejor.
15/07/2005 13:53
Artículo 96. Infracciones muy graves.
6. La vulneración del derecho de asistencia y acceso a los centros de trabajo, en los términos establecidos por el artículo 9.1, c), de la Ley Orgánica de Libertad Sindical, de quienes ostenten cargos electivos a nivel provincial, autonómico o estatal, en las organizaciones sindicales más representativas.

En España los unicos sindicatos con representacion mayoritaria son CCOO y UGT. Aun asi un espritu democratico como el tuyo va a permitir esas elecciones para que tus trabajadores tengan un comite o delegados que les ayuden y representen. verdad?
15/07/2005 17:27
Hola.

En España no lo se, pero en Galicia, CC.OO. y U.G.T. son minoritarios frente al sindicato nacionalista C.I.G. Que en determinados sectores y en la Administracion Pública, apabulla a los antes citados. Para que te hagas una idea, en 1º de mayo la manifestacion conjunta de estos sindicatos no llegó a la mitad de la de la C.I.G.


Saludos.

18/07/2005 10:02
Hola:
Las organizaciones sindicales más representativas a nivel del Estado Español son CC.OO. y UGT.

Por comunidades autónomas también, con la excepción de Euskadi que son ELA-STV y LAB y en Galicia CIGA.

Saludos.
18/07/2005 14:44
Ninfa....

En España no lo se, pero en Galicia....

uoh!!!! mal asunto
18/07/2005 19:46
Según la Ley Organica de Libertad Sindical 11/85 puede haber varios tipos de representatividad:
1- Sindicatos representativos a nivel nacional en todos los sectores UGT y CCOO.
2- Sindicatos que tengan un 15% de representatividad a nivel Regional: por ahora sólo ELA-STV (en Pais Vasco) y CIGA (en Galicia)
3- sindicatos que estén implantados a nivel nacional y que tengan al menos un 10% de representatividad en algunas regiones: USO
4- Sindicatos que tengan representatividad por determinados sectores: FETICO en Comercio o CGT en Correos, USO en Enseñanza privada.
Si el sindicato que quiere convocar la asamblea está en alguno de estos casos, no podrás impedir su celebración, si es que no quieres incurrir en un delito penal de atentado a la Libertad Sindical.
Mi consejo es que o bien le dejes celebrar la reunión, o si no consultes con la Delegación de empleo de tu provincia acerca de la representatividad de esa central sindical.
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14/07/2005 12:08
Hola a todos tengo una Empresa donde no hay representación sindical , pero nos ha llamado un Sindicato minoritario , me dicen que van a realizar unas elecciones a nivel regional y quieren darle una charla a nuestros empleados para que voten , etc...
*** Quiero dejar claro que no nos oponemos a que haya Sindicato en la Empresa , el no haberlo es porque la Empresa es muy joven.

MI DUDA: Tengo obligación de permitir que dicha reunión se realice en mis instalaciones aunque sea fuera del horario de trabajo ?????

Gracias
14/07/2005 12:52
Según el art. 9. c) de la Ley Orgánica de Libertad Sindical, quienes ostenten cargos electivos a nivel provincial, autonómico o estatal, en las organizaciones sindicales más representativas, tendrán derecho a la asistencia y el acceso a los centros de trabajo para participar en actividades propias de su sindicato o del conjunto de los trabajadores, previa comunicación al empresario, y sin que el ejercicio de este derecho pueda interrumpir el desarrollo normal del proceso productivo.

En mi opinión, puedes dejarlos que entren a dar una charla, pero en realidad sólo los sindicatos más representativos son los que pueden hacerlo. Con lo cual no existe la obligación.

Para promover elecciones sindicales al tratarse de una nueva unidad electoral es necesario que la empresa lleve seis de actividad.

Cuando se preavisen las elecciones podrán salir candidatos por los sindicatos que deseen los trabajadores. Lo que se pretende es adelantarse en la busqueda de candidatos para ganar terreno en la competencia sindical.

Saludos.
15/07/2005 07:30
Para comenzar con buen pie en el mundo del proceso productivo de PIB de este país es recomendable transigir ante ese tipo de cosa, de lo contrario se muestra una cierta inseguridad y reticencia a que en la empresa se realicen actividades de corte democrático.
Y si les pones unos botellines de agua y algún tentempié, mejor que mejor.
15/07/2005 13:53
Artículo 96. Infracciones muy graves.
6. La vulneración del derecho de asistencia y acceso a los centros de trabajo, en los términos establecidos por el artículo 9.1, c), de la Ley Orgánica de Libertad Sindical, de quienes ostenten cargos electivos a nivel provincial, autonómico o estatal, en las organizaciones sindicales más representativas.

En España los unicos sindicatos con representacion mayoritaria son CCOO y UGT. Aun asi un espritu democratico como el tuyo va a permitir esas elecciones para que tus trabajadores tengan un comite o delegados que les ayuden y representen. verdad?
15/07/2005 17:27
Hola.

En España no lo se, pero en Galicia, CC.OO. y U.G.T. son minoritarios frente al sindicato nacionalista C.I.G. Que en determinados sectores y en la Administracion Pública, apabulla a los antes citados. Para que te hagas una idea, en 1º de mayo la manifestacion conjunta de estos sindicatos no llegó a la mitad de la de la C.I.G.


Saludos.

18/07/2005 10:02
Hola:
Las organizaciones sindicales más representativas a nivel del Estado Español son CC.OO. y UGT.

Por comunidades autónomas también, con la excepción de Euskadi que son ELA-STV y LAB y en Galicia CIGA.

Saludos.
18/07/2005 14:44
Ninfa....

En España no lo se, pero en Galicia....

uoh!!!! mal asunto
18/07/2005 19:46
Según la Ley Organica de Libertad Sindical 11/85 puede haber varios tipos de representatividad:
1- Sindicatos representativos a nivel nacional en todos los sectores UGT y CCOO.
2- Sindicatos que tengan un 15% de representatividad a nivel Regional: por ahora sólo ELA-STV (en Pais Vasco) y CIGA (en Galicia)
3- sindicatos que estén implantados a nivel nacional y que tengan al menos un 10% de representatividad en algunas regiones: USO
4- Sindicatos que tengan representatividad por determinados sectores: FETICO en Comercio o CGT en Correos, USO en Enseñanza privada.
Si el sindicato que quiere convocar la asamblea está en alguno de estos casos, no podrás impedir su celebración, si es que no quieres incurrir en un delito penal de atentado a la Libertad Sindical.
Mi consejo es que o bien le dejes celebrar la reunión, o si no consultes con la Delegación de empleo de tu provincia acerca de la representatividad de esa central sindical.