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socio con deuda en la seguridad social

28 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 28 comentarios
28/03/2010 17:37
Sr. Frank1967,
Vaya ud. al letrado mercantil y le hará un redactado y se lo llevará al R.M. y, la auditoria la paga la empresa. ( El coste de pedirla al RM es de unos
300 €)

El plazo como ud. bien dice es hasta el 31 de Marzo.

En cualquier momento sí, judicialmente. Tiene ud. un post del Sr. Taxland que se lo dice muy claramente.

Si ad. lo requiere para la ampliación de capital, lo primero que tiene que hacer es requerir el balance, memoria, actas y otros documentos que le sean necesarios, y si ud tiene dificultades en obtenerlos, entonces recuse la ampliación antes, y en la misma junta. Vaya ud. acompañado de un letrado mercantilista y que requiera a la empresa con un burofax, un notario para que este presente en la reunión, le hará falta....!! El notario lo tiene que pagar la empresa.

Ud. después de todo esto, supongo que tendrá que llegar a los juzgados.

Mi consejo es que no vaya al aumento de capital, ya que el dinero que ud. ponga, irá al bolsillo del socio.

Ya le digo, si no le dan los documentos que ud. les pida, recuse antes y en la misma junta, y sobre todo, que los hechos que realice, los haga ud. con un letrado.

Saludos
28/03/2010 14:37
gracias por responder chavos,
-¿como se pide una auditoria?
el plazo es hasta el 31 marzo, para pedir auditoria del ejercicio 2009,
-¿se puede pedir una auditoria en cualquier momento?
-¿quien paga la auditoria?
si me requiere notarialmente para aprobar amplicion de capital en junta general, si yo voy a la ampliaion de capital
-¿de cuanto tiempo dispongo para aportar el dinero?
si pasado este tiempo no pongo el dinero mis acciones se reducen
-¿en que tanto por ciento?
en mis estatutos dice de la ampliacion o disminucion de capital pero no dice nada acerca del plazo de aportacion del capital una vez aprobada.
muchas gracias chavos.
28/03/2010 13:14
Sr. Frank1967, si ud. pide la auditoria y él se niega a su realización, le bloquearán la hoja de la sociedad y, no podrá realizar ningún registro en el R.M. hasta que no la realice.
Saludos
27/03/2010 07:03
hola taxland y chavos una vez mas me dirijo a vosotros para pediros consejo, ya sabeis un poco de mi mala historia, ahora viene lo que me estaba temiendo,y no ha pasado ni un mes, mi socio ha estado ocultando cajas y llevandose el dinero de la empresa, pues ahora dice que tenemos que poner dinero para afrontar los gastos, ya que este mes hemos dado perdidas, pienso que va ha convocar junta para hacer ampliacion de capital,
¿como puedo hacerle dificil lo de la ampliacion de capital? (es dinero que la empresa no va ha ver y como es administrador unico lo sacara del banco.)
¿ puedo demorar la junta para la ampliacion de capital?
¿como? muchas gracias taxland y chavos.

10/03/2010 23:56
taxland, por el momento no tengo ninguna causa abierta hacia mi,por eso he pensado poner los bienes a la otra persona para evitar que en un futuro puedan atentar contra mi patrimonio,de momento no ha habido problemas pero las cuentas anuales la estaban firmando ellos y yo desconocia todo esto.Alzamiento de bienes es si hay un expediente abierto o una denuncia,pero yo no tengo nada de eso.Los indicios fraudulentos viendo el comportamiento de este socio creo que ya lo está haciendo.gracias de nuevo,saludos
10/03/2010 20:49
La prescripción de la acción social (de la sociedad) y de la acción individual (de un socio o un tercero) contra el administrador se produce a los cuatro años de su cese en el cargo.

La ocultación (alzamiento) de bienes puede incluso tener responsabilidad penal (de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses). Me refiero al traslado de bienes a tu mujer si lo que intentas es evitar tu reponsabilidad frente a otras personas.

Para pedir una auditoría debes tener claro que hiciste bien las cosas cuando eras administrador y, por lo tanto, los otros socios no puedan volverse también contra tí.

De todas maneras, te recomendaría que esperaras a ver si actúan de manera fraudulenta para presentar una solicitud de auditoría de cuentas.

Salvo mejor opinión.

