depende en qué contexto. Dice la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias que "son consumidores o usuarios las personas físicas que actúen con un propósito ajeno a su actividad comercial, empresarial, oficio o profesión. Son también consumidores a efectos de esta norma las personas jurídicas y las entidades sin personalidad jurídica que actúen sin ánimo de lucro en un ámbito ajeno a una actividad comercial o empresarial."
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Hola, el contexto es que una cooperativa reclama a un socio de esta una serie de gastos, de ahí mi pregunta de si al socio se le podría aplicar la condición de consumidor, a efectos de defenderle ante tal reclamación.