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Subir la renta al ipc

3 Comentarios
 
Subir la renta al ipc
09/09/2023 17:27
Hola.
Tengo 1 piso alquilado desde abril del 2022, en abril de este año no actualice la renta. Cuando el contrato haga los 2 años puedo actualizar la renta de los 2 años al IPC?
Yo no soy un gran tenedor de viviendas (solo tengo 2)puedo actualizar la renta al IPC o para actualizar la renta del 2023 solo puedo subir el 2%?
Para actualizar la renta vale la calculadora de la página del INE?
Muchas gracias.
10/09/2023 11:06
¿Contrato de vivienda habitual? ¿consulta desde fuera de Cataluña?

El Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, que se publicó en el BOE el 30 de marzo, entró en vigor precisamente el día 1 de abril de 2022. Establecía una limitación en la revisión de la renta de un 2 %.

Mucha gente no sabe que los interesados pueden aplicar, si así lo negocian voluntariamente, un porcentaje mayor, pero a falta de acuerdo -que es lo habitual porque los inquilinos no suelen aceptar voluntariamente un límite mayor-- se aplicará el límite establecido.

Por lo tanto, usted puede revisar hoy, si, hoy, la renta de su contrato de akquiler de vivienda habitual, aunque no lo haya hecho en abril, y podrá cobrar a partir del mes siguiente a aquel en el que se practique la revisión (en teoría en octubre) una renta revisada con un 2 %.

No utilice la calculadora del INE. El IPC de marzo del 22, que es el aplicaable, fue del 9,8 % pero el gobierno decidió que los arrendadores debía soportar la diferencia.

Use este texto para la comunicación:

"Lugar, fecha

Muy Sr/a. Mío/a:

Me dirijo a vd. para comunicarle la actualización anual de la renta del inmueble alquilado en el domicilio citado en el encabezamiento.

Dicho contrato de fecha 1-4-22 es actualizable en función de la variación habida en el Índice de Precios al Consumo en el año anterior a la actualización, al cumplirse cada anualidad.

Por disposición del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, art. 46, en lugar de aplicarse el IPC correspondiente a la variación interanual, esta revisión se limitará a la la variación anual del Índice de Garantía de Competitividad a fecha de dicha actualización, con tope en el 2 %, información publicada por el INE.

En consecuencia, a su renta actual de _____ € mensuales se aplicará una actualización del 2 %, quedando con efectos desde octubre del 2023:

_____ x 1,02 = ________ €

Dicha renta se reflejará en el próximo recibo de octubre.

Aprovecho la ocasión para saludarle muy atentamente."
10/09/2023 11:54
Hoplon
Muchas gracias por su respuesta.
El contrato es vivienda habitual aunque no están empadronados en ella. El contrato es en Galicia.
Para abril de 2024 el contrato hace 2 años, puedo esperar hasta abril 2024 y subir el IPC de los 2 años?
Muchas gracias.
Un saludo.
11/09/2023 09:34
Acxlaradas las dudas.
Puede usted esperar a abril del 24 y subir el 2 % que corresponde al 2023 y el 3 % que la Ley de Vivienda prevé para 2024, pero esa espera no tiene sentido, porque ya desde hoy mismo puede usted subir el 2 % que correspondía a abril del 23 y empezar a cobrarlo.