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Suspension del ingreso de un conyuge (muerto)

5 Comentarios
 
Suspension del ingreso de un conyuge (muerto)
12/06/2011 18:34
Estoy haciendo la declaración de la renta de mis padres. Mi padre murió el año pasado (2010) y entiendo que he de hacer las declaraciones separadas. A mi padre le toca pagar y a mi madre a devolver; sabeís si se puede solicitar la suspensión del ingreso?.
Otra cosa; mi madre vive en la vivienda a nombre de mi padre (100%), pero se ha hecho la aceptación de la herencia en el 2011; para la declaración del 2010, que situación ha de poner en la página 1 casilla 50 ya que el programa padre no me deja poner ningún porcentaje en el cónyugue (muerto).
Gracias.

Arnau.
12/06/2011 19:21
Sí, se piuede solicitar la suspensión del ingreso hasta el importe a devolver de la otra declaración.
La forma de hacerlo la tienes explicada en las páginas 24 y 25 de la guía del Impuesto, cuyo enlace te pongo a continuación (tarda un poco en descargar porque son 6,5 megas):
http://www.aeat.es/AEAT/Contenidos_Comunes/La_Agencia_Tributaria/Informacion_institucional/Campanias/Renta/2010/Otros/GuiaRenta2010.pdf
12/06/2011 19:25
Rectifico: está en las páginas 79 y 81.
13/06/2011 11:28
La otra pregunta que haces sobre la vivienda a nombre de tu padre...es la vivienda habitual ¿no?, una cosa es que en la escritura esté a nombre de tu padre pero si estaban casados en régimen de gananciales, la titularidad de la propiedad es al 50% para cada cónjuge, no se si es éste vuestro caso. Al fallecer tu padre, las declaraciones se hacen por separado y en la de tu madre sólo tiene que figurar el porcentaje de titularidad de la vivienda que le corresponde y en la declaración de tu padre el otro %. Lo de página 1 casilla 50 no acabo de entender a que te refieres. Otra cosa, al fallecer tu padre en el 2010 y haber hecho la aceptación de la herencia en el 2011 no sabria decirte si hay que reflejarlo en la declaración de este año o en la del 2011. A ver si un experto lo aclara.
13/06/2011 11:45
Juan S,
Al hacer con el programa padre, desparece esta opción (solicitar suspensión del ingreso), supongo que al haber dicho que un cónyugue ha fallecido.

Arnau.
13/06/2011 11:52
Tibidabo,
Hay separación de bienes, por tanto hasta aceptación herencia 100% es de mi padre.
Hasta ahora ponía que el 100% era del cónyugue pero ahora no me deja ya que el cónyugue ha fallecido.
Referente a la casilla 50 hay 4 opciones:
Propiedad (declarante o conyugue)
usofructo (declarante o conyugue)
Alquiler (declarante o conyugue)
otra situación

Arnau.