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Sobre herencia

9 Comentarios
 
Sobre herencia
29/01/2011 11:49
Mi padre ha fallecido hace un mes y deja el testamento de la siguiente manera, en Galicia, en el 2006:
A su esposa el uso y disfrute de la totalidad de los bienes del testador.
A su hijo 1/4 de sus bienes en pago de sus derechos hereditarios Y EL USUFRUCTO DE TODO MIENTRAS VIVA.
A su hija la instituye heredera de las 3/4 partes de sus bienes.
Pero dice que la partición deben hacerla los hijos al fallecimiento del testador y su esposa Y, ESPECIFICA DE QUÉ FORMA ( que fincas para cada uno y la casa para la hija) Y PONE QUE LA HIJA DEBE RESPETAR EL USUFRUCTO DEL HERMANO MIENTRAS ÉSTE VIVA.
Pues bien, yo soy la hija. Entiendo que de momento es mi madre usufructuaria y no hay problema, pero... cuando falte mi madre pasa a ser usofructuario mi hermano: ¿significa esto que ,si le da por ser malo, yo no puedo entrar en la casa familiar ni decidir nada sobre las fincas mientras él viva?
¿Se puede hacer la partición ahora o de ninguna manera?
MUCHÍSIMAS GRACIAS A QUIEN PUEDA DARME UNA RESPUESTA CLARA Y CONCISA.
UN SALUDO AL FORO
29/01/2011 12:17
Estimada metal; por lo que expone, algunas cosas no las tengo claras. En primer lugar, ¿sus padres estaban en régimen de gananciales? si es así, en primer lugar, estamos hablando de la herencia de su padre que es el 50% de esos gananciales porque el otro 50% es de su madre y todavia vive. Bien, centrandonos en la herencia de su padre, es decir el 50% de él (su padre), su madre tiene el usufructo vitalicio sobre la herencia de ustes. Su hermano 1/4 y usted 3/4. Mi duda para poder seguir explicandole las cosas con mas certeza es ¿su hermano tiene el usufructo de toda la herencia de su padre en el momento que fallezca su madre?, esto no me cuadra porque cuando fallezca su madre, se extingue el usufructo que el ha dispuesto y su padre no puede disponer de la parte de su madre. Seguimos hablando. Un saludo
29/01/2011 12:45
Si, mis padres estaban casados en régimen de gananciales, pero la cas del pueblo con sus 30 hectáreas de terreno, que es sobre lo que consulto, eran privativas de mi padre, las heredó de los suyos.
mi madre tiene su parte de cuando ella y mi padre compraron las herencias de los dos hermanos de mi padre (entiendo que ella contribuyó al 50% en las dos herencias que compraron a mis tíos, por tanto tendría en esa propiedad, incluído en la casa, 1/4 parte indivisa).
Además hay un piso que compró mi padre para su sociedad de gananciales con mi madre, pero su mitad me la deja a mi y en el piso mi hermano no tiene usufructo. El usufructo de mi hermano es en la casa del pueblo y en todas las fincas, menos una que me la deja libre de usufructo , mi hermano pasa a ser usufructuario una vez fallezca nuestra madre y se extinga el usufructo de ella.
Muchas gracias por la prontitud y la seriedad Nazarena. Saludos
29/01/2011 13:01
Estimada metal, a salvo algún error por falta de documentación o de entendimiento por mi parte, está claro que la última voluntad de su padre es sobre sus bienes privativos (la casa del pueblo con sus hecatáreas) tendrá un usufructo a favor de su madre mientras viva y después pasara dicho usufructo a favor de su hermano. Usted tendrá mientras viva su hermano la nuda propiedad de la parte de la casa hasta alcanzar los 3/4 que le deja en herencia y el pleno dominio del piso. La voluntad del testador ha de respetarse, no puede hacer nada, salvo negociar el usufructo con su hermano ya que le mismo es negociable económicamente. Podemos seguir aclarando cosas, si algo se ha escapado. Saludos.
29/01/2011 13:21
Entonces si mi hermano considera, una vez fallecida mi madre, que yo no pongo un pie en la casa y su terreno (ni de visita) , mientras él viva ( y vive en esa casa, hoy con su mujer y mi madre) ¿No me queda más remedio que "achantar" aunque sea la dueña de 3/4 partes?
Espero su respuesta, gracias y feliz fin de semana
29/01/2011 13:34
Estimada metal: ususfructo significa disfrutar de los bienes ajenos. Su hermano tiene la obligación de de conservar aquello que no es suyo. No puede enajenar ni vender. El tiene la posesión aunque no sea dueño de la totalidad ya que usted tiene 3/4, pero lamentablemete usted no podrá gozar de lo suyo porque tiene el derecho de usufructo. Su beneficio será futuro, así es. Le aconsejo que hable con su hermano que llegue a un acuerdo económico cuando proceda. Su padre así lo ha dispuesto. Saludos.
29/01/2011 13:57
Con mi hermano ya hablé, él dice que no quiere negociar nada, que tiene todo muy claro, que él quedó como en una situación de alquiler, pero sin pagar renta. Por cierto ¿ Quién paga la contribución?
él dice que en un futuro próximo cierra la casa y se va, actualmente vive de la granja que trabaja allí.
Igualmente si se va, yo no puedo entrar, disponer y gozar de lo mío, mientras él viva y lo que me da pena es no poder restaurar la casa y que se caiga del tiempo y del abandono, yo nací allí y le quiero a aquello.
Muchas gracias, de verdad y saludos.
29/01/2011 14:18
Si, es una pena porque veo que para usted es más importante aquella casa por lo que fue que para él. Solo le queda convencerle poco a poco y con pacienca, además si no usa la casa, podría dejar que usted la restaure y vaya a alli de vez en cuando. Metal, cualquier duda, si quiere mandeme correo a na_maria_ibamar@hotmail.com, yo estoy en Valencia pero no tengo inconveniente en ayudarla en la medida de mis posibilidades, aunque esto pasa por un acuerdo entre ustedes y ahora que todavía vive su madre, ella podría mediar. Un abrazo.
29/01/2011 14:55
Gracias por todo, lo tengo difícil pues los gallegos somos muy buena gente pero un poco testarudos. Bueno, mi hermano no tiene hijos, yo tengo uno, creo que mi padre en sus deseos estaba incluyendo a su nieto, así que tendré que seguir soñando con que algún día mi hijo haga en aquuella casa lo que mi hermano no quiere y yo no puedo.
Saludos, seguro que en alguna ocasión intento contactar con usted.
Muchísimas gracias.
29/01/2011 15:03
Al decirme que tiene un hijo, comprendo la equidad que buscaba su padre para todos. Tenga paciencia que el tiempo pone, amen del del Derecho, todas las cosas en su sitio. Su hermano deberá conservar aquello que tiene en usufructo tal como la ley contempla (es otra cuestión), por eso, cualquier duda sobre el mismo no dude con comunicarmelo. Disfrute de su madre, ahora que todavia está aqui con usted y vigile su nuda propiedad que en un futuro, lejano o cercano, será para usted el pleno dominio que le corresponde. Un abrazo, metal.