Un saludo,

10/03/2010 16:43
buenas tardes chavos, el año 2009 yo era administrador conjuntamete con mi socio, y firme el cierre del año, como me lo solicito el asesor fiscal, es el unico año que he firmado,(es cierto que las cuentas hay comprobarlas y aprobarlas en libro de actas con los socios, cosa que nunca hemos hecho)
el compañero taxland dice
-"Se puede pedir en cualquier momento mediante demanda en un juzgado por quien demuestre interés legítimo."
si dentro de dos meses yo detecto y consigo pruebas de que se oculta y desaparecen cajas de la empresa, ¿puedo pedir una auditoria de estos meses en lo que se esta ocultando ingresos y cogiendo beneficios en efectivo?
gracias chavos
10/03/2010 16:20
hola, la auditoria del año fiscal 2009 la puede ud. pedir gratuitamente al R.M. dentro de los 3 primeros meses del año 2010, (solo tendrá que abonar, los honorarios del letrado que le redacte la petición). Ud sabrá si realizo bien su trabajo como administrador....!! Lo que sí es cierto que un auditor realiza su trabajo, tres meses del anterior año y, el año fiscal que se le pide.
Saludos
10/03/2010 15:54
gracias por las respuestas,pero aún sigo con dudas.
Si yo pido una auditoria cuando tenga pruebas de irregularidades del actual administrador ante el juzgado,
¿pueden el juzgado pedir auditorias de los ultimos 4 años si encontrasen irregularidades ?
recuerda que anteriormente yo estaba tambien como administrador y aunque no he firmado los cierres (exepto 2009,) podrian haber irregularidades en esos años
¿ puedo salir perjudicado?
ahora estoy haciendo separacion de bienes,(algo que debia haber hecho hace mucho tiempo) si investigan la empresa y como administrador salgo perjudicado,
¿de los bienes que me he desprendido se verian afectados?
(los negocios van a mi nombre y las propidades a mi conyuge) muchas gracias taxland.
10/03/2010 09:21
Hola de nuevo. Entiendes bien, no eres responsable de los actos cometidos después de haber cesado como administrador aunque no se inscriba el cambio en el Registro Mercantil. Se entiende que consta en acta de la Junta General y que tienes una copia o que el acuerdo está elevado a escritura pública ante notario.

Lo de la auditoría tiene varias respuestas:

- La pueden pedir los socios que representen al menos el 20% del capital en los tres primeros meses después del cierre del ejercicio, como bien dice el Sr Chavos.

- Se puede pedir en cualquier momento mediante demanda en un juzgado por quien demuestre interés legítimo.

- En caso de separación de la sociedad puedes pedir una auditoría de cuentas cuando no existe acuerdo sobre el valor de tus participaciones.

En todos los casos, las auditorías se realizan con cargo a la sociedad (en el caso de ser una auditoría judicial se devuelevn cuando las cuentas revisadas están correctemnet hechas).

Si quieres solicitar una auditoría debes, por tanto, hacerlo en el Registro Mercantil o, mediante demanda, en el juzgado.

En caso de fraude a la sociedad, habrá que estar a los dispuesto por el juez y a lo que se solicite en la demanda. Lo lógico es que se revierta la venta de participaciones que realizó fraudulentamente para que los acreedores se puedan hacer con ellas.

Todo ello dicho salvo mejor opinión.

Un saludo,
10/03/2010 04:52
gracias taxland, por fin una buena noticia, creo que quieres decir que todo lo que ocurra en el futuro aunque no registre el cargo, sera culpa de la nueva administracion
y me excluye de malas gestiones o fraudes, espero que se me habran mas puertas y los administradores concursale intervenga en la empresa, unicamente para que estafadores como este no sigan haciendo mas daño a otras personas,
¿puedo pedir una auditoria en cualquier momento, o solo a principios de año?
¿ quien debe pagar los gastos de la auditoria?
¿ si demuestro que hay fraude a la sociedad que le puede ocurrir?
taxland, chavo este debate seguro que esta ayudando a otras personas que estan en mi situacion o quieren abrir una empresa siendo socios minoritarios,
un saludo.
09/03/2010 20:57
Hola de nuevo Frank1967. La falta de inscripción en el Registro del cese del administrador no amplia el plazo de tu responsabilidad. En todo caso esa falta de inscripción irá contra los nuevos administradores pues treceras personas pueden contratar con la sociedad en base a la confianza que tenían en un administrador que ya ha cesado en su cargo.

