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Suspensión con reserva de puesto de trabajo

4 Comentarios
 
25/05/2012 14:53
He estado mirando para ver si este post era nuevo o era para preguntrar lo mismo, veo que sigue usted con dudas, bien, usted como trabajador no tiene que aceptar nada, la empresa si no puede pagar que pida un credito, no es problema de los trabajadores, en cuanto a la suspensión por el art 48 ET dice bien claro los casos, y no hace referencia a que la empresa no pueda pagar.
La empresa puede optar por el 47 ET como te dice trola.
No obstante, si tanta gana tienes de ayudar a la empresa en perjuicio del trabajador, fijate en el art 45 ET 1.a) Mutuo acuerdo entre las partes, y el punto 2 de éste mismo art. La suspensión exonera de las obligaciones reciprocas de trabajar y remunerar el trabajo.
Si eres trabajador, que te obliguen, no pactes nada, como te dije anteriormente, cuando las empresas van bien no se acuerdan de decir "uf este mes gane mas de lo previsto voy a compensarselo a los trabajadores", pues eso, aquí parece ser que siempre tenemos que apretar el cinturon los mismos, para que luego veamos por la tele estos programas de vacaciones de verano con chavaletes hijos de papa que se funden en las playas del caribe la pasta a raudales comprando por ej. botellas de champan de 3000 €, vamos hombre no me j...
-Otro ej, recortando, (claro haciendo que lo paguen los ususarios de dichos servicios) en sanidad y en educación cerca de 23000 mll. de € y ahora resulta que a estos de Bankia se les reflota con 10.000 mll de €, me salgo del tema, pero es que cada vez que oigo algo asi me subo por las paredes.
Marianico no esta reflotando nada al no introducir dinero publico y esto crea mas desempleo y resulta que los desempleados, deciden pagarse una formación universitaria para tener mas formación y así poder encontrar algún trabajo y viene este mediocre y dice que las universidades tienen muchos alumnos que hay que encarecerla, sera h... el muy c..., es mejor que los desempleados esten parados sin hacer nada, menudo impresentable.
Hala ya me he quedado agusto. Un saludo.
25/05/2012 11:58
Para la suspensión mira el art. 47.
25/05/2012 11:57
hola

viene en el articulo 48 del ET, porque es ilegal?

gracias
25/05/2012 11:41
"Suspensión con reserva de puesto de trabajo por un mes hasta que...." es ilegal.
Pueden ofrecerte media jornada, si no estas de acuerdo mira el art.41 para la suspensión mira el art. 47 y tal vez el 48
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Laboral/rdleg1-1995.t1.html#a48
Suspensión con reserva de puesto de trabajo
25/05/2012 08:45
hola
trabajo en una empresa sin animo de lucro con contrato fijo y a jornada completa y debido a que de momento las subvenciones previstas por el gobierno no han entrado (y no sabemos todavia la cuantia) me ofrecen una "Suspensión con reserva de puesto de trabajo" de 1 mes, es decir me iria un mes a casa sin trabajar ni cobrar pero tan pronto entrara el dinero se acabaria la suspension y me ofrecerian lo que permitiera el dinero que entrara
- es esto legal?
- cuando entre el dinero pueden ofrecerme reduccion de jornada o tienen que ofrecerme jornada completa?
- si me ofrecen media jornada, puedo rechazarlo por modificacion sustancial de las condiciones de contrato y que me indemicen - en este caso que indemizacion tendria (20 o 33 dias) y tendria derecho a paro???

muchas gracias por vuestra ayuda
Suspensión con reserva de puesto de trabajo | PorticoLegal
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Suspensión con reserva de puesto de trabajo

4 Comentarios
 
25/05/2012 14:53
He estado mirando para ver si este post era nuevo o era para preguntrar lo mismo, veo que sigue usted con dudas, bien, usted como trabajador no tiene que aceptar nada, la empresa si no puede pagar que pida un credito, no es problema de los trabajadores, en cuanto a la suspensión por el art 48 ET dice bien claro los casos, y no hace referencia a que la empresa no pueda pagar.
La empresa puede optar por el 47 ET como te dice trola.
No obstante, si tanta gana tienes de ayudar a la empresa en perjuicio del trabajador, fijate en el art 45 ET 1.a) Mutuo acuerdo entre las partes, y el punto 2 de éste mismo art. La suspensión exonera de las obligaciones reciprocas de trabajar y remunerar el trabajo.
Si eres trabajador, que te obliguen, no pactes nada, como te dije anteriormente, cuando las empresas van bien no se acuerdan de decir "uf este mes gane mas de lo previsto voy a compensarselo a los trabajadores", pues eso, aquí parece ser que siempre tenemos que apretar el cinturon los mismos, para que luego veamos por la tele estos programas de vacaciones de verano con chavaletes hijos de papa que se funden en las playas del caribe la pasta a raudales comprando por ej. botellas de champan de 3000 €, vamos hombre no me j...
-Otro ej, recortando, (claro haciendo que lo paguen los ususarios de dichos servicios) en sanidad y en educación cerca de 23000 mll. de € y ahora resulta que a estos de Bankia se les reflota con 10.000 mll de €, me salgo del tema, pero es que cada vez que oigo algo asi me subo por las paredes.
Marianico no esta reflotando nada al no introducir dinero publico y esto crea mas desempleo y resulta que los desempleados, deciden pagarse una formación universitaria para tener mas formación y así poder encontrar algún trabajo y viene este mediocre y dice que las universidades tienen muchos alumnos que hay que encarecerla, sera h... el muy c..., es mejor que los desempleados esten parados sin hacer nada, menudo impresentable.
Hala ya me he quedado agusto. Un saludo.
25/05/2012 11:58
Para la suspensión mira el art. 47.
25/05/2012 11:57
hola

viene en el articulo 48 del ET, porque es ilegal?

gracias
25/05/2012 11:41
"Suspensión con reserva de puesto de trabajo por un mes hasta que...." es ilegal.
Pueden ofrecerte media jornada, si no estas de acuerdo mira el art.41 para la suspensión mira el art. 47 y tal vez el 48
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Laboral/rdleg1-1995.t1.html#a48
Suspensión con reserva de puesto de trabajo
25/05/2012 08:45
hola
trabajo en una empresa sin animo de lucro con contrato fijo y a jornada completa y debido a que de momento las subvenciones previstas por el gobierno no han entrado (y no sabemos todavia la cuantia) me ofrecen una "Suspensión con reserva de puesto de trabajo" de 1 mes, es decir me iria un mes a casa sin trabajar ni cobrar pero tan pronto entrara el dinero se acabaria la suspension y me ofrecerian lo que permitiera el dinero que entrara
- es esto legal?
- cuando entre el dinero pueden ofrecerme reduccion de jornada o tienen que ofrecerme jornada completa?
- si me ofrecen media jornada, puedo rechazarlo por modificacion sustancial de las condiciones de contrato y que me indemicen - en este caso que indemizacion tendria (20 o 33 dias) y tendria derecho a paro???

muchas gracias por vuestra ayuda