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Soy Okupa

8 Comentarios
 
Soy okupa
04/12/2012 21:07
Buenas noches, quería exponer mi situación a ver si alguien me puede ayudar.
Mi pareja y yo vivimos en una casa okupa, mi pareja está empadronado en esta casa desde el año 96 y yo me empadroné el mes pasado. Hace unos días fui al ayuntamiento del pueblo y me dijo un arquitecto técnico que a los 20 años de estar viviendo en la casa mi novio puede ser propietario porque ya habría cumplido ese periodo de tiempo. El dueño de la casa falleció hace más de 20 años y desde entonces nadie ha reclamado nada, incluso el ayuntamiento nos ha dado ayudas para arreglar el complejo (porque en total somos unas 30 casas) y que de buena imagen.
Es decir, que no tienen intención de reclamar nada. Simplemente quiero saber qué puede hacer mi novio pasados los 20 años para ser legalmente el dueño.
Muchas gracias, un saludo.
05/12/2012 12:25
Entiendo que una situación así, que no hay herederos de la propiedad, es la Comunidad Autónoma quien se hace cargo. Fijarán un precio de venta y se le harán un ofrecimiento, si no lo puede comprar los sacarán al mercado.
05/12/2012 18:40
Pasacero, quédate en el foro de propiedad horizontal donde sueltas tus tonterías sin fundamento jurídico, no vengas ahora aquí a fastidiar también (ya has destrozado el otro)

Lafergo, lo que te dicen es lo que se llama "prescripción adquisitiva" o "usucapión" y el tiempo está en el art. 1957 del CC

Lo que pasa es que no es tan sencillo, mírate los artículos 1940 y siguientes del CC, y fíjate en los requisitos.
05/12/2012 21:13
TN.
Esta pregunta fue lanzada en el foro de propiedad horizontal, y el administrador lo ha movido.
Respecto a tu comentario, te ruego un poco de educación y respeto, que tu no sabes con quien te estas dirigiendo. Yo no destrozo nada, simplemente hago uso de mi derecho a opinar.
¿Que respuesta le has dado al consultante? " Lo que pasa es que no es tan sencillo, mírate los artículos 1940 y siguientes del CC, y fíjate en los requisitos." Oseasé ninguna. ¿Y para eso contestas ? NO SE TE OCURRA DIRIGIRTE A MI SIN RESPETO.
05/12/2012 23:47
Pasacero, es que eres bastante ignorante en cualquier tema jurídico, pero sin embargo te falta tiempo para dar opiniones chorras, que además confunden al consultante...

Lafergo, lo de 20 años es si hubiese buena fe y justo título... en tu caso parece que no lo hay, por lo que debería ser a los 30 años (salvo que me equivoque).

Salvo mejor opinion, claro.
07/12/2012 10:01
El respeto no es exige, el respeto se gana y tú hace tiempo que perdiste el respeto de la gente de este foro porque sólo haces que dar opiniones jurídicas sin sentido, perjudicando a quien pregunta. Si no sabes de derecho, para qué opinas? si al menos supieses del tema por otros motivos, pero no es el caso.

Gracias a ti, la mayoría hemos abandonado el foro de propiedad horizontal porque cada vez que te corregíamos, y eran varias veces al día, nos faltabas al respeto, así que no exijas lo que tú no das.

La respuesta que el he dado es la única que puedo darle sin ver todos los datos, le he dado la pista de por dónde puede investigar o preguntar en cualquier abogado de su zona, que es quien puede averiguar si cumple los requisitos.

Te quejas de mi respuesta pero no pides ni perdón por haber dado una respuesta ABSURDA y carente de cualquier fundamento jurídico.

