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Sociedad de por medio

13 Comentarios
 
Sociedad de por medio
22/11/2005 11:36
La cuestión es la siguiente:

Se realiza una compra de un piso destinado a oficinas (estando el matrimonio en gananciales, pero se escritura a nombre de una sociedad limitada unipersonal, o sea “S.L.U”, siendo el único socio y accionista el marido, la mujer solo aparece como avalista en el préstamo hipotecario.
También se realiza compra de un coche de uso familiar a nombre de dicha sociedad así como mobiliario.
La sociedad fue constituida antes del matrimonio, entendiendo que la sociedad en si es privativa (capital social).
Pero mi pregunta es: La compra del inmueble y demás adquisiciones realizadas durante el matrimonio como se consideran ganancial o privativo??. Moralmente es ganancial puesto que se ha estado pagando de los ingresos del matrimonio en conjunto, figurando traspaso de nuestras ctas. Personales a la cta. Bancaria de la sociedad para hacer frente al préstamo.
Pero lo que quiero saber es legalmente como se consideraría, o que tratamiento legal tiene.. Por que me he encontrando con opiniones encontrados.
En cuanto a los beneficios de la sociedad durante el matrimonio. Se consideran gananciales??
Al poco tiempo de separacion el exmarido procede a la venta del piso sin conocimiento de la esposa.

Agradecería mucho un poco de luz en esta cuestión, y las opiniones expertas de: JL, Ferro , Didache y cualquier forero que me pueda ayudar, dando las gracias anticipadas a vuestras respuestas. Saludos.
22/11/2005 12:59
La apariencia legal es que lo adquirido por una sociedad es de la sociedad, personalidad propia distinta de las personas fisicas.
El conyuge no propietario debera demostrar o inducir al tribunal a que declare que es una ficcion y que de sociedad solo tenia la "apariencia" pero que realmente y de facto eran aduisiciones normales etc que conforman la sociedad de gananciales. Entre los hechos descritos esta el aval, las transferencias el uso del coche etc, asi como el hecho del que al ser unipersonal es la mera voluntad del conyuge propietario quien conformaban la voluntad de la sociedad; pero sera suya la carga de la prueba para que se declare asi.
El titular de la sociedad defendera la legalidad. Que si ha habido un aval ha sido en el normal apoyo entre conyuges y no como participe del interes economico pues tal hubiera requerido de la disolkucion o transformacion almenos de dicha sociedad para que entrara en ella el otro conyuge y que pocas expresion mas clara de querer mantener fuera de la sociedad de gananciales esa actividad economica que el mantenimiento de esta con pleno consentimiento del conyuge no propietario ( la propia firma del avala asi pareciera poder interpretarse)
Una vez mas el tribunal debera indagar la realidad mas plausible
22/11/2005 14:05

Aquí parece darse el refrán ese que dice: Lo mío es mío y lo tuyo también.
Remontándome a la sentencia definitiva, recuerdo que el Juez de Familia ordeno levantamiento jurídico de la sociedad en cuestión y dijo que la sociedad era meramente instrumental que usaba a su antojo según le convenía (por ejemplo gtos. personales domiciliados por la cta. sociedad), Es esto relevante??.
En cuanto a los beneficios de la sociedad durante el matrimonio. Se consideran gananciales??
Que opinas Ferro??.
Agradecería tb respuesta de los demás.
Es espera de vuestras noticias, saludos

