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Solicitud nie

3 Comentarios
 
Solicitud nie
16/05/2011 17:41
Buenas, perdon por las molestias pero tengo una duda, no se si me recordará, mi novio era argentino y no tenía papeles.
Bueno pues, nos hemos casado. Y ahora mi duda es: como solicita el nie teniendo en cuenta que su pasaporte argentino esta caducado.No se cuales son los pasos a seguir, de momento solo tenemos el acta matrimonial y en un mes tenemos que pasar a por el libro de de familia.
Gracias por su respuesta.
Un saludo.
16/05/2011 20:59
Hola. Si ya se ha casado con su novio, tiene él que solicitar la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión.
Lo debe hacer en la Oficina de Extranjeros que le corresponda (si hay alguna específica para comunitarios).

Si su pasaporte argentino está caducado y el Consulado no se lo puede o no quiere renovar y su novio no tiene otro medio en vigor para identificarse, tendrá que solicitar una cédula de inscripción. Para hacerlo necesitará presentar:

A) Cualquier documento que constituya indicio de su identidad y nacionalidad.

B) Acta notarial en el sentido de que se ha efectuado requerimiento al Consulado de su país en España para que le sea extendido pasaporte y la falta de atención a ese requerimiento o la contestación alegando los impedimentos legales para documentarlo (si el Consulado expide un certificado acreditando que no lo puede documentar porque ya se le expidió un pasaporte con la sola finalidad de regresar a su país, no lo ha hecho y la ley no les permite extenderle otro pasaporte). El notario debe levantar acta al respecto y dejar constancia, bien de la falta de atención al requerimiento o bien a la certificación extendida por el Consulado en el sentido de no poder documentar a su nacional al existir impedimentos legales para hacerlo.

Con todo, debe tener presente que la simple demora por razones burocráticas o de insuficiencia de medios del Consulado, no constituye por sí misma negativa a documentar a un nacional (por ejemplo, si el Consulado tiene sistema de citas previas y le asignan cita para dentro de 3 ó 6 meses, no significa que se estén negando a documentarlo). En cambio sí puede entenderse como negativa a documentar a un nacional el hecho de que el Consulado no atienda al requerimiento efectuado para que le sea extendido pasaporte (no es lo mismo conceder cita para dentro de varios meses, que simplemente, no contestar).

3.- Cuando solicite la cédula de inscripción, debe cumplimentar el siguiente impreso:

http://www.mir.es/SGACAVT/modelos/extranjeria/ex_09.pdf

4.- Tendrá que pagar las siguientes tasas:

A) Por la autorización de inscripción como indocumentado : 20, 40 euros .

B) Por la cédula de inscripción: 3,06 euros.

Para pagarlas debe entrar en la página web del Ministerio de Política Territorial, www.mpt.es y descargarse los impresos (un impreso por tasa):

https://sede.mpt.gob.es/tasasPDF/prepareTasa?idTasa=052&idModelo=790&idProvincia=30

Para solicitar, en Murcia (creo que usted vivía en Murcia), la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión, debe solicitar cita previa en la página web del Ministerio de Política Territorial, a través de la siguiente ruta:

https://sede.mpt.gob.es/icpplus/citar

Con todo, debe empezar por requerir que el Consulado del país de su cónyuge la expedición del pasaporte o la negativa formal a hacerlo, sea de manera expresa o tácita.

Un cordial saludo.

21/05/2011 09:21
Muchísimas gracias, nos hemos presentado en el consulado y hemos conseguido que le hiciesen el pasaporte, y ya tenemos cita en extranjería para solicitar la tarjeta de residencia.Me han dicho que ´hay una "investigación" policial que tarda unos 2 meses, así que en tres meses más o menos tendrá la residencia.
Muchísimas gracias otra vez por sus respuestas, son de gran ayuda para gente como nosotros que estamos perdidos en esos temas.
Un saludo,
21/05/2011 09:53
Hola. Celebro que las cosas se hayan solucionado y arribado a buen puerto.

En efecto, una vez que se presenta la solicitud, desde que le entregan el resguardo, ya puede con él acreditar la legalidad de su permanencia en España. Pero, hasta tanto, la Administración debe hacer comprobaciones, fundamentalmente en los Registros del Cuerpo Nacional de Policía y de la Guardia Civil Española (comprobar carencia de antecedentes policiales) y en el Registro Central de Penados y Rebeldes (para comprobar carencia de antecedentes penales en España). De acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento, el plazo para la expedición de la tarjeta es de 3 meses y los efectos se producen desde la fecha de la solicitud. Con todo, la agilidad o demora, dependerá de los medios de los que disponga la Oficina de Extranjeros de la localidad en la que viva, aunque las personas sujetas a régimen comunitario tienen tratamiento preferente y sus documentos deben despacharse con mayor agilidad, puede demorar un poco, aunque normalmente ni siquiera llegan a los 3 meses. Aquí en Barcelona, por ejemplo, en tarjetas de familiar de ciudadano de la Unión, desde comienzos del presente mes de mayo, el mismo día que la persona presenta la solicitud, en el mismo instante, ya le expiden una citación para comparecer en la Comisaría de Policía dentro de 15 días; ese documento sirve para que la persona pueda acreditar la legalidad de su permanencia en España y ejercer los derechos inherentes a la calidad de familiar de ciudadano de la Unión y por ello, beneficiario del régimen comunitario ... hasta tanto, en esos 15 días, la Administración hace las comprobaciones correspondientes vía telemática.

Un cordial saludo y enhorabuena.