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Tabla de amortizacion

6 Comentarios
 
Tabla de amortizacion
04/12/2007 17:33
Hola amigos, mi duda es la siguiente, una persona que compra un bajo comercial para poner una tienda de ropa, tiene facturas de puesta en marcha que son mas o menos
las siguientes¿?
Instalacion electrica
Trabajos de albañileria
Materiales de construccion (cemento, azulejos...)
Mobiliario
Fontanero
Cual de estos los englobaria como edificios y otras construcciones, cuales como utiles y herramientas y cuales como resto de inmovilizado material¿?
Acabo de llamar a la aeat pero no me aclararon nada, gracias a tod@s
04/12/2007 19:06
Hola xpjt,
Entiendo que estamos hablando del regimen de estimación objetiva (modulos). Pues bien, todo lo que citas va a resto de inmovilizado material.
Saludos.
05/12/2007 10:44
Efectivamente Tin46, estamos hablando de estimacion objetiva, yo pienso como tú, es decir que el mobiliario, materiales de construccion (como cemento, azulejos) la instalacion electrica y trabajos de albañileria irian como inmovilizado material, sin embargo en el tlfno de informacion de la aeat (del cual no me fio gran cosa) me dijeron que eso iba ligado al local y por tanto iria en el grupo de edifios y otro tipo de construcciones, me olvido de lo que me dijeron entonces no¿? Muchas gracias por todo, sois muy atentos
05/12/2007 12:00
Hola xpjt,

En principio, y desde mi punto de vista, las obras de mejora y acondicionamiento del local, que le permitan adecuarlo a su actividad, son mayor valor del local, no son otro inmovilizado material. Por tanto, a edificios.

El mobiliario y semejantes si son otro inmovilizado material.

Salvo mejor criterio. Un saludo.
05/12/2007 15:37
Hola a todos,
Yo sigo opinando que es defendible la aplicación de los coeficientes relativos a resto del inmovilizado material. Evidentemente, dependerá de la magnitud de la obra que se haya podido hacer, pero lo normal es que sea de adecuación a la actividad y no estructurales.
Dando un vistazo a los coeficientes de amortización aprobados por la orden 12.5.93 a efectos del Impuesto sobre sociedades, tenemos en la división 6. Agrupación 61 Comercio, entre otros,los siguientes coeficientes:
Decoración en general (exc. mobiliario) 18 12
Instalaciones de escaparates y estanterias,
vitrinas y mostradores 12 18
Instalaciones exteriores y portadas 15 14
Instalaciones luminosas y rotulos
En interiores 15 14
En exteriores 20 10
Si nos vamos a la tabla de amortización simplificada
aprobada por la O.M. de 27/3 1998 aplicable al IRPF
estimación directa modalidad simplificada, tenemos, entre otros:
Instalaciones, mobiliario enseres y resto del inmovilizado material 10 20
La tabla de modulos tiene unos coeficientes muy superiores a las dos anteriores, por ejemplo,
Edificios 3 3 5
Equipos procesos información 25 26 40
Utiles y herramientas 30 30 40
En resumen, las tablas del IS y del IRPF simplicada
contemplan la existencia de Instalaciones separadas
de Edificios y Construcciones, que, por supuesto, se aplicaria si fueran obras estructurales, pero la adecuacion al negocio, que entiendo es el caso, no creo que deba amortizarse a un máximo del 5% anual.
Salvo mejor criterio.
Saludos.



05/12/2007 15:56
Pues el caso es que tengo una inspeccion de modulos la proxima semana y tengo que reorganizar el libro de bienes de inversion y no se como poner ese tipo de gastos si a 20 años que es el periodo minimo de edificios o construcciones o a 4 años equivalente a inmovilizado material
Me viene mejor amortizarlo como si fuese inmovilizado material pero no se que hacer, salu2
05/12/2007 17:21
Hola,
Pues mira, lo primero que tiene que hacer es olvidarte de la palabra "gastos". Porque antes no he querido entrar en este tema, pero es posible que el inspector viniera por ahi. Es que no habia instalación de agua antes de poner la tienda? Es que no habia luz?. Verdad que si, pues entonces es una reparación GASTO no INVERSION y la metemos al palo.
Tienes que argumentar sobre el termino INSTALACION de adecuación a la actividad que se esta desarrollando. INSTALACION que si se desarrolla otra actividad en el local no sirve para nada (Escaparates, iluminación, probadores, decoración etc.)
Entiendo que estas intentando cuadrar las amortizaciones que habeis ido deduciendo en las declaraciones de periodos anteriores y te falta justificación. Te recuerdo que el porcentaje es máximo y los años son minimos, con lo que hay bastante elasticidad. Entre un 25% y 12,5% en un supuesto y un 5% y un 2,5% en el otro. De los minímos para arriba cualquier % hasta el máximo.
Yo te he dado mi opinión, que no es más que eso, mi opinión.
Saludos.