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Subida salariales con mejora absorbible compensable

1 Comentarios
 
Subida salariales con mejora absorbible compensable
12/12/2017 18:07
Buenas, recientemente ha salido publicado el convenio del comercio textil en la comunidad de Madrid, en el que se hacen una mejora salarial del 2% respecto a las tablas del 2016 y el 4% respecto de las del 2017 (con carácter retroactivo)

En nuestra empresa tenemos actualmente en nómina un apartado de:

Salario base: cobramos en mínimo
Mejora absorbible/ compensable: xxx

Supongo que a partir de ahora me disminuirán la mejora absorbible y me aumentarán el apartado salario base. Mi duda surge por lo que harán los meses del año 2016 y anteriores de este año 2017.
¿Me deberían pagar esa diferencia? ¿O no porque tengo esa mejora absorbible?

Yo pensaba que no porque no pueden modificar una nómina ya anterior y cambiar el importe de cada apartado. Pero lo desconozco. Espero que me podáis ayudar.

Muchas gracias
13/12/2017 11:35
Malabor
No, no creo que le abonen la diferencia. Indpendientemente del nombre del concepto (salvo casos como antigüedad, transporte y algún otros), cuando la subida de convenio puede ser absorvida porque el trabajador viene percibiendo una cantidad superior, no existen salarios retroactivos.

En su caso, con lo que explica, no los tendría.
Subida salariales con mejora absorbible compensable | PorticoLegal
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Subida salariales con mejora absorbible compensable

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Subida salariales con mejora absorbible compensable
12/12/2017 18:07
Buenas, recientemente ha salido publicado el convenio del comercio textil en la comunidad de Madrid, en el que se hacen una mejora salarial del 2% respecto a las tablas del 2016 y el 4% respecto de las del 2017 (con carácter retroactivo)

En nuestra empresa tenemos actualmente en nómina un apartado de:

Salario base: cobramos en mínimo
Mejora absorbible/ compensable: xxx

Supongo que a partir de ahora me disminuirán la mejora absorbible y me aumentarán el apartado salario base. Mi duda surge por lo que harán los meses del año 2016 y anteriores de este año 2017.
¿Me deberían pagar esa diferencia? ¿O no porque tengo esa mejora absorbible?

Yo pensaba que no porque no pueden modificar una nómina ya anterior y cambiar el importe de cada apartado. Pero lo desconozco. Espero que me podáis ayudar.

Muchas gracias
13/12/2017 11:35
Malabor
No, no creo que le abonen la diferencia. Indpendientemente del nombre del concepto (salvo casos como antigüedad, transporte y algún otros), cuando la subida de convenio puede ser absorvida porque el trabajador viene percibiendo una cantidad superior, no existen salarios retroactivos.

En su caso, con lo que explica, no los tendría.