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Sucesiones

9 Comentarios
 
Sucesiones
18/10/2004 10:16
Mi padre murió hace algo más de 5 meses, y en su testamento deja a mi hermana y a mí como nudos propietarios y a mi madre como usufructuaria vitalicia. Hasta hace una semana mi madre nunca quiso hablar del tema del testamento pues pensaba que le queriamos dejar sin nada, y nosotras no sabiamos en que terminos estaba el testamento, pensabamos que como tenian gananciales la mitad era de mi madre y la otra mitad nuestra, y por otra parte tampoco queriamos problemas con nuestra madre y no nos importaba que ella disfrutase de todo mientras viva. El problema nos viene ahora que mi madre fue a hablar con un abogado y le dijo que nos quedan dias para pagar el impuesto de sucesiones y según las cuentas que hizo mi hermana y yo tenemos que pagar cerca de 2 millones de pts. cada una ( pues tienen unos pisos) lo cual para nosotros es imposible en estos momentos. Mi pregunta es si la cosa es asi que por ser nosotras la propietaria tenemos que pagar el impuesto y mi madre que se queda con el usufructo no tiene que pagar nada. Mis padres tenian varios pisos, podemos nosotros vender por lo menos 1 para pagar el impuesto o por tener el usufructo mi madre de todo no lo podemos vender. Y además hace cerca de 2 años vendieron mis padres una casa, por ese dinero nosotras no tenemos derecho a algo ahora (de la parte de mi padre), o es todo de mi madre aunque sea en usufructo, y si es así se puede y hay alguna manera de controlar el uso de ese dinero y que no sea de manera desproporcionada y pueda gastar todo el dinero. Espero haberme expresado bien y agradecería si alguien me puede contestar lo antes posible a mis preguntas. Perdón una última pregunta si como dije, si mi hermana y yo no podemos pagar el impuesto que nos puede pasar, gracias a todos.
18/10/2004 11:07
vamos a ver, efectivamente el impuesto de sucesiones tiene un plazo de presentacion de 6 meses a contar desde la fecha de fallecimiento del cuasante.
lo normal cuando una persona fallece y se procede a repartir la masa hereditaria es realizar una aceptacion de herencia ante Notario. en esa escritura se adjunta un avaluo de bienes y deudas, asi como de adjuciacion de los bienes entre los herederos( cuaderno particional). en ese avaluo, no solo se tiene en cuenta los bienes de caracter inmueble, sino tambien efectivo en cuentas corrientes, bienes muebles....
se ha procedido a la aceptacion de herencia?
si lo desea remitame correo electronico a la siguiente direccion y tratare de informarle de todos los pasos a seguir.
justiciavema@yahoo.es
un saludo
18/10/2004 18:24
Respondo a tu última pregunta.

Puedes:

a: renunciar a la herencia y te quedas como estabas.

b: aceptarla a título de inventario y Hacienda ya se encargará de cobrarse, pero NO se cobrará de tus bienes anteriores.

c: consulta con un abogado porque Sí puedes pagar los impuestos y el abogado. El te explicará cómo.

herencias@tob-eur-opa.com
18/10/2004 18:37
por lo que respecta al pago del impuesto de sucesiones puedes solicitar prorroga, con devengo del interes de demora.
un saludo
18/10/2004 18:48
continuando la recomendación de Teresa, ten en cuenta al hacer tu planificación financiera si es que solicitas una prórroga, que -si no ordena tu abogado bien tu patrimonio-, dentro de 7 meses tendrás que pagar también el Impuesto del Patrimonio. Dicho esto, en tu caso, es un impuesto evitable legalmente.

herencias@tob-eur-opa.com
19/10/2004 13:23
Gracias por vuestras respuestas, me aconsejaron que para ganar tiempo lo mejor es que Hacienda de la Comunidad nos liquide ella, con ello suele pasar cerca de 2 años, y que luego paguemos del dinero de la parte de mi padre. Pero yo esto no lo tengo muy claro pues creo entendido que el usufructo de mi madre comprende también el dinero de mi padre, me podeis aclarar como queda el tema del dinero (podemos pagar con ese dinero, puede mi madre gastar todo el dinero). Y luego sobre el impuesto de Patrimonio, tengo que pagarlo yo ahora aunque esté mi madre disfrutándolo en usufructo, o es a partir de que yo tenga la propiedad total por fallecimiento de mi madre
19/10/2004 17:14
el usufructo del metalico se refiere a los intereses que genere ese dinero.
20/10/2004 08:32
Sigo sin tenerlo claro, podemos mi hermana y yo retirar dinero de mi padre. Puede mi madre gastarse el dinero de mi padre o sólo tiene derecho a los intereses que genere ese dinero por lo cual entiendo que debe de tener ese dinero a plazo, o si para moverlo necesita nuestro consentimiento. Respeto al impuesto de patrimonio tengo que pagarlo ahora aunque esté en usufructo, gracias.
20/10/2004 18:13
para poder disponer de los bienes de esa hererncia es necesario que se haya llevado a efecto la partición hereditaria, con adjudicacion de bienes.
habeis realizado dicha particion?
si lo deseas remiteme correo electronico y tratare de informarte de forma mas detallada.
justiciavema@yahoo.es
un saludo
21/10/2004 13:28
A la última pregunta de Mª Julia: sí. Cada año.