Un saludo,
09/03/2010 16:05
si yo pido la auditoria ahora seria del ejercicio 2009, y yo era administrador , seria tirar piedras sobre mi tejado, es este mes cuando me esta ocultando numeros, y para mas costes tendria que ser yo quien pagase la auditoria, quien unico puede hacerle sentir como yo me siento son los administradores concursales, ya que este es el caramelo del que quiere vivir despues de hundir todas sus empresas, y nuestros numeros no han sido malos para que no tengan interes en estas participaciones, gracias chavo.
09/03/2010 15:49
Sr. Frank, si no pide la auditoria antes del 31-3-010,. tendrá que esperar hasta el año que viene.
Saludos
09/03/2010 15:20
hola sr chavos y texland, lo de solicitar una auditoria, es algo que ya habia pensado, pero creo que es muy pronto, se que esta haciendo cierres de caja antes del cierre y el resto del dinero, lo esta cogiendo sin que pase por caja, los administradores concursales es cierto que saben de la existencia de las participaciones, ya que he hablado personalmente con ellos, han quedado en volver a llamarme ya que llevan demasiado tiempo detras de este pajaro y le tienen demasiadas ganas,
lo de si creo que la empresa merece la pena creo que si, fueron demasiadas horas y años las que he dedicado a esta empresa, y ha sobrevivido a esta crisis y ahora que el temporal empieza ha remitir he de renunciar a ella, a cambio de NADA.
aunque he sido administrador mancomunado con los otros dos socios desde el principio, las cuentas siempre las han firmado ellos, exepto el ejercicio 2009, que las firme yo, pero no me exime de responsabilidades ante las cuentas de los ejecicios anteriores, aunque en el libro de actas no hay nada escrito, ¿que me puede ocurrir si la actual administracion no paga trabajadores,S.Sociales, provedores ETC, van a por el administrador o por los socios?.
he preguntado si ya esta registrado el cambio de administrador y dicen que el registro tarda un mes,
¿ sigo siendo administrador al dia de hoy o el registro lo hace con fecha de la junta universal?
09/03/2010 11:55
Franf1967, si los administradores concursales, entre los que debe figurar un acreedor, no quieren participaciones de tu socio, se entiende que no hayan hecho nada cuando las traspasó a su mujer. No es que no conocieran su existencia, es que no están interesados en esas participaciones.

Esa información es bastante mala pues quiere decir que su valor debe ser nulo o muy bajo. No debes preocuparte mucho si, mientras estuviste de administrador, gestionaste bien la sociedad. Ahora la administradora es la que debe seguir gestionándola correctamente. Supongo que conocerás la situación económica de la sociedad pues fuiste administrador hasta hace bien poco. Si crees que no vale mucho, sigue el consejo de los administradores concursales y líbrate de tus participaciones. No te interesa estar en esa sociedad.

No creo que puedas hacer nada contra el nombramiento de nueva administradora. Es una decisión que corresponde tomar a la Junta General. Tratándose de personas que parecen poco recomendables, asegúrate de que han inscrito el nombramiento en el Registro Mercantil y que tu nombre ya no figura en él.

Un saludo,
08/03/2010 17:49
Hola Sr. Frank1967, lo primero que tiene que pedir es una auditoria al RM, antes de que termine este mes de Marzo, y sabrá como están las cuentas y después, obre en consecuencia....
Saludos
08/03/2010 17:33
una pregunta mas, en la junta en la que me cesan de administrador yo me nege, (conflicto de socios)
¿puedo acudir a los tribunales e impugnar esta junta, alegando la insolvencia de este socio?
gracias otra vez.
08/03/2010 17:23
hola taxmand y chavos hoy he estado en el juzgado donde mantiene la causa, la suerte estubo de mi lado y hable con los administradores concursales, pero una vez mas solo encuentro muros ante mi, me comentaron que los acredores no quieren participaciones de sociedades y que no puedo hacer nada mas que darlo por perdido, intentar salirme de socio regalando mis participaciones a este sinverguenza, ellos dicen que llevan años detras de el y ha evadido millones de €, pero la justicia tiene muchos vacios legales, lo del alzamiento de bienes,(bienes impunibles) no puedo hacer nada ya que ha DONADO a su muer el 3% y en los estatutos disponen que se puede donar a conjuge, ascendientes y descendientes, en lo que tienes razon chavez es que este tipo de personas solo reacionan ante las denuncias aunque en este caso la justicia esta atada de pies y manos, yo estoy metido en un abujero en el que no puedo pensar ni encontrar la luz.
un saludo y gracias.
08/03/2010 17:00
Sr. Frank1967, este delito se le llama alzamiento de bienes, delito penalizado con cárcel, están claros los consejos del Sr.Taxland, hable con él y, si no se viene al diálogo lo denuncie, ya que este tipo de personas no razonan. Es mi consejo....!!
Saludos