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Solicitud cuenta ajena

2 Comentarios
 
Solicitud cuenta ajena
14/01/2024 16:15
Como empresa que hace la solicitud de modificación de estancia de estudiante a cuenta ajena, en Barcelona.

Entiendo que la solicitud se hace a través del certificado digital de la Generalitat, pero ¿En qué momento se pagan las tasas? Según veo en la ley se pagan una vez se admita a tràmite, o se tienen que pagar antes de la solicitud?

Cuáles son las tasas a pagar?

Muchas gracias de antemano por la clarificación :)
15/01/2024 00:01
Alexa122
Hola:

1.- Primeramente ha de rellenar la solicitud en línea en el siguiente enlace:

http://permisos.treball.gencat.cat/permisos/AppJava/formularisTramit.do?reqCode=init&codiTramit=MOD03A&set-locale=es_ES


Siga los pasos e introduzca los datos que le vaya solicitando y al final se generará un PDF en el que estará la solicitud, que deberá ser firmada por el empleador; en los últimos folios estará el formulario para pagar la tasa de TRABAJO (que se paga a la Generalitat de Catalunya), que ya estará liquidada de acuerdo con los datos relativos al trabajo que se hubiera introducido. Se puede pagar en CAIXABANK (que es la entidad que recauda las tasas de la Generalitat de Catalunya) o pagar en línea a través del siguiente enlace de CAIXABANK:

https://www.caixabank.es/particular/pagos/impuestosrecibosmatriculas_ca.html

2.- Ha de pagarse también la tasa de RESIDENCIA, a través del siguiente enlace:

https://sede.administracionespublicas.gob.es/pagina/index/directorio/tasa052

Ha de elegir el apartado 2.1. La tasa es de 10,94 euros. Si el interesado tiene certificado digital puede pagar él mismo en línea y luego ha de registrar el pago de la tasa. Si no lo tiene, puede generar el PDF para ir a pagar en el banco.

3.- La solicitud se puede presentar a través de la Sede Electrónica de la Generalitat de Catalunya mediante la opción PETICIÓN GENÉRICA, a través del siguiente enlace:

https://ovt.gencat.cat/gsitgf/AppJava/traint/renderitzar.do?reqCode=inicial&set-locale=es_ES&idioma=es_ES&idServei=ING001HTM2&urlRetorn=https%3A%2F%2Fweb.gencat.cat%2Fes%2Ftramits%2Ftramits-temes%2FPeticio-generica&tpst=ae56fd5821cffc7f4784ac8db0c0e1a0


También se puede presentar en persona, pero es necesario solicitar cita previa a través del siguiente enlace:

https://icp.administracionelectronica.gob.es/icpplus/citar?i=ca&org=gencat


4.- Si se hace electrónicamente, usando la opción PETICIÓN GENÉRICA, hay que unir todos los documentos en PDF en un máximo de dos archivos y ninguno debe superar los 5 MB (debe comprimirse).

5.- La Sede Electrónica de la Generalitat de Catalunya admite tanto el certificado digital de la Agencia Catalana de Certificación (IDCAT) como el de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.

Un cordial saludo.
23/01/2024 14:37
Condedecartagena
Todo perfectamente claro y detallado. Mil gracias :)
Solicitud cuenta ajena | PorticoLegal
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Solicitud cuenta ajena
14/01/2024 16:15
Como empresa que hace la solicitud de modificación de estancia de estudiante a cuenta ajena, en Barcelona.

Entiendo que la solicitud se hace a través del certificado digital de la Generalitat, pero ¿En qué momento se pagan las tasas? Según veo en la ley se pagan una vez se admita a tràmite, o se tienen que pagar antes de la solicitud?

Cuáles son las tasas a pagar?

Muchas gracias de antemano por la clarificación :)
15/01/2024 00:01
Alexa122
Hola:

1.- Primeramente ha de rellenar la solicitud en línea en el siguiente enlace:

http://permisos.treball.gencat.cat/permisos/AppJava/formularisTramit.do?reqCode=init&codiTramit=MOD03A&set-locale=es_ES


Siga los pasos e introduzca los datos que le vaya solicitando y al final se generará un PDF en el que estará la solicitud, que deberá ser firmada por el empleador; en los últimos folios estará el formulario para pagar la tasa de TRABAJO (que se paga a la Generalitat de Catalunya), que ya estará liquidada de acuerdo con los datos relativos al trabajo que se hubiera introducido. Se puede pagar en CAIXABANK (que es la entidad que recauda las tasas de la Generalitat de Catalunya) o pagar en línea a través del siguiente enlace de CAIXABANK:

https://www.caixabank.es/particular/pagos/impuestosrecibosmatriculas_ca.html

2.- Ha de pagarse también la tasa de RESIDENCIA, a través del siguiente enlace:

https://sede.administracionespublicas.gob.es/pagina/index/directorio/tasa052

Ha de elegir el apartado 2.1. La tasa es de 10,94 euros. Si el interesado tiene certificado digital puede pagar él mismo en línea y luego ha de registrar el pago de la tasa. Si no lo tiene, puede generar el PDF para ir a pagar en el banco.

3.- La solicitud se puede presentar a través de la Sede Electrónica de la Generalitat de Catalunya mediante la opción PETICIÓN GENÉRICA, a través del siguiente enlace:

https://ovt.gencat.cat/gsitgf/AppJava/traint/renderitzar.do?reqCode=inicial&set-locale=es_ES&idioma=es_ES&idServei=ING001HTM2&urlRetorn=https%3A%2F%2Fweb.gencat.cat%2Fes%2Ftramits%2Ftramits-temes%2FPeticio-generica&tpst=ae56fd5821cffc7f4784ac8db0c0e1a0


También se puede presentar en persona, pero es necesario solicitar cita previa a través del siguiente enlace:

https://icp.administracionelectronica.gob.es/icpplus/citar?i=ca&org=gencat


4.- Si se hace electrónicamente, usando la opción PETICIÓN GENÉRICA, hay que unir todos los documentos en PDF en un máximo de dos archivos y ninguno debe superar los 5 MB (debe comprimirse).

5.- La Sede Electrónica de la Generalitat de Catalunya admite tanto el certificado digital de la Agencia Catalana de Certificación (IDCAT) como el de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.

Un cordial saludo.
23/01/2024 14:37
Condedecartagena
Todo perfectamente claro y detallado. Mil gracias :)