Es un buen ejemplo de "cadeau empoisoné": un regalo envenenado.

herencias@tob-eur-opa.com
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18/10/2004 10:16
Mi padre murió hace algo más de 5 meses, y en su testamento deja a mi hermana y a mí como nudos propietarios y a mi madre como usufructuaria vitalicia. Hasta hace una semana mi madre nunca quiso hablar del tema del testamento pues pensaba que le queriamos dejar sin nada, y nosotras no sabiamos en que terminos estaba el testamento, pensabamos que como tenian gananciales la mitad era de mi madre y la otra mitad nuestra, y por otra parte tampoco queriamos problemas con nuestra madre y no nos importaba que ella disfrutase de todo mientras viva. El problema nos viene ahora que mi madre fue a hablar con un abogado y le dijo que nos quedan dias para pagar el impuesto de sucesiones y según las cuentas que hizo mi hermana y yo tenemos que pagar cerca de 2 millones de pts. cada una ( pues tienen unos pisos) lo cual para nosotros es imposible en estos momentos. Mi pregunta es si la cosa es asi que por ser nosotras la propietaria tenemos que pagar el impuesto y mi madre que se queda con el usufructo no tiene que pagar nada. Mis padres tenian varios pisos, podemos nosotros vender por lo menos 1 para pagar el impuesto o por tener el usufructo mi madre de todo no lo podemos vender. Y además hace cerca de 2 años vendieron mis padres una casa, por ese dinero nosotras no tenemos derecho a algo ahora (de la parte de mi padre), o es todo de mi madre aunque sea en usufructo, y si es así se puede y hay alguna manera de controlar el uso de ese dinero y que no sea de manera desproporcionada y pueda gastar todo el dinero. Espero haberme expresado bien y agradecería si alguien me puede contestar lo antes posible a mis preguntas. Perdón una última pregunta si como dije, si mi hermana y yo no podemos pagar el impuesto que nos puede pasar, gracias a todos.
18/10/2004 11:07
vamos a ver, efectivamente el impuesto de sucesiones tiene un plazo de presentacion de 6 meses a contar desde la fecha de fallecimiento del cuasante.
lo normal cuando una persona fallece y se procede a repartir la masa hereditaria es realizar una aceptacion de herencia ante Notario. en esa escritura se adjunta un avaluo de bienes y deudas, asi como de adjuciacion de los bienes entre los herederos( cuaderno particional). en ese avaluo, no solo se tiene en cuenta los bienes de caracter inmueble, sino tambien efectivo en cuentas corrientes, bienes muebles....
se ha procedido a la aceptacion de herencia?
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justiciavema@yahoo.es
un saludo
18/10/2004 18:24
Respondo a tu última pregunta.

Puedes:

a: renunciar a la herencia y te quedas como estabas.

b: aceptarla a título de inventario y Hacienda ya se encargará de cobrarse, pero NO se cobrará de tus bienes anteriores.

c: consulta con un abogado porque Sí puedes pagar los impuestos y el abogado. El te explicará cómo.

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18/10/2004 18:37
por lo que respecta al pago del impuesto de sucesiones puedes solicitar prorroga, con devengo del interes de demora.
un saludo
18/10/2004 18:48
continuando la recomendación de Teresa, ten en cuenta al hacer tu planificación financiera si es que solicitas una prórroga, que -si no ordena tu abogado bien tu patrimonio-, dentro de 7 meses tendrás que pagar también el Impuesto del Patrimonio. Dicho esto, en tu caso, es un impuesto evitable legalmente.

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19/10/2004 13:23
Gracias por vuestras respuestas, me aconsejaron que para ganar tiempo lo mejor es que Hacienda de la Comunidad nos liquide ella, con ello suele pasar cerca de 2 años, y que luego paguemos del dinero de la parte de mi padre. Pero yo esto no lo tengo muy claro pues creo entendido que el usufructo de mi madre comprende también el dinero de mi padre, me podeis aclarar como queda el tema del dinero (podemos pagar con ese dinero, puede mi madre gastar todo el dinero). Y luego sobre el impuesto de Patrimonio, tengo que pagarlo yo ahora aunque esté mi madre disfrutándolo en usufructo, o es a partir de que yo tenga la propiedad total por fallecimiento de mi madre
19/10/2004 17:14
el usufructo del metalico se refiere a los intereses que genere ese dinero.
20/10/2004 08:32
Sigo sin tenerlo claro, podemos mi hermana y yo retirar dinero de mi padre. Puede mi madre gastarse el dinero de mi padre o sólo tiene derecho a los intereses que genere ese dinero por lo cual entiendo que debe de tener ese dinero a plazo, o si para moverlo necesita nuestro consentimiento. Respeto al impuesto de patrimonio tengo que pagarlo ahora aunque esté en usufructo, gracias.
20/10/2004 18:13
para poder disponer de los bienes de esa hererncia es necesario que se haya llevado a efecto la partición hereditaria, con adjudicacion de bienes.
habeis realizado dicha particion?
si lo deseas remiteme correo electronico y tratare de informarte de forma mas detallada.
justiciavema@yahoo.es
un saludo
21/10/2004 13:28
A la última pregunta de Mª Julia: sí. Cada año.

Es un buen ejemplo de "cadeau empoisoné": un regalo envenenado.

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