Nosotros ya estuvimos buscando esa sentencia hace tiempo, porque me hacía falta, pero creo (estoy de acuerdo con lo güisqui) que la doctrina general es no apreciar la aplicación de esa rebaja del tercio en los procedimientos abreviados con conformidad, porque se entiende que es una especialidad (como bien se ha dicho antes, privilegio) de ciertos procedimientos penales.
Por tanto, creo que no, aunque por pedir ...
Nos ha llegado hoy la estupenda invitación junto con un precioso código penal comentado. Si quieres, luego te traemos algo de las américas; un detallito, como se suele decir. :)
La frase esa de: "en un país, donde se matan a doscientas personas y hay mil quinientos muertos y mutilados, y no hace nada, no es un país, es una piara, con perdón de los cerdos", es para morirse. Le he comprado su libro (la ciudad que fue Barcelona). A ver si tengo tiempo y lo ojeo. Y ya cuando empieza con lo de la "banda de la porra" me muero.
Ya ves, tú. La buena marcha del foro ... No sabe ni dónde se regula la presunción de inocencia y viene a un foro de penal a estorbar e interrumpir. Parece una berruga pegada a la chepa de Maica. A mí, en cualquier caso, lo que más me preocupa de este asunto es que lo suyo es totalmente crónico. O sea, no tiene otra cosa que hacer en la vida, otra motivación. Andar detrás de Maica, y si te das cuenta, lo que al tío más le joroba es su trabajo, es cuanto menos curioso. Es una desviación la del tío este, que se pasa de anormal. Si te cuento una cosa que viví hace poco ... un comentario que hizo el tío hace poco ... yo me quedé anonanado, lo flipé. Es patético, de verdad.
Bueno, yo creo que al final lo de la conformidad va a ser que no, eh. Habría que buscarlo despacio. Pero yo he tirado del Aranzadi, que es bastante potente, y no he encontrado nada. No digo que la sentencia no exista, sino que yo simplemente no la he encontrado.
Yo también lo he leído varias veces en el foro. Pero, según la consulta que hice en bases de datos, se reconoce como un privilegio ("conformidad privilegiada") de ciertos procedimientos y que no es extrapolable a la conformidad en procedimiento abreviado.
Lo mejor es cuando ha dicho que se preocupa por la buena marcha del foro. Asombroso. Este tío, bebe.
Por cierto, hablando de temas más interesantes. Hace poco os escuché conversar que existía una sentencia que permitía, por aplicación del artículo 21.6 del CP, rebajar la pena en un tercio en caso de conformidad en los procedimientos abreviados.
¿La llegásteis a localizar? Me interesa para un juicio. Gracias.
Déjalo ya. Lo mejor que se puede hacer con un personaje así es pasar de él y dejarlo envejecer. Dice que él no es quién pensamos ... y ... en quién pensamos? Acusación no pedida, explicación manifiesta. En fan ....
Talante ¿ a q viene sacar a relucir algo que no es de aquí?
La pregunta de Eagle, es razonable, ¿no tiene Maica derecho a quejarse de los jueces?
q hay de malo en ello?
Yo he leído por aki quejas de vuestros clientes y nadie se desmelenó por ello.
Si hasta a los procuradores los poneis a caldo, hombre!.
Estais consiguiendo entre todos que cualquier parecido de este foro con un foro de Derecho sea mera coincidencia, mientras quedan por ahí consultas jurídicas sin respuestas.
Desde el Granja Hotel queremos comunicarles a nuestros apreciados clientes que toman su cafelito a las doce en punto, como señores y señoras de a bien:
Que el abogado tiene realmente una tarea a veces bastante compleja, dificil y ardua, y que todos nos solidarizamos con esta profesion, que se esta reestructurando y buscando su lugar.
Desde la oscuridad te decimos: buscate otro lugar y en la Granja Hotel, por supuesto, eres persona non grata.
En cuanto a la jurisprudencia que leo aqui sobre la presuncion de inocencia, me la apunto, que me puede hacer falta. Es una presuncion que va a misa, segun la cual todo el mundo es inocente mientras no se demuestre lo contrario, y si no hay pruebas contra una persona concreta, pruebas de cargo, se manda absolver al acusado, imputado, procesado o donde quiera que se localice la fase del procedimiento penal en cuestion.