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subsidio mayores 52 y prestacion contributiva

38 Comentarios
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Subsidio mayores 52 y prestacion contributiva
13/09/2013 18:07
Hola.
Mi marido cobra el subsidio para mayores de 52 años desde 2011, accedió a él después de trabajar 3 meses, es decir, por cotización insuficiente para la prestación contributiva. Todos los años trabaja unos pocos meses en verano. El año pasado y también este, al solicitar la reanudación del subsidio después de finalizar su contrato, la persona que le atendió en el SEPE nunca le contabilizó para una prestación contributiva los 3 meses que le dieron derecho al subsidio. Hoy, exactamente 7 días después de solicitar la reanudación del subsidio, telefonean del SEPE a mi marido para notificarle que ha habido un error y que no correspondía solicitar la reanudación si no la prestación por tener más de 12 meses cotizados. Mi pregunta es, los 3 meses que dieron derecho al subsidio para mayores de 52 años ¿se pierden para una futura prestación contributiva o no? En el SEPE se contradicen y yo no sé dónde consultarlo, el lunes mi marido está citado.

En el caso de que se contabilizaran para la prestación, ¿sigue vigente el derecho a opción si se prevée que no tendría derecho al de mayores de 55 por responsabilidades familiares de la nueva Ley?

Muchas gracias y saludos.
13/09/2013 18:45
Al subsidio de mayores de 52 años accedió mediante el reconocimiento previo de un subsidio por insuficiencia de cotización, consumiendo las cotizaciones que tenía hasta ese momento. Por lo tanto, no se pueden computar ahora esos mismos 3 meses para una prestación. Si desde el reconocimento del 52 no ha cotizado 360 días, no tiene ahora derecho a prestación.
Cuando los tenga, y siempre que no pueda acceder al nuevo 55 (o así se prevea) sigue vigente el criterio por el cual puede optar por seguir cobrando el 52, perdiendo las cotizaciones acumuladas.
Un saludo.
13/09/2013 18:56
Sancho, por favor, en qué normativa viene lo que dices. El lunes tiene que ir al SEPE, nos tememos que la persona que le ha llamado es alguien con más responsabilidad que la chica que le informó bien, tenemos que dejar el lunes las cosas zanjadas y bien zanjadas con la ley en la mano. Gracias inmensas.
13/09/2013 19:18
Consulta el artículo 215 de la Ley General de Seguridad Social, pero busca la redacción anterior a la reforma que creó el 55 (o que se cargó el 52, más bien) Hay una página donde puedes hacerlo: noticias.juridicas.com
El resto es normativa interna que la persona que os atenderá seguro que conoce.
13/09/2013 19:21
¿Y no será que lo que no procedía era el 52 a través de los 3 meses porque en ese momento del 2011 tenía derecho a paro, con más de 360 días cotizados?
13/09/2013 19:25
Nos ponemos a ello.
Ya no sé qué decirte para agradecer tu ayuda, cualquier agradecimiento me queda chico, muchos besos.
13/09/2013 19:32
Hola de nuevo.
Sancho, mi marido fue autónomo más de 8 años, trabajaba para un ayuntamiento. En los recortes a los ayuntamientos del 2010 quedó sin trabajo y como fue a principios de verano tuvo la suerte de trabajar por cuenta ajena 3 meses en hostelería, del 01/07/2010 a 30/09/2010. El 05/01/2011 cumplió los 52 años y solicitó el subsidio que le fue concedido. Posteriormente ha trabajado en total 10 meses. El SEPE hoy cuenta 13 por los 3 meses del 2010. ¿Sigues pensando que no debería contarlos? La chica que le atendió este año y el pasado nunca se los consideró. Gracias.
13/09/2013 19:38
¿Del 01-10-2010 al 30-12-2010 cobró los 3 meses del subsidio por cotizaciones o solicitó directamente el 52 y se lo aprobaron desde que cumplió la edad el 05-01-2011?
13/09/2013 19:45
Del 01/10/2010 al 05/01/2011 no cobró nada porque solicitó de palabra el subsidio familiar y de palabra también le contestaron que debido a mis ingresos no tenía derecho al mismo.
13/09/2013 19:59
Buenas tardes, querrolllo.

Por si te sirve de ayuda, el cambio de los 52 a los 55 años se hizo en el Real Decreto Ley 20/2012 de 13 de julio.

Está en el TÍTULO II. Artículo17. siete.

Puedes encontrar el texto en la página 30 del siguiente link:
http://www.boe.es/boe/dias/2012/07/14/pdfs/BOE-A-2012-9364.pdf.

Si tu marido estuvo trabajando durante 8 años seguidos como autónomo (antes del trabajo de 3 meses en hostelería) y cumplió los 52 años el 05/01/2011 y solicitó el subsidio antes del 14 de julio del 2012, el subsidio que le corresponde es el de mayores de 52 años. Eso está claro.

