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solicitud incapacidad

6 Comentarios
 
Solicitud incapacidad
16/02/2004 09:59
hola, buenos días a todos;

Soy propietario de un mesón y trabajo como camarero. El pasado més me dió una aritmia cardiaca y me implantaron un marcapasos.
Mi pregunta es si puedo solicitar algún tipo de incapacidad permanente, porque a mí realmente me da miedo seguir trabajando por si me pasa algo, pues mi trabajo es muy estresante y a veces se sufren taquicardias.

Muchas gracias, os rogaría que me orientaseis.
16/02/2004 11:12
Se encuentra en situación de incapacidad permanente aquel trabajador que después de haber estado sometido a tratamiento prescrito y de haber sido dado de alta medicamente, presenta reducciones anatómicas o funcionales graves, susceptibles de determinación objetiva y previsiblemente definitivas que disminuyan o anulen su capacidad laboral.

En consecuencia, pide informes a los médicos Especialistas de la Seguridad Social y si en ellos se especifica que la patología que tienes te impide realizar tú trabajo habitual o todo tipo de trabajo, solicita un impreso en el INSS para que te valoren la incapacidad y si reúnes los requisitos establecidos de cotización a la Seguridad Social podrás tener una pensión.

Saludos.
16/02/2004 12:18
Much gracias Jesusfer.
16/02/2004 13:02
No creo que hayaningún inconveniente en el hecho de que soy sea autónomo ¿no? los impresos son los mismos?
16/02/2004 13:34
Estimado Rafa y JesuFer:

Nada que objetar a tus explicaciones, Jesu Fer contestando a rafa la dire que con un simple escrito tuyo en el que indiques tus datos personales y expongas las causas, puedes solicitar el INICIO DE ACTUACIONES, para solicitar la Invalidez Permanente Total.
16/02/2004 16:41
Además, desde el 27 de abril del año pasado, fecha de la entrada en vigor del REAL DECRETO 463/2003, los trabajadores autónomos podrán acceder a las condiciones establecidas para los trabajadores por cuenta ajena.

Es decir, a los trabajadores por cuenta propia que se les reconozca la prestación de incapacidad permanente total para la profesión habitual, tendrán derecho al incremento del 20% de la base reguladora, cuando tenga una edad igual o superior a 55 años y no ejerza actividad retribuida por cuenta ajena o por cuenta propia que dé lugar a inclusión en alguno de los regímenes de la Seguridad Social.

Saludos.
08/06/2004 16:39
Para serte sincero, si no acompañas el marcapasos con algo mas, es bastante complicado que te den la invalidez.
Yo llevo uno desde los 20 años y nada de nada, trabajando normalmente.
eso si, si lo consigues por favor ponte en contacto conmigo.
un saludo y mucha suerte.