Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Sobre silencio administrativo

2 Comentarios
 
Sobre silencio administrativo
18/02/2009 10:57
Buenos días,

el caso es el siguiente:

Una instancia (solicitud), fundada en Derecho, donde se solicita que se reconozca un derecho a un funcionario.

Transcurrido el período de 3 meses el órgano no contesta (y sabemos que no contestará).

¿Es silencio positivo o negativo?
Yo pensaba que era negativo, pero buscando los casos en el art. 43 de la Ley 30/1992 no encuentro que ese caso sea silencio negativo, ya que no es ninguno de los siguientes en los que la ley dice que se considera silencio negativo:

- Que una norma con rango de Ley o norma de Derecho Comunitario Europeo establezca lo contrario.
- Procedimientos de ejercicio del derecho de petición.
- Aquellos cuya estimación tuviera como consecuencia que se transfirieran al solicitante o a terceros facultades relativas al dominio público o al servicio público.
- Procedimientos de impugnación de actos y disposiciones.


Existe órgano superior, con lo cual podríamos interponer recurso de alzada, pero aún no lo hemos hecho.
18/02/2009 12:59
Buenas...

http://www.fundacionepj.org/pdf/Actasilencio.pdf

Un saludo
18/02/2009 16:26
caletilla, lo has clavado, incluso el tribunal es el mismo al que me tengo que dirigir.

Mil millones de gracias.