22/11/2005 16:23
Hola Separada29. La sentencia a mi entender es correcta puesto que se considera probado que la funcion de la misma no es la puramente empresarial, sino la de otros fines.
Yo opino con mis limitaciones sobre la materia, que la compra del mobiliario con capital del matrimonio se tendrá que ser probado en ese sentido. Las aportaciones personales dinerarias a la SLU tienen la consideracion de prestamo por lo cual queda reflejado en la contabilidad de la misma esas aportaciones y que la Sociedad tiene que devolver ese dinero al socio prestamisma con los intereses pertienentes como asi debera quedar reflejado en las cuentas anuales y por consiguiente en el impuesto de sociedades. Pero pueden establecerse argucias para hacer desaparecer esa aportación a la empresa con unos efectivos ficticios que por ejemplo salgan de caja saldando la cuenta con el socio. En cuanto a los beneficios son unicos y exclusivos de la sociedad y habra que remitirse a quienes conforman la titularidad de las participaciones de la mencionada sociedad. Por lo tanto no estimo que sean gananciales del matrimonio.
Diferente es que por via judicial se desmonte la empresa por entender que la finalidad de la misma no era la que figura en la propia escritura, es decir, una tapadera para entendernos. Será el juez el que analice todos los pormenores y con las pruebas aportadas por las partes el que podrá adjudicar a cada uno lo que reclame si asi lo entendiere.
Y ahora una consideracion personal que nadie me ha pedido y es ¿cómo se puede caer en trampas tan flagrantes?. No justifico al que orquestó, llamemosle la trama pero es que la otra parte debería haberse percatado de que se estaban produciendo al menos unos hechos "raros". Y ante la duda, pedir informacion.
Saludos Separada29.
22/11/2005 19:09
entiendo que las posibilidades de que la sociedad pueda ser usada contra los interes del conyuge no participante son escasas.
Pero hay que sustentarlo y GANARLO
23/11/2005 10:55
Efectivamente Didache andas atinadisimo, cuando dices:
Pero pueden establecerse argucias para hacer desaparecer esa aportación a la empresa con unos efectivos ficticios que por ejemplo salgan de caja saldando la cuenta con el socio.
Acepto tús consideraciones personales, y comprenderas que no es el el sitio adecuado para entrar en detalles, como podras imaginarte es una historia muy larga que no viene al caso contar. Y que ni me apetece recordar.
Y las palabras orquestar, maquinar, argucias contables, aparecen en la sentencia.
Por cierto me acabas de quitar 10 años, graaacias.

A Ferro:
Pero hay que sustentarlo y GANARLO.
En la propia sentencia entiendo que esta sustentado con las consideraciones que hace el propio Juez. Lo de ganarlo se me escapa bastante, como me dijo en una ocasión un abogado:
"La verdad no es suficiente, hay que demostrarla y hacerla valer ante un Juzgado". Nunca se me olvidarán estas sabias palabras.
EN fin espero no tener que ganar en un Juzgado, porque entonces habre perdido.
Muchas gracias a los dos.

Si anda todavía por el foro "JL", me gustaria poder contar con tu estimada opinión.
Saludos.
23/11/2005 20:08
mAsesorate bien. Que un magistrado emita una consideracion que a buen seguro no figura en el FALLO no es definitivo. Seguramente debas volver a sustentarlo
24/11/2005 12:07
Hola Separada29+10. Solo decirte que no intente hacer una valoracion personal, sino dejar constancia de la realidad que suceden con las sociedades empresariales sea cual sea su forma juridica. Es decir, que ante la creacion de una sociedad ficticia, (creo que tu eres conocedora de ese detalle) los ojos como brótolas de grandes porque, como apunté, por lo menos era raro, raro, raro.
Mucha suerte.
24/11/2005 12:40
Me volveré a leer el Fallo, ahora mismo no me acuerdo. Volver a sustentarlo?? UUUFFFFFF (me parece que necesito un abogado). Alguno disponible por el foro???.

Didache, Raro no es la palabra que yo usaria,,,, en fin mejor dejarlo no merece la pena "volver al pasado". Ahora mismo tengo otros frentes abiertos, asi que este asunto tendra que esperar.

En cuanto a lo que apuntabas de: "El rincón de Pepe" es para comer (divinamente por cierto) seria un crimen ir alli solo para el cafe, la unica pega que le veo es que hay que llevarse la VISA, de todas formas consultare con Aguamarina.
Gracias por estar siempre que se os necesita. Besos.
24/11/2005 13:00
Rincon de pepe? eso es Muricia capital no? Y si es asi ya puede ser visa oro! jeje
Por cierto que los paparajotes........... buf y a que precios!
24/11/2005 13:10
Los paparajotes, buenisisimos.....Yo se hacerlos (uff, ya me callo). : -))
24/11/2005 18:25
Separada39, perdona que no hay intervenido en este post pero yo del tema que has planteado no tengo elementos para opinar más allá de lo que me podría dictar el sentido común, y a veces no es suficiente. No creais que he olvidado el café, o lo que nos apetezca. Amigos del Sureste apuntad para concretar (mcarmen.hernandez@map.es)
Espero veros. Un beso.
24/11/2005 20:49
Apreciados compañer@s, veo que os ha suscitado cierto interes El Rincon de Pepe les voy a pedir comision, y es que los temas ludicos tambien nos gustan y si sirven para distensionar un poco el ambiente, bienvenido sea el rincon de pepe de antonio o de san juan. Ah, cierto es que la visa tb voy a pedir comision habra que llevarla a mano pero a veces merece la pena un caprichillo.
De todas formas, hay plan B: plaza de las Flores, unos pastelicos de carne.
Saludos.
25/11/2005 09:23
plan C

Plz Sto. Domingo, pizza en los bancos


( es lo que mi nivel economico me permite jajajja pelin alejado pues del rincon de pepe)