Has destrozado el foro de propiedad horizontal, te lo han dicho muchos allí, pero tú a lo tuyo.
07/12/2012 10:43
Yo tambien paso de entrar en esa parte del foro, se ha convertido en una especie de salvame juridico, con Pasacero en plan contestar e insultar a la gente que sabe.
Cuando he visto que pedia respeto, casi me "meo toa".
07/12/2012 10:55
Iudicii
Pues si que la frase tuya, "casi me "meo toa"." Es muy afortunada, en un foro público, y mas de una Señora/ta.
Para escribir esto mejor cayadita. Así no se ayuda al consultante, que es de lo que se trata.
07/12/2012 11:10
Veo que no entiendes la ironia, asi que no vale la pena explicartelo.
Mi intervecion solo era para que la gente que pregunta, sepa que clase de persona eres.
No hace falta ayudar mas el consultante pues ya le han dicho todo lo que se le podia decir sin mas datos.
Y mi intervecion ayuda mas que la tuya, yo corroboro que no se te puede hacer caso, tu solo has dado una respuesta erronea, asi que creo que quien tiene que estar "cayado" (vaya tela...con y) eres tu, no?
Soy Okupa | PorticoLegal
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Soy okupa
04/12/2012 21:07
Buenas noches, quería exponer mi situación a ver si alguien me puede ayudar.
Mi pareja y yo vivimos en una casa okupa, mi pareja está empadronado en esta casa desde el año 96 y yo me empadroné el mes pasado. Hace unos días fui al ayuntamiento del pueblo y me dijo un arquitecto técnico que a los 20 años de estar viviendo en la casa mi novio puede ser propietario porque ya habría cumplido ese periodo de tiempo. El dueño de la casa falleció hace más de 20 años y desde entonces nadie ha reclamado nada, incluso el ayuntamiento nos ha dado ayudas para arreglar el complejo (porque en total somos unas 30 casas) y que de buena imagen.
Es decir, que no tienen intención de reclamar nada. Simplemente quiero saber qué puede hacer mi novio pasados los 20 años para ser legalmente el dueño.
Muchas gracias, un saludo.
05/12/2012 12:25
Entiendo que una situación así, que no hay herederos de la propiedad, es la Comunidad Autónoma quien se hace cargo. Fijarán un precio de venta y se le harán un ofrecimiento, si no lo puede comprar los sacarán al mercado.
05/12/2012 18:40
Pasacero, quédate en el foro de propiedad horizontal donde sueltas tus tonterías sin fundamento jurídico, no vengas ahora aquí a fastidiar también (ya has destrozado el otro)

Lafergo, lo que te dicen es lo que se llama "prescripción adquisitiva" o "usucapión" y el tiempo está en el art. 1957 del CC

Lo que pasa es que no es tan sencillo, mírate los artículos 1940 y siguientes del CC, y fíjate en los requisitos.
05/12/2012 21:13
TN.
Esta pregunta fue lanzada en el foro de propiedad horizontal, y el administrador lo ha movido.
Respecto a tu comentario, te ruego un poco de educación y respeto, que tu no sabes con quien te estas dirigiendo. Yo no destrozo nada, simplemente hago uso de mi derecho a opinar.
¿Que respuesta le has dado al consultante? " Lo que pasa es que no es tan sencillo, mírate los artículos 1940 y siguientes del CC, y fíjate en los requisitos." Oseasé ninguna. ¿Y para eso contestas ? NO SE TE OCURRA DIRIGIRTE A MI SIN RESPETO.
05/12/2012 23:47
Pasacero, es que eres bastante ignorante en cualquier tema jurídico, pero sin embargo te falta tiempo para dar opiniones chorras, que además confunden al consultante...

Lafergo, lo de 20 años es si hubiese buena fe y justo título... en tu caso parece que no lo hay, por lo que debería ser a los 30 años (salvo que me equivoque).

Salvo mejor opinion, claro.
07/12/2012 10:01
El respeto no es exige, el respeto se gana y tú hace tiempo que perdiste el respeto de la gente de este foro porque sólo haces que dar opiniones jurídicas sin sentido, perjudicando a quien pregunta. Si no sabes de derecho, para qué opinas? si al menos supieses del tema por otros motivos, pero no es el caso.

Gracias a ti, la mayoría hemos abandonado el foro de propiedad horizontal porque cada vez que te corregíamos, y eran varias veces al día, nos faltabas al respeto, así que no exijas lo que tú no das.

La respuesta que el he dado es la única que puedo darle sin ver todos los datos, le he dado la pista de por dónde puede investigar o preguntar en cualquier abogado de su zona, que es quien puede averiguar si cumple los requisitos.

Te quejas de mi respuesta pero no pides ni perdón por haber dado una respuesta ABSURDA y carente de cualquier fundamento jurídico.

Has destrozado el foro de propiedad horizontal, te lo han dicho muchos allí, pero tú a lo tuyo.
07/12/2012 10:43
Yo tambien paso de entrar en esa parte del foro, se ha convertido en una especie de salvame juridico, con Pasacero en plan contestar e insultar a la gente que sabe.
Cuando he visto que pedia respeto, casi me "meo toa".
07/12/2012 10:55
Iudicii
Pues si que la frase tuya, "casi me "meo toa"." Es muy afortunada, en un foro público, y mas de una Señora/ta.
Para escribir esto mejor cayadita. Así no se ayuda al consultante, que es de lo que se trata.
07/12/2012 11:10
Veo que no entiendes la ironia, asi que no vale la pena explicartelo.
Mi intervecion solo era para que la gente que pregunta, sepa que clase de persona eres.
No hace falta ayudar mas el consultante pues ya le han dicho todo lo que se le podia decir sin mas datos.
Y mi intervecion ayuda mas que la tuya, yo corroboro que no se te puede hacer caso, tu solo has dado una respuesta erronea, asi que creo que quien tiene que estar "cayado" (vaya tela...con y) eres tu, no?