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¿subrogaciones por fallecimiento???

2 Comentarios
 
¿subrogaciones por fallecimiento???
20/02/2011 20:09
hola, tengo un piso que compré en 1978 con la arendataria original dentro. Esta señora fallecio antes del 94 y se subrogó su hija, la cuál me he enterado de que falleción en junio del año pasado.
Ahora viven sus hijos (y nietos de la inquilina original por lo tanto 2ª subrogación) no nos han comunicado la muerte de su madre.... ¿podemos echarlos o aún cabe la posibilidad de que se les avise y tengan 30 días??? o hay alguna otra manera de echarlos puesto que siguen a ingresar el dinero a nombre de su difunta madre? por favor: AYUUDAA
20/02/2011 20:13
Soy la del mensaje anterior, se me olvidó decir que no existe contrato, fué un arrendamiento VERBAL. gracias
perfil Jan
22/02/2011 11:01
Hola lita. . Para responder a su consulta sería necesario poder examinar la documnetación relacionada con el contrato(cartas, notificaciones, actualizaciones de la renta,etc..) y tener más datos. Por ello le aconsejo que acuda con brevedad a un/a profesional de la abogacía EXPERTO/A en arrendamientos urbanos quien, con la documentación relacionada con el contrato y los datos que usted aporte, le asesorará sobre la mejor forma de proceder.

Reciba un cordial saludo

Email1: armandogarcia@ical.es

Email2: letradoalquileres@hotmail.com

http://letradosalquileres.es.tl