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son terminos equivalentes la anotacion preventiva de embargo y el embargo preventivo?

7 Comentarios
 
Son terminos equivalentes la anotacion preventiva de embargo y el embargo preventivo?
14/02/2007 14:45
Me gustaria saber si son terminos equivalentes la anotacion preventiva de embargo y el embargo preventivo, que pensais?. Lo pregunto porque en las notas simples me he encontrado con ambas termonologías.
15/02/2007 10:04
En puridad, el embargo preventivo es la posibilidad de posicionar registralmente, y con la consiguiente publicidad para terceros, un bien por parte del acreedor para que dicho bien responda como garantía de una deuda que alega el dueño del bien y que dicho bien no pueda sustraerse a dicha responsabilidad. Y la anotación es el hecho registral, el modo o manera previsto, de hacerlo constar en el Registro donde ese bien está inscrito.
15/02/2007 12:45
Y aclaro : cuando dije: que alega el dueño del bien quise decir que SE alega AL dueño del bien, que es distinto.
15/02/2007 14:23
Entiendo pues que un embargo preventivo adoptado en el seno de un proceso judicial tiene acceso al registro de la propiedad por medio de la anotacion preventiva de embargo.
15/02/2007 14:53
Pues parece que así es.
15/02/2007 14:54
Y, aclaro, mas que acceso, lo que tiene acceso es el embargo preventivo y la anotación es la manera en que se hace constar dicho embargo.
15/02/2007 18:46
Entonces un embargo preventivo de fecha 1992 que no consta en la nota simple haya sido prorrogado, entiendo que ha caducado con el paso de cuatro años, en 1996, ¿¿¿como se hace constar esto para que desparezca la isncripcion registral???, solicitud al registrador alegndo la caducidad???, gracias
15/02/2007 18:58
Debes solicitarle al Juzgado el mandamiento correspondiente.
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son terminos equivalentes la anotacion preventiva de embargo y el embargo preventivo?

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Son terminos equivalentes la anotacion preventiva de embargo y el embargo preventivo?
14/02/2007 14:45
Me gustaria saber si son terminos equivalentes la anotacion preventiva de embargo y el embargo preventivo, que pensais?. Lo pregunto porque en las notas simples me he encontrado con ambas termonologías.
15/02/2007 10:04
En puridad, el embargo preventivo es la posibilidad de posicionar registralmente, y con la consiguiente publicidad para terceros, un bien por parte del acreedor para que dicho bien responda como garantía de una deuda que alega el dueño del bien y que dicho bien no pueda sustraerse a dicha responsabilidad. Y la anotación es el hecho registral, el modo o manera previsto, de hacerlo constar en el Registro donde ese bien está inscrito.
15/02/2007 12:45
Y aclaro : cuando dije: que alega el dueño del bien quise decir que SE alega AL dueño del bien, que es distinto.
15/02/2007 14:23
Entiendo pues que un embargo preventivo adoptado en el seno de un proceso judicial tiene acceso al registro de la propiedad por medio de la anotacion preventiva de embargo.
15/02/2007 14:53
Pues parece que así es.
15/02/2007 14:54
Y, aclaro, mas que acceso, lo que tiene acceso es el embargo preventivo y la anotación es la manera en que se hace constar dicho embargo.
15/02/2007 18:46
Entonces un embargo preventivo de fecha 1992 que no consta en la nota simple haya sido prorrogado, entiendo que ha caducado con el paso de cuatro años, en 1996, ¿¿¿como se hace constar esto para que desparezca la isncripcion registral???, solicitud al registrador alegndo la caducidad???, gracias
15/02/2007 18:58
Debes solicitarle al Juzgado el mandamiento correspondiente.