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Solar

3 Comentarios
 
Solar
06/05/2006 22:22
en los datos fiscales que he recibido de hacienda
aparece un solar de mi propiedad cuyo terreno fue
introducido en el catastro el año pasado junto con otros terrenos de otras personas,¿hay que incluir
los datos que he recibido en la declaración si no me produce rentas de ningun tipo?
12/05/2006 11:27
Si, pues es un bien inmobiliario nuevo que hay que declarar.
12/05/2006 15:40
Hola Grin. Me permito rectificar al forista anterior, con todos mis respetos, porque la respuesta no es correcta : los solares no se incluyen.

Los bienes inmuebles que producen rentas se declaran directamente estas rentas, pero los que no producen rentas se declaran por el concepto de imputación de rentas inmobiliarias, pero en este segundo caso solo deben incluirse si son "susceptibles de uso".

Así, en tu caso, al tratarse de un solar, es decir de un terreno no edificado , al no ser susceptible de uso no tienes que imputar el 2% del valor catastral en tu declaración. Solamente tendrías que declararlo si se trata de una edificación: piso, casa, etc.

Un saludo.
13/05/2006 18:18
Hola, GRIN.
Sin pretender rectificar a ninguno de los compañeros, sólo apuntar que (reconozco que por prevención, más que por deformación profesional) tendemos a "reflejar" o informar al programa informático que utilizamos de todos los datos de que disponemos. Y así informamos del solar aún a sabiendas de que ese dato NO será utilizado en la confección de la declaración del IRPF, pero SI que se tendrá en cuenta a los efectos de valorar si el cliente está obligado a declarar en PATRIMONIO.
Utilizando una herramienta como el "programa Padre", obviamente se trabaja de forma distinta con la información.
Un saludo a tod@s.