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Suministros herencia

3 Comentarios
 
Suministros herencia
17/04/2024 23:57
En febrero de 2022 fallecio mi madre. Somos dos hermanos. En el testamento dejó en legado una vivienda que ya ocupaba a mi hermano. A mi me lego un terreno. Ademas la vivienda en la que ella vivia la dejó a partes iguales a los dos hermanos. Mi madre pagaba los suministros de la vivienda que ocupaba mihermano ( domiciliados en la cuenta hoy bloqueada pir inaccion de mi hermano) . Puedo legalmente reclamarle el importe de los suministros de su vivienda legada desde el fallecimiento de mi madre hasta que se haga la particion de la herencia?
18/04/2024 08:47
Si la cuenta sigue bloqueada entiendo que aún no se ha procedido al reparto, ¿no?
En la tramitación de la herencia se tendrá en cuenta el saldo que había el día del deceso, si de eso te corresponde la mitad pues se te asignará la mitad, de la que habrá que descontar los gastos que te correspondan como heredero. Si se han cobrado recibos que le correspondían al otro, pues recibirá lo que toque. Es decir, no hay que reclamar nada (o al menos no aún), hay que repartirla.
18/04/2024 11:31
paquito xocolatero
Muchas gracias por la prontitud en la respuesta. Me interesaría saber quien es el que debe encargarse de hacer el reparto del caudal hereditario teniendo en cuenta qué gastos a descontar a cada uno de los herederos. No sé si debe hacer esto un abogado, el notario o el banco donde está depositada la cuenta. Tengo que decirles tambien que ya está firmado el reparto a falta de saber que cantidad de dinero corresponde legalmente a cada uno.
19/04/2024 08:47
En principio vosotros, de mutuo acuerdo y de acorde a la ley: vais al notario y hacéis los pasos que corresponden legalmente hasta que tengáis la escritura de herencia y ya podéis registrar en el registro de la propiedad, retirar los fondos, y ya será definitivamente vuestro. Podéis pedir ayuda a un gestor, a un abogado o a quien queráis, eso es cosa vuestra, no es obligatorio, y en caso de desacuerdo lo hará el juzgado, con los gastos que eso supone.
Suministros herencia | PorticoLegal
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17/04/2024 23:57
En febrero de 2022 fallecio mi madre. Somos dos hermanos. En el testamento dejó en legado una vivienda que ya ocupaba a mi hermano. A mi me lego un terreno. Ademas la vivienda en la que ella vivia la dejó a partes iguales a los dos hermanos. Mi madre pagaba los suministros de la vivienda que ocupaba mihermano ( domiciliados en la cuenta hoy bloqueada pir inaccion de mi hermano) . Puedo legalmente reclamarle el importe de los suministros de su vivienda legada desde el fallecimiento de mi madre hasta que se haga la particion de la herencia?
18/04/2024 08:47
Si la cuenta sigue bloqueada entiendo que aún no se ha procedido al reparto, ¿no?
En la tramitación de la herencia se tendrá en cuenta el saldo que había el día del deceso, si de eso te corresponde la mitad pues se te asignará la mitad, de la que habrá que descontar los gastos que te correspondan como heredero. Si se han cobrado recibos que le correspondían al otro, pues recibirá lo que toque. Es decir, no hay que reclamar nada (o al menos no aún), hay que repartirla.
18/04/2024 11:31
paquito xocolatero
Muchas gracias por la prontitud en la respuesta. Me interesaría saber quien es el que debe encargarse de hacer el reparto del caudal hereditario teniendo en cuenta qué gastos a descontar a cada uno de los herederos. No sé si debe hacer esto un abogado, el notario o el banco donde está depositada la cuenta. Tengo que decirles tambien que ya está firmado el reparto a falta de saber que cantidad de dinero corresponde legalmente a cada uno.
19/04/2024 08:47
En principio vosotros, de mutuo acuerdo y de acorde a la ley: vais al notario y hacéis los pasos que corresponden legalmente hasta que tengáis la escritura de herencia y ya podéis registrar en el registro de la propiedad, retirar los fondos, y ya será definitivamente vuestro. Podéis pedir ayuda a un gestor, a un abogado o a quien queráis, eso es cosa vuestra, no es obligatorio, y en caso de desacuerdo lo hará el juzgado, con los gastos que eso supone.