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Suspensión subsidio por desempleo

4 Comentarios
 
Suspensión subsidio por desempleo
15/07/2014 01:46
Hola, me gustaría hacer una consulta sobre el siguiente asunto:
A mi mujer que venía cobrando el subsidio por desempleo, se lo han suspendido por haber incrementado mi base de cotización tras la nueva modificación del TRLSS donde ahora también computan las horas extraordinarias.
El caso es que mi mujer tenia concedido dicho subsidio, renovable cada 6 meses y en enero creo que entro en vigor la nueva ley, con lo cual mi base de cotización aumentó por realizar una bolsa de horas que tengo en mi trabajo superando en 3 euros el mínimo para poder cobrar dicho subsidio.
Mi duda es la siguiente: Tras proceder a la renovación 6 meses despues de la entrada en vigor de la nueva ley, hemos recibido resolución con la suspensión por superara el mínimo, pero en dicha resolución no indica nada sobre infracción alguna.
La verdad que no he tenido conocimiento de dicha ley asta ahora y tampoco me di cuenta de que mi base de cotización aumentó puesto que el salario era el mismo, creeis que me exigirán devolver esos 6 meses cobrados??
La cuestión es que la última reanudación fue solicitada el 14 de enero, con la ley ya aprobada y nos fue concedida, pero ahora tras la siguiente renovación y tras comunicarme la suspensión, mire la ley y mi nomina y me di cuenta de ello.
Otra pregunta? Si ya te han enviado una resolución con la suspensión, sin indicarte infracción alguna, pueden enviarte otra donde si se refleje la infracción por incumplimiento de informar rentas superiores?
Gracias de antemano y espero que me podáis informar.
15/07/2014 10:43
Buenos días.

Lo más probable es que su esposa reciba una comunicación de percepción de prestaciones indebidas que le pedirá el retorno de las mensualidades de subsidio que haya cobrado desde que usted tuvo el incremento en bases de cotización. Contra esa resolución cabe recurso en los plazos que en ella se le indicarán.

Para más información puede ponerse en contacto con nosotros en joancarlestejedor@infodret.com o a través de nuestra página web www.infodret.com
15/07/2014 18:36
Gracias por la rapidez de respuesta, decirle que casualmente hoy he recibido una nueva resolución ya motivada, donde únicamente se vuelve a comunicar los motivos de la suspensión del subsidio, esta vez indica además que quedara en suspenso por un periodo máximo de un año contados desde el día 1 de enero, fecha en la que se produce la pérdida de requisitos para su concesión. También indica que si en dicho plazo de un año no se vuelve a solicitar o subsidio o se sigue sin cumplir los requisitos, conlllevara la extinción y el no derecho a poder solicitarlo, pero en ningún momento hace alusión alguna a infracción o devolución de cantidades indebidas.
No creo que habiendo dictado esta resolución motivada, vuelvan a enviarme otra comunicándome una infracción verdad??
Lo cierto es que cuando le concedieron el subsidio, a mi mujer en El 2013, dicha ley que motivo mi incremento en la base de cotizacion no estaba en vigor. ¿Puede que por tal motivo no nos hayan sancionado? porque claro la modificación legislativa conllevo un desfavorecimiento puesto que mis restas no se incrementaron, únicamente se incrementó la base de cotizacion y puede que al haber aprobado inicialmente tal subsidio con una ley anterior, la posterior al causar esta la pérdida de requisitos tras su aprobación, sea esta la causa de no haber infringido la normativa.??
Gracias por todo y un saludo
15/07/2014 18:45
siento decirte que infodret tiene razón.
primero te comunican la propuesta de suspensión del subsidio por dejar de reunir el requisito de tener cargas familiares. las rentas de la unidad familiar divididas por el número de miembros que la componen, superan el 75% del SMI, desde la fecha que te han comunicado. Desde esa fecha se suspende el subsidio y se guarda el derecho a solicitar su reanudación si en el plazo inferior a un año se vuelve a reunir el requisito de tener cargas familiares( cuando las rentas de la unidad familiar divididas por el número de miembros que la componen NO superen el 75% del SMI) una vez transcurrido el año, sin que se produzcan variaciones en las rentas. se extingue la prestación.
Ahora te comunicarán la percepción indebida de prestaciones por el motivo: dejar de reunir el requisito de cargas familiares, por el importe x, correpondiente al periodo... del (fecha en que supera rentas) al... (fecha del último día pagado)
02/02/2017 23:41
rhianon
Consulta
Si el SEPE suspende el subsidio por no haber presentado la declaración anual de rentas. En el momento que te dan de baja de la seguridad social aparte de la sanción , tienen obligación de comunicar la baja en la seguridad social? El usuario aparte de que se de cuenta o no del ingreso no tiene forma de conocer que ha causado baja