Yo creo que el tema está en que han computado como meses cotizados los 3 meses que trabajó antes de que le concedieran el subsidio.

De todas forma, como se trata de normativas internas, no vas a poder acceder a ellas.

Insiste en que existe una NORMATIVA INTERNA que permite a la persona que cobra el subsidio mayores de 52/55 años elegir entre cobrar la prestación por desempleo y reanudar el subsidio.
Esa normativa interna es posterior a la publicación del RDL 5/2013 de 15 de marzo (nueva modificación del subsidio a peor).
¡Tampoco tienen que buscar tanto!

El lunes, si no te da una solución satisfactoria el funcionario que te atienda, EXIGE hablar con el responsable de la Oficina de Empleo y no te muevas de ahí hasta que te reciba. Si no te recibe, vuelves al día siguiente con el mismo rollo. Así hasta que lo consigas.

Un saludo.

13/09/2013 20:06
Pues si se aprobó desde 05-01-2011 se reconoció indebidamente, entiendo yo.Te explico: para poder reconocerlo desde esa fecha, tras el cumplimento de la edad, se tenía que haber reconocido previamente el subsidio de 3 meses, porque con la legislación anterior un beneficiario que hubiera agotado antes de la edad de 52 años una prestación o un subsidio podía al cumplir los 52 solicitar este subsidio. Esa posibilidad ha desaparecido con la ley actual.
Me imagino que os lo explicarán con más detalle, pero ten en cuenta que con 180 días se puede acceder a un subsidio aun no teniendo cargas porque no haya familiares a cargo o las rentas superen el límite. Dices que trabaja todos los veranos ( y me imagino que después reanuda el 52); verifica si después de la colocación del verano del 2011, sumada a los 90 días anteriores del 2010, alcanza 180 días.
Si es así, puede solicitar una regularización: anular el subsidio de 05-01-2011(con cobro indebido que le compensarán con el nuevo reconocimiento) y aprobar un inicial de 52 años desde la misma fecha que se reanudó el anterior 52 después de la colocación de ese verano. Si en el año 2011, ya tenía 180 días se puede reconocer un subsidio al que todavía sería aplicable la legislación anterior.
Saludos y suerte.
13/09/2013 20:14
Hola liberté,
sí, ya he consultado la LGSS, además he mirado la que estaba en vigor cuando le concedieron el subsidio a mi marido, pero de todas formas no especifica si esos tres meses se pierden o no. Yo sé que se pierden en otros subsidios porque yo misma solicité un subsidio familiar por 5 meses de trabajo porque intuía que no conseguiría los 12 para un paro, y desde luego que los perdí, ahora bien, este subsidio como es un poco raro, pues ya no sabe una qué pensar, y más cuando es el propio SEPE que te dice que sí hay que contarlos, supongo que todo esto vendrá de una forma más clara en las normativas internas. ¡Ah liberté!, por cierto, si salimos de esta con vida te vamos a hacer muuuuuuuuuuucho caso, ya me he enterado por un hilo tuyo de lo que van las lagunas de cotización.
Voy a ver si Sancho ha visto algo raro en lo nuestro, espero que no.
Saludos
13/09/2013 20:52
Hola Sancho, me ha costado entenderte un poco.
1.- Cuando en el SEPE le dijeron de palabra que no tenía derecho a nada ¿tu crees que se equivocaron? ya supongo que al ser de palabra no hay nada a hacer, pero solo por curiosidad.
2.- Nunca he leído en ninguna parte lo que dices de haber cobrado un subsidio para cobrar el de 52:
"Estar en situación legal de desempleo, no tener derecho a prestación contributiva por desempleo por no haber cubierto el período mínimo de cotización (12 meses), siempre que hayan cotizado, al menos, 3 meses." Esto es lo que pone el SEPE en su página.
Sí Sancho, podríamos hacer lo que dices porque en 2011 trabajó 5 meses, pero no estoy convencida todavía de que no tuviera derecho en las condiciones en las que se le concedió. Es que algo que no he leído en ninguna parte, y tengo en muy alta estima tu conocimiento, me cuesta de creer, y es que además todo lo que he leído encima confirma mi posición. No me gusta dudar de lo que me dices, porque seguro que tienes razón, pero ¿me podrías indicar dónde puedo leerlo? sino me temo que el lunes no tendremos las ideas claras, todavía tendremos dudas y nos iremos por las ramas.
Gracias Sancho por todo.
13/09/2013 21:17
Te copio el antiguo art.7.3 del RD 625/1985, ahora derogado

3. El trabajador mayor de cincuenta y dos años que reúna los requisitos establecidos para acceder al subsidio previsto en el artículo 215.1.3 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, podrá obtener ese subsidio cuando:

a) Estuviese percibiendo o tuviese derecho a percibir un subsidio.
b) Hubiese agotado un subsidio.
c) Hubiera agotado una prestación por desempleo y no percibido el subsidio correspondiente o lo hubiese extinguido, por carecer, inicialmente o con carácter sobrevenido, del requisito de rentas y, o, del de responsabilidades familiares.
A partir de: 17 marzo 2013
Número 3 del artículo 7 derogado por la disposición derogatoria única del R.D.-ley 5/2013, de 15 de marzo, de medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral de los trabajadores de mayor edad y promover el envejecimiento activo («B.O.E.» 16 marzo).
13/09/2013 21:17
Hola Sancho, acabo de consultar la página del SEPE y he visto lo de las responsabilidades familiares a los 3 y sin ellas a los 6. Primer punto aclarado.
Duda, el 01/10/2011 tenía en total 8 meses cotizados, ¿primero debería cobrar el subsidio normal durante 8 meses o al tener ya los 52 le hubieran concedido directamente el de 52?.
De todas formas Sancho, mi marido me está indicando que a él por teléfono sólo le han hablado de que debería haber solicitado la prestación, de que los 3 meses del 2010 no se perdieron y de que tiene derecho a opción. No le han hablado ni lo más mínimo de cobros indebidos ni errores ni nada que se le parezca.
Bueno, perdona el coñazo, por lo menos si es lo que tu dices ya sabemos que hay que hacer y si no, también lo sabemos.Gracias por todo.
13/09/2013 21:29
Cuando en el SEPE te informaron que no tenía derecho al de 3 meses, era cierto: por lo que dices, no tenía cargas familiares. Aunque no las tuviera , si el 01-10-2010 hubiera tenido cumplidos los 52 años hubiera podido acceder al subsidio de 52 años porque en ese caso no se exigían. Era una de las formas de acceder al 52. Otra forma era la de haber agotado un subsidio de otro tipo y posteriormente cumplir la edad. Es la que ahora ya no existe y aplicaron equivocadamente el 05-01-2011, porque en esa fecha, cuando cumplió los 52, no había agotado ninguno, no lo había solicitado y no lo hubiera percibido porque no tenía derecho.
13/09/2013 21:35
Con 8 meses cotizados, directamente el de 52 años-

No sé que prestación podía solicitar si solo había cotizados 3 meses en régimen general...

El lunes nos cuentas, un saludo
13/09/2013 21:38
No había leído tu última respuesta Sancho.
Entonces si han derogado este art. 7.3 ¿qué diferencias hay entre antes y ahora? He vuelto a leer el art. 215 actual y también habla de haber agotado prestación o subsidio y tener en ese momento los 55 años, y de tener 55 en el momento de tener derecho a un subsidio. Perdona, pero de verdad que no veo la diferencia, no sé qué aportaba este 7.3.
13/09/2013 21:42
1. A mí siempre se me han atragantado un poco esos subsidios de 52 años que se solicitan cuando se cumplían los 52 años. En principio, siempre he localizado esta vía de acceso cuando agotada la prestación o el subsidio no se tenía aún la edad. Además, debió haber una época que se exigía la interrupción como demandante de empleo desde que agotó el paro hasta el cumplimiento de la edad y que, sin ya exigirlo, aún quedó el vicio de exigirlo.
2. Cuando la vía de acceso la da situación legal de desempleo por haber cotizado al menos tres meses, estos meses sí quedan consumidos. Hubo un oficio unificado este criterio. El sistema infórmatico del SEPE no está bien definido en estas situaciones y se puede colar tomar estas cotizaciones para futuras prestaciones sino se presta la debida atención.
3. Puede ocurrir que la oficina tenga razón. Opino como sancho, los tres meses cotizados no debieron dar vía de acceso al subsidio de 52 años cuando cumplió la edad. Ahora bien, sí la pudo dar una prestación o subsidio que la hubiese agotado anteriormente. Me referio incluso a una época anterior al trabajo de autónomo. Esto lo digo porque hubo una consulta en la que un perceptor de la RAI solicitó al cumplir el de 52 años al cumplir la edad. La RAI, al no ser un subsidio, por sí misma no da vía de acceso, pero la respuesta a la consulta fue afirmativa a la concesión del de 52 años al decir que como anteriormente sí agotó una prestación o subsidio, esto le dio vía de acceso. Se exige haber agotado una prestación o subsidio, pero no se dice que sea inmediatamente anterior al de 52 años (algo parecido a lo que ocurre ahora con la nueva normativa de la RAI). Si esto fuera así, entonces podría tener derecho al de 52 años sin que quedasen consumidos los tres meses cotizados.
Saludos.
13/09/2013 21:45
Ya está Sancho, no había visto tus últimas dos respuestas. Ahora ya entiendo lo del 7.3.
Os contaré el final.
Gracias por todo.