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Subsidio por desempleo para mayores de 52 años

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Subsidio por desempleo para mayores de 52 años
12/03/2003 12:33
Estimados foristas:
Necesitamos conocer si existe alguna sentencia que reconozca el derecho a este subsidio una vez concedido y extinguido por el INEM por tener el beneficiario rentas superiores al 75% del S.M.I.

El INEM entiende que si se extingue el derecho hay que estar nuevamente en situación legal de desempleo ( no tener derecho a prestación contributiva por desempleo por no haber cubierto el período mínimo de cotización 12 meses, siempre que se hayan cotizado al menos 3 meses)

Nosotros queremos saber si el trabajador que ve extinguido su derecho por obtener rentas podría volver a tener ese derecho, cuando no obtenga dichas rentas, sin necesidad de cotizar nuevamente 3 meses que es lo que exige el INEM.

Existe una sentencia del TS que estima el reconocimiento cuando se solicita en un momento posterior al hecho causante de la prestación, si concurren en dicha fecha los requisitos necesarios para ello, aunque no se reunieran en el momento del hecho causante por tener rentas superiores al 75% del SMI. Esta doctrina permite permite que aquellos desempleados que no reúnan los requisitos de acceso al mismo en el momento del hecho causante puedan solicitarlo con posterioridad y tengan derecho al mismo sin estar en situación legal de desempleo.

El tema en cuestión es complejo y diferente al expuesto pero siempre puede haber alguien que conozca setencias en este sentido. Al menos, eso esperamos. Nos valen vuestras opiniones. Muchas gracias.
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Estimados foristas:
Necesitamos conocer si existe alguna sentencia que reconozca el derecho a este subsidio una vez concedido y extinguido por el INEM por tener el beneficiario rentas superiores al 75% del S.M.I.

El INEM entiende que si se extingue el derecho hay que estar nuevamente en situación legal de desempleo ( no tener derecho a prestación contributiva por desempleo por no haber cubierto el período mínimo de cotización 12 meses, siempre que se hayan cotizado al menos 3 meses)

Nosotros queremos saber si el trabajador que ve extinguido su derecho por obtener rentas podría volver a tener ese derecho, cuando no obtenga dichas rentas, sin necesidad de cotizar nuevamente 3 meses que es lo que exige el INEM.

Existe una sentencia del TS que estima el reconocimiento cuando se solicita en un momento posterior al hecho causante de la prestación, si concurren en dicha fecha los requisitos necesarios para ello, aunque no se reunieran en el momento del hecho causante por tener rentas superiores al 75% del SMI. Esta doctrina permite permite que aquellos desempleados que no reúnan los requisitos de acceso al mismo en el momento del hecho causante puedan solicitarlo con posterioridad y tengan derecho al mismo sin estar en situación legal de desempleo.

El tema en cuestión es complejo y diferente al expuesto pero siempre puede haber alguien que conozca setencias en este sentido. Al menos, eso esperamos. Nos valen vuestras opiniones. Muchas gracias.