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tanteo en comunidad de madrid

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Tanteo en comunidad de madrid
17/01/2006 13:35
tengo una vpo en madrid con calificacion definitiva en julio de 2004. En diciembre de 2005 he solicitado a la comunidad de madrid permiso de venta. He de decir que no solicité ayudas económicas, por lo que no debo devolver nada, ni tengo tampoco el prestamo hipotecario cualificado. Mi vivienda está acogida al Real decreto del 78, segun consta en la cedula de calificacion definitiva. Mi pregunta es: Tras la orden de octubre de 2005, si pasados 3 meses desde mi solicitud de permiso de venta la comunidad de madrid no contesta que quiere ejercer el derecho de tanteo, y a su vez pasan 6 meses desde la solicitud sin tener contestación, ¿puedo disponer de mi vivienda para transmitirla ? Presentando al notario y al registro de la propiedad un certificado de acto presunto o de silencio administrativo, ¿están ambos obligados a escriturar la compra venta y a inscribirla en el registro de la propiedad? Muchas gracias por